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Condenan a ancuditanos por asalto al Unimarc

Dos fueron sancionados como autores materiales y otro como cómplice del robo.

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l Pedro Bárcena González

La convicción generada por la prueba recogida en el caso y la propia confesión de los involucrados permitieron acreditar la responsabilidad de dos sujetos como autores materiales del asalto al supermercado Unimarc de Ancud. Además, se confirmó la participación de otro joven como colaborador en la materialización del atraco, mientras que una mujer acusada por receptación de especies fue absuelta.

Durante la jornada de ayer se entregó el veredicto del Tribunal Oral en lo Penal de Castro, tras el juicio al que fueron sometidos los cuatro ancuditanos.

La sala presida por la magistrado Loreto Yáñez, de manera unánime condenó por robo con violencia a los vendedores de iniciales S.R.R. (41) y J.G.V. (25), como también en su calidad de cómplice a J.D.C. (32), quien condujo el auto en que se movilizaron.

Tal como expresó la jueza, el 30 de marzo del 2013 los tres imputados concurrieron en el vehículo al local comercial ubicado en calle Colo Colo. Mientras el conductor esperó en el móvil, los otros dos "usando elementos que semejaban armas de fuego", como detalló la sentenciadora, intimidaron a un guardia y cuatro dependientes, a quienes redujeron y maniataron antes de escapar con más de 28 millones de pesos.

Peritos planimétrico, fotográfico, balístico, huellográfico, mecánico, químico y contable entregaron antecedentes que se sumaron al resto de la evidencia proporcionada por el fiscal Jorge Raddatz, quien instruyó la causa -también Unimarc presentó querellante en la audiencia-, permitiendo desvirtuar la presunción de inocencia de los tres individuos.

"Estos casos son difíciles de resolver cuando no son flagrantes. Se necesitó un trabajo previo por parte de la Fiscalía y las policías y un trabajo de unos seis meses para confirmar los antecedentes con los cuales se acusó y con los cuales el tribunal dictó condena", indicó el persecutor.

Sin embargo, la prueba de cargo fue insuficiente para establecer la receptación y la autoría de la comerciante de iniciales M.L.M. (42). A su vez, como recalcó Yáñez, no se configura la agravante de haber sido dos o más malhechores.

Bajo este escenario, los dos autores materiales del atraco siguen arriesgando penas de crimen, mientras que el cómplice vio modificada esta situación con esta figura legal impuesta. Así lo indicó su defensor, Claudio Herrera, quien admitió que "esto implica una rebaja considerable de pena. El fiscal pedía 10 años de cárcel y con esta figura en el peor de los casos podría alcanzar 5 años".

No obstante, el abogado invocó dos atenuantes para solicitar una sanción aún más baja. A la irreprochable conducta anterior, en la que destacó que no le afecta para considerarse una condena del 2012 de 41 días por manejo en estado de ebriedad, sumó la colaboración sustancial en un carácter de calificada.

"Es relevante indicar que mi cliente fue interrogado y relató pormenorizadamente su intervención, ello considerando que asumió una actividad de partícipe residual en su calidad de cómplice", aclaró el defensor.

Con estas circunstancias e incluyendo informes sociales y sicológicos que amparan un cumplimiento no privativo, invocó una pena de 541 días con el beneficio de la remisión condicional o, en su defecto, 3 años y un día de libertad vigilada.

Por su parte, el abogado Jorge Vásquez, con relación al menor de los acusados, también solicitó las mismas atenuantes, añadiendo que para la aplicación de la sentencia, "se debe considerar la menor extensión del mal causado, ya que las víctimas no se vieron mayormente afectadas". Mientras que por el patrimonio de la empresa, resaltó que el daño no fue tan significativo, ya que se recuperaron más de 13 millones de pesos.

Con estos elementos, el jurista pidió la rebaja en dos grados de la pena, esperando que se dicte una en el margen del presidio menor en su grado medio (541 días a 3 años de presidio).

Este mismo defensor particular representó en la jornada de ayer al autor intelectual y también material del asalto, ya que su abogado, Jorge Rodríguez, no asistió a esta última sesión judicial. Escuetamente, requirió que se le reconozca la irreprochable conducta anterior como muy calificada y que se rebaje en un grado la pena, posibilitando la aplicación de la libertad vigilada.J

Falta de la mitad del botín refuerza alegato por daño

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l El fiscal Jorge Raddatz sustentó sus argumentos por el quántum de la pena y la necesidad de no aplicar beneficios a los condenados en la extensión del mal causado. Una circunstancia que no solo se asocia a la afectación de las víctimas directas del asalto, quienes fueron intimidades y maniatadas, sino también en el daño patrimonial a la empresa.

El persecutor enfatizó que "no se recuperó más de la mitad del dinero", los sujetos no entregaron antecedentes de la ubicación de estos casi 15 millones de pesos que literalmente desaparecieron. Agregó que los asaltantes "no indicaron dónde quedó" este botín, lo que refuerza el ánimo de lucro, los móviles del delito y que las consecuencias del atraco aún permanecen vigentes.

Por su parte, Milton Cuevas, que durante la jornada de ayer actuó como querellante, reafirmó los dichos del Ministerio Público, solicitando que no se otorguen beneficios. J

Fiscalía rebate medidas atenuantes y pide pena efectiva por este caso

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l El martes se entrega en la misma sala castreña el fallo por este bullado caso, instancia en la que el fiscal Jorge Raddatz espera la aplicación de fuertes penas, eso sí, marcadas por la denegación de la agravante y el cambio de figura a cómplice de uno de los acusados.

Justamente, en cuanto a J.D.C. (32), el persecutor invocó 5 años de presidio y que no se concedan beneficios, "considerando su extracto de filiación que marca una condena por manejo en estado de ebriedad, la cual no puede asociarse como una falta", aclaró.

También rechazó la atenuante de colaboración sustancial, enfatizando que "en su declaración entró en contradicciones sin que sirviera para dilucidar los hechos".

En el caso de J.G.V. (25), el profesional solicitó 7 años de reclusión efectiva, descartando la irreprochable conducta, "al no tener antecedentes penales limpios -tiene una condena por lesiones leves- y presentar una conducta refractaria contra la ley", pero dejando a criterio del tribunal la inclusión de la colaboración sustancial.

Por su parte, Raddatz manifestó que por el último condenado -S.R.R. (41)-, "ya se le reconoció la irreprochable, pero no cooperó en la investigación, no entregó antecedentes sustanciales". También invocó 7 años de reclusión sin beneficios. J