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Buscan revertir fallo contra jurista que baleó a isleño

Defensa del abogado que protagonizó incidente en local chonchino recurrió de nulidad.
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A la salida del Tribunal Oral en lo Penal de Castro ya lo esgrimía: "Fue excesiva la sentencia". Así calificó el conocido abogado chilote que protagonizó un incidente en el centro nocturno "Roxy" de Chonchi, el dictamen que lo condenó a 300 días de presidio por el delito de lesiones menos graves y otros 2 años por porte ilegal de arma de fuego.

El jurista de iniciales J.R.G.G. (56) recibió el beneficio de la remisión condicional de la pena, pero no quedó satisfecho. Por ello, desde la salida de la audiencia aseguró que "recurriremos de nulidad" para revertir la decisión judicial por el ataque que perpetró contra Juan Carlos Millaldeo (39), durante esa verdadera noche de furia del 4 de abril del 2011.

Y su postura se materializó en los últimos días. Su defensor, Claudio Herrera, interpuso el requerimiento ante la Corte de Apelaciones de Puerto Montt para cambiar la resolución de primera instancia, buscando que se anule el fallo y se dicte una sentencia de reemplazo que imponga sanciones menos gravosas.

El profesional recalcó que la primera tesis que esgrimió la defensa "es que se imponga una pena única de 300 días de presidio menor en su grado mínimo y se mantenga el cumplimiento alternativo de la remisión condicional de la pena".

En forma subsidiaria, como enfatizó el abogado, si los ministros consideraran la imposición de dos penas, "mantenemos la petición de 300 días por las lesiones y por el porte ilegal de arma de fuego estimamos que solo debe ser sancionado a una pena de multa". "Conforme a los antecedentes expuestos en la audiencia, propusimos que sea de 2 UTM", acotó.

argumentos

En cuanto a los argumentos expuestos en la Corte, el defensor manifestó que "en el primer caso, dijimos que estamos en presencia de una figura que se llama concurso aparente de ley que se soluciona mediante un principio de consunción, en el cual un delito absorbe o desplaza a otro".

Bajo este contexto, puntualizó que el porte ilegal de arma de fuego es un delito de peligro y las lesiones de resultado, "por lo que estimamos que este último desplaza al primero".

Con respecto a la segunda tesis propuesta, Herrera especificó que existe una infracción en el principio de considerar dos veces un mismo antecedente para fundar condena. "Por ese mérito pedimos que se aplique una figura residual de pena por el porte ilegal de arma de fuego que es la figura de la multa", indicó.

El dictamen del tribunal de alzada puertomontino está programado para el 8 de octubre.