Buzo que ultrajó a sobrina recibe 8 años de cárcel
El sujeto fue condenado por la violación y los abusos sexuales continuados contra la menor, en un aberrante caso ocurrido en dos domicilios de Ancud.
A dos penas efectivas por los aberrantes ultrajes que perpetró contra su propia sobrinita fue sentenciado en las últimas horas un buzo que materializó sus agresiones de manera sistemática y por cuatro años en dos domicilios de la comuna de Ancud.
El sujeto identificado con las iniciales V.H.G.C. (47) fue condenado a 5 años y un día de presidio por la violación continuada en perjuicio de la menor desde que ella tenía apenas 6 años. Mientras que también se decretó una pena de 3 años y un día de reclusión por los abusos sexuales que cometió contra la misma pequeña.
La sanción fue decretada tras el juicio realizado en el Tribunal Oral en lo Penal de Castro, en el que la sala presidida por la magistrado Angélica Monsalve acreditó la autoría del hombre de mar en los ataques contra la menor. Por las tocaciones cometidas contra la primita de esta víctima, los sentenciadores absolvieron al acusado.
Eso sí, como especificó la jueza, se acreditó que el isleño tocó las piernas de la otra pequeña, "pero esta conducta carece de connotación sexual, tal como lo describe la acusación", enfatizó en la lectura del dictamen.
La resolución condenatoria fue valorada positivamente por el fiscal de la causa, Jorge Raddatz, quien destacó que las penas decretadas "se encuentran dentro de los márgenes legales y en su sumatoria, se acerca a lo solicitado por nosotros", que correspondía a 12 años de cárcel.
Daño
De igual forma, el persecutor explicó que con relación al delito más grave "no existe consonancia con el daño sufrido por la víctima", dictándose una sanción en el mínimo legal y no en su grado superior.
Bajo este escenario, el hoy condenado debe aguardar por las próximas acciones procesales. Su defensa, representada por el abogado particular Pablo Lehnebach, se encuentra analizando el fallo ante un eventual recurso de nulidad. Un requerimiento al que no optaría el ente acusador.
"Se debe considerar la afectación sufrida por las menores al enfrentar un juicio si se busca la nulidad", apuntó Raddatz, reflejando que esta no sería su postura, aguardando porque el buzo comience a cumplir su pena -primero la de violación y luego el abuso-, con los respectivos abonos, por los ocho meses en que ha permanecido en prisión preventiva.
Penas accesorias
Junto a la sentencia de cárcel, la sala presidida por la magistrado Angélica Monsalve decretó como sanciones accesorias contra el buzo que ultrajó a su sobrina en Ancud la inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos, derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena; la interdicción del derecho de ejercer la guarda, de ser oído como pariente en los casos que la ley designa, y de sujeción a la vigilancia de la autoridad durante los 10 años siguientes al cumplimiento de la pena principal. Además, se condenó al sujeto a la pena de 10 años de inhabilitación absoluta temporal para cargos, empleos, oficios o profesiones ejercidos en ámbitos educacionales o que involucren una relación directa y habitual con personas menores de edad.
6 años tenía apenas la pequeña al momento de comenzar a sufrir las agresiones.