Pedófilo recibe pena máxima por violar y abusar a 6 niñitos
Por primera vez desde que está en vigencia la Reforma Procesal Penal se dicta el presidio perpetuo calificado contra un acusado. El sujeto ultrajó sistemáticamente a los menores en el sector Coinco de Quellón y en la comuna de El Carmen.
Ultrajó por más de cuatro años a seis niñitos. Les arrebató su inocencia y bajo amenazas impedía que develaran esta pesadilla. Incluso, les mostraba videos pornográficos para excitarse y con regalos se ganaba su confianza. Hasta controlaba con su agresividad a la familia para perpetrar estos aberrantes hechos ocurridos en su mayoría en Quellón. Toda una espiral de violencia sexual, sicológica y hasta económica que fue castigada de la forma más severa. El pedófilo fue sentenciado a cadena perpetua calificada.
Esta resolución constituye la pena más alta dictada en la provincia desde que está en vigencia la Reforma Procesal Penal (diciembre del 2013). Es el resultado del juicio realizado en el Tribunal Oral en lo Penal de Castro donde se acreditó la responsabilidad del sujeto de iniciales J.B.T.G. (49) en cinco delitos de violación impropia, un abuso sexual infantil y un ilícito especial consistente en la realización de acciones de significación sexual.
El calvario sufrido por los menores desde que tenían entre 6 y 13 años se concentró en la localidad de Coinco, donde este depravado se las arreglaba para cometer sus agresiones, ya sea en su vivienda de esta localidad rural, como en un campo de las proximidades. Incluso, una de las víctimas fue violentada en un río de la comuna de El Carmen, Región del Bío Bío.
Versiones
Justamente, el testimonio de los seis afectados -tres niños- fue clave para desvirtuar la presunción de inocencia del acusado y configurar su participación. Una postura que se complementó con los datos de otros testigos, como la madre de dos de los ofendidos y tía de los otros cuatro.
La joven señaló que el sujeto "se las arreglaba para quedar a solas con los niños. Mandaba a mi hermana -pareja del hombre con quien tenía la guarda de dos de las menores vulneradas- a trabajar en la leña o a hacer otra cosa para tener esta oportunidad. Incluso, le pegaba... además era un 'cafiche' se quedaba con toda la plata que hacía mi hermana".
Estos antecedentes probatorios se combinaron con evidencia científica y pericial para que la sala presidida por la magistrado Loreto Yáñez abarcara la pena en su máximo grado.
Así lo valoró el fiscal de la causa, Rodrigo Valladares, quien calificó como positivo este dictamen. "Creemos que es lo que corresponde a derecho y por la extensión del mal causado. Es un foco prioritario de persecución para la Fiscalía las agresiones sexuales de menores de edad y especialmente atacar este foco en la provincia", aclaró, sumando que la resolución constituye un acto de justicia para las víctimas.
Es más, el persecutor explicó que esta sanción "es la más alta en nuestro ordenamiento jurídico", enfatizando que el condenado "permanecerá privado de libertad toda su vida y no puede ser sujeto a indulto o amnistía. En el caso excepcional, para solicitar una libertad condicional no puede ser antes de 40 años de cumplida esta sentencia".
En cuanto a la pena única que se estableció, el abogado manifestó que los factores que incidieron en su determinación fueron el concurso de la agravante especial de cometer el delito estando bajo el cuidado o guarda de dos de las víctimas, como también el daño causado a los menores y la pluralidad de delitos corroborados que incrementarían en uno o más grados el quántum por la reiteración de ilícitos.
En tanto, como ejemplificadora fue calificada esta sentencia por parte de la abogada querellante Vanessa Aránguiz, del Programa Reparación y Justicia, quien representó a las dos niñas que se mantenían bajo la guarda del acusado y su conviviente, las cuales hoy se encuentran en las Aldeas SOS de Ancud.
La profesional aseveró que "esta pena además de sancionar estos delitos, cumple un rol ejemplificador de prevención general, puesto que da cuenta que de ocurrir nuevamente este tipo de hechos se puede llegar a estas penas".
Este constituyó el primer juicio oral en que interviene esta joven jurista, quien de inmediato debió verse enfrentada a una de las causas más aberrantes que han existido en la provincia.
Contexto
La especial connotación que generó este histórico caso, como detalló la fuente, se debió a la pluralidad de afectados, los cuales pudieron ser más considerando que 10 niños fueron indagados en un comienzo, y el contexto de vulneración máxima en que se encontraban.
"La agresión se extiende por muchos años, se da en un contexto intrafamiliar, al ser el acusado conviviente de una de las tías de los menores. Además, tenía la guarda de dos de las víctimas. Esto da lugar a la aplicación de una agravante, al estar en una posición de poder y confianza que permitió cometer los delitos", acotó Aránguiz, sumando que el sujeto "tenía a toda una familia atemorizada".
Quien también es nuevo en estas lides jurídicas insulares es el defensor Rodrigo Rojas, quien a diferencia de los acusadores, recibió todo el peso de los sentenciadores. Por ello, no dudó en describir como "excesiva" la condena, ante lo cual buscará revertirla en alzada.
"Hay que considerar que hubo un voto disidente de la sala, que se inclinó por el presidio perpetuo simple", manifestó el abogado, insistiendo en que "algunos hechos por los cuales se dictó condena no estaban lo suficientemente acreditados".
Bajo este escenario, aseguró que recurrirá de nulidad, por lo cual todavía se esperaría alguna instancia judicial de este impactante caso.
"Permanecerá privado de libertad toda su vida y no puede ser sujeto a indulto o amnistía".
Fiscal Rodrigo Valladares"
Señal
El fiscal regional Marcos Emilfork indicó que este "fallo es importante no solo por la pena, sino porque responde a una política criminal regional, del orden de ser muy rigurosos en la persecución de los delitos sexuales, en especial contra menores". Añadió que "gracias al esfuerzo de la Fiscalía y los otros actores, se da una señal clara de como nuestra región responde a esta clase de ilícitos".
2009 año en que se iniciaron las agresiones sexuales comprobadas contra los menores.
10 días tiene la defensa para recurrir de nulidad para revertir este drástico fallo.