Menor pasará 10 años privado de libertad por feroz agresión
Pedro Bárcena González
A sus escasos 16 años, un ancuditano tendrá que sufrir las consecuencias judiciales del horrendo ataque delictivo que cometió. Por una década deberá permanecer privado de libertad al comandar a un grupo de adolescentes que perpetró una feroz golpiza contra un guardia en el predio municipal del sector Bellavista de Ancud. Incluso, la víctima perdió un ojo y salvó de milagro de morir quemada en el atentado incendiario que provocaron los menores en su casa.
El acusado de iniciales N.B.R. recibió la mayor severidad de parte de los sentenciadores, luego que en las últimas horas se entregara el fallo del juicio al que fue sometido junto a sus dos compañeros.
El cabecilla fue condenado a 5 años y un día de internación en régimen cerrado por el delito de robo con violencia con resultado de lesiones gravísimas en contra del vigilante identificado como Pedro Hernández Ruiz (62). Además, recibió la misma sanción pero por el ilícito de incendio que perpetró la madrugada del 24 de abril de este año en el norte de la Isla.
En tanto, el otro imputado, de iniciales K.A.O., fue condenado a 541 días de libertad asistida especial por el delito de robo en lugar no habitado y a una sanción mixta por el siniestro. Deberá permanecer por 3 años bajo internación cerrada y otros 2 años en libertad asistida especial.
Por su parte, la mujer involucrada en esta embestida en el predio municipal, individualizada como Y.M.R., fue condenada a 540 días de libertad asistida especial.
márgenes
Como enfatizó el fiscal de la causa, Jorge Raddatz, existe conformidad con las sanciones impuestas a los acusados, más allá que el quántum solicitado fue superior. Incluso, se invocaron 17 años de privación de libertad en un centro especializado del Servicio Nacional de Menores en Puerto Montt contra el líder del grupo.
"Las condenas entregadas se encuentran dentro de los límites legales y están en los tramos superiores, considerando que la Ley de Responsabilidad Penal Adolescente (RPA) obliga a sancionar a un máximo de 10 años a los menores de 18 años", explicó el persecutor.
Asimismo, un punto que destacó el abogado fue el de la determinación de sanciones en la modalidad más gravosa para este marco legal, "ya que solo bajo esta condición se pueda dar la opción real que estos jóvenes puedan reconducir sus conductas", aclaró. Ello, analizando la dinámica del ataque delictivo y el grado de violencia empleado.
Como especificó el jurista, los acusados ingresaron al predio municipal, se apoderaron de radios de algunos vehículos que se encontraban en el lugar y al ser sorprendidos por el vigilante le propinaron una brutal golpiza. El afectado perdió el globo ocular al ser agredido con un palo y luego de escapar hacia su casa, los dos hombres lo siguieron y prendieron fuego a su vivienda.
Por su parte, los defensores de los menores aseguraron que están analizando el fallo para una eventual impugnación. Luis Mora representó al líder de este grupo, mientras que Claudio Herrera asesoró a los otros dos condenados. Ambos detallaron que las penas se extienden por sobre el margen legal, ante lo cual analizan recurrir de nulidad ante esta drástica resolución. J
"Las condenas entregadas se encuentran dentro de los límites legales y están en los tramos superiores", Jorge Raddatz, fiscal de la causa.
El defensor Claudio Herrera enfatizó que "las sanciones exceden en algunos delitos incluso a la pena que conforme a la ley corresponden. En razón de aquello, por esa sola circunstancia habilita la interposición de un recurso de nulidad destinado a reducir la sanción".
A su vez, cuestionó la condena privativa de libertad contra K.A.O. al recalcar que no tiene reproche penal previo. Igualmente, indicó que "es controvertible la condena por el delito de incendio en el cual ningún elemento de acreditación de la participación del adolescente se estableció en el juicio oral, por lo cual probablemente se impugne bajo tal hipótesis vinculada a la fundamentación necesaria y obligatoria de toda decisión judicial".