l Medios Regionales
Las llamadas telefónicas de diferentes empresas de cobranza se convierten en una verdadera pesadilla para quienes tienen una deuda y tienen problemas para pagarla, especialmente pensando en que durante marzo muchos consumidores realizan fuertes gastos.
Las personas presentan más de 4 millones de demandas ejecutivas al año por este motivo.
El abogado de Defensa Deudores Ricardo Ibáñez explica los principales métodos de las empresas de para presionar al consumidor. Entre los recursos se encuentran "insistentes llamadas telefónicas, como también visitas continuas al domicilio del deudor e incluso a su lugar de trabajo".
También, el experto en asesoramiento financiero señala que se "envían cartas de cobranza que incluyen las palabras embargo y remate de bienes o que aparentan ser demandas judiciales, pero que no son más que formatos tipos timbrados por la Corte de Apelaciones, que en realidad corresponden a demandas que posteriormente no son tramitadas".
Sobre estos mecanismos usados para presionar, Ibáñez aclara que "es legal que cobren pero no de la forma que lo hacen". "No es legal que se comunique de la deuda a familiares, empleadores o compañeros de trabajo, ni tampoco que se presione al deudor con palabras como embargo o remate de sus bienes, que obedecen a resoluciones judiciales que solo pueden emanar de un tribunal de justicia", manifiesta.
El abogado agrega que "el endeudado puede identificar que un documento no es judicial fijándose en que toda demanda judicial lleva la firma de un juez y del secretario del tribunal, además de ser notificada mediante un receptor judicial".
¿Qué hacer?
Ibáñez también aconseja que una persona debe cumplir con el pago de la deuda en la forma y lugar que se haya pactado en el contrato.
En caso de haber atraso, "el conducto regular consiste en pagar al acreedor o a quien este designe; si hay una negativa del acreedor a recibir el pago se debe hacer por consignación", concluyó el profesional. J