Directora de Obras interpone recurso de protección contra alcalde de Castro
Acción judicial tiene su génesis en el dictamen de Contraloría que pide destituirla.
Un recurso de protección en la Corte de Apelaciones de Puerto Montt, interpuso la directora de Obras de la Municipalidad de Castro, María Luisa Cifuentes, contra el alcalde Nelson Águila por emprender una sanción disciplinaria en su contra, que califica de "arbitraria e ilegal".
El requerimiento que fue recepcionado por el tribunal en los últimos días busca impugnar la suspensión de su cargo por dos meses con goce de sueldo de un 50% de su remuneración.
"La medida disciplinaria es ilegal por cuanto en primer lugar, no existen antecedentes en el proceso que den cuenta de infracción a mi deber y obligaciones funcionarias. En segundo lugar, en el supuesto caso que llegase a la convicción de que existió falta administrativa, se me debió sobreseer definitivamente de los cargos por cuanto la responsabilidad administrativa se encuentra prescrita", señala el texto.
La acción judicial interpuesta por la profesional obedece a las "medidas disciplinarias" ordenadas por el edil, luego que la Contraloría General de la República instruyera a la municipalidad destituirla de su cargo.
De hecho, el dictamen N°48463, fechado el 1 de julio del año en curso señala que "los hechos atribuidos a la inculpada (Cifuentes) conllevan a una grave falta al principio de probidad administrativa, toda vez que corresponden a una desidia manifiesta en el ejercicio de sus atribuciones, como también en las obligaciones que se le exigen, atingentes al cargo de Director de Obras Municipales".
La misma acción judicial fue interpuesta por el asesor jurídico del municipio, Juan Pablo Sottolichio, cuyo dictamen del organismo fiscalizador sobre el consistorio castreño también pide suspenderlo y rebajarle el sueldo durante dos meses. Ambos recursos de protección fueron acogidos a trámite por el tribunal regional.
Desde el consistorio, el alcalde (s) Guido Bórquez indicó a través de la Oficina de Relaciones Públicas que " es un proceso que está en trámite en la Contraloría y mientras no culmine esa etapa no podemos referirnos al desarrollo del procedimiento".
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Al respecto, el abogado Julio Álvarez explicó que este recurso de protección interpuesto por ambos funcionarios municipales, manifiesta que "el alcalde (Nelson Águila) no dio cumplimiento estricto a lo ordenado por la Contraloría. Sería conveniente saber las razones de tal decisión".
Añade el profesional que la jurisprudencia de dicho organismo de control, contenida, entre otros, en el dictamen N°51.870 del año 2009, ha manifestado que sus informes jurídicos son obligatorios y vinculantes para los servicios sometidos a su fiscalización, entre los que se encuentran las municipalidades, obligación que encuentra su fundamento en los artículos 6, 7 y 98 de la Constitución Política de la República.
"El incumplimiento de dichos pronunciamientos por parte de las autoridades significa la infracción de sus deberes funcionarios, comprometiendo su responsabilidad administrativa", dijo el jurista.
Sumó que "el único modo para objetar válidamente los pronunciamientos de la Controlaría es recurrirlos ante los tribunales de Justicia mediante la interposición de un recurso de protección, lo que debe hacerse dentro del plazo de 30 días contados desde la notificación de la medida. Como ello ocurrió el 1 de julio de 2016, resulta evidente que eso no se hizo, quedando por lo tanto firme lo resuelto por la Contraloría".
"Todo parece más bien una ficción ante la dejación de no recurrir oportunamente contra lo determinado por la Contraloría", concluyó Álvarez.