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Corte de Apelaciones ordena a Brinzal el pago de multa y reforestar

La Corporación Nacional Forestal presentó un recurso al tribunal de alzada tras el fallo de Juzgado de Policía Local de Ancud que absolvió a la firma vinculada a la Universidad de Harvard.

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El caso de la tala no autorizada de bosque nativo en la comuna de Ancud dio un vuelco en tribunales. Esta vez fue la Corte de Apelaciones de Puerto Montt la que decidió sancionar a la Sociedad Brinzal Limitada, revocando lo dictaminado por el Juzgado de Policía Local de Ancud que había absuelto a la firma en diciembre pasado.

De esta forma, la sanción considera el pago de 384,2 unidades tributarias mensuales y a reforestar 76,84 hectáreas en los predios ubicados en el sector de Aguas Buenas.

Así se informó de la Corporación Nacional Forestal, Conaf, entidad que denunció la corta de bosque no autorizada.

Luis Infante, director regional de Conaf Los Lagos, valoró la sentencia del tribunal puertomontino, indicando que "confirma que nuestros fiscalizadores actúan conforme a la ley forestal vigente y al resguardo y sustentabilidad del recurso forestal y del medio ambiente".

Desde el mismo organismo se explicó que los fiscalizadores de la Corporación Nacional Forestal constataron en terreno la corta no autorizada de 76,84 hectáreas de bosque nativo por parte de la sociedad Brinzal Limitada, agregando que al momento de la corta no autorizada los predios tenían especies nativas, tales como coihue y canelo de alto valor ecológico (en distintos estados de regeneración) que fueron cortadas por la empresa denunciada, la que tendrá que reforestar con especies nativas en la misma superficie intervenida.

Además, se dio cuenta que la Ley N° 20.283, sobre Recuperación del Bosque Nativo y Fomento Forestal, establece que toda intervención al bosque nativo debe hacerse mediante un plan de manejo aprobado por Conaf, el cual tiene como fin la sustentabilidad del recurso forestal.

Dentro de las labores de este organismo del Ministerio de Agricultura, se encuentra la fiscalización del cumplimiento de dicha norma, así como el control de la adecuada ejecución de los planes de manejo aprobados. La labor de la Conaf se enmarca el artículo 1 de la Ley 20.283 de Bosque Nativo y Fomento Forestal. J

l Para Javier Sanzana, representante en Chiloé de la Agrupación de Ingenieros Forestales por el Bosque Nativo, si bien consideró que la Corte de Apelaciones de Puerto Montt haya revertirlo el fallo es importante, también expuso que la sanción aplicada la Sociedad Brinzal es menor a lo propuesto por Conaf, que inicialemente era de 425 millones de pesos.

"La reparación total de la superficie que establece el fallo es importante porque esa zona que fue intervenida fue la que tuvo más problemas hídricos en Ancud", mencionó el profesional, sumando que "pensamos que la reforestación con especies nativas podría ayudar a mitigar esta situación.