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Condenan al S.S. Chiloé al pago de $30 millones por muerte de recién nacida

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Pedro Bárcena González

Confirmando lo resuelto por el Tribunal de Letras de Castro después de una prolongada disputa judicial que se extiende por más de 50 meses, la Corte de Apelaciones de Puerto Montt determinó en los últimos días mantener la condena de 30 millones de pesos contra el Servicio de Salud Chiloé por el daño moral ocasionado a una joven que perdió a su hija tras el parto realizado en el Hospital de Achao.

El caso se remonta al 30 de noviembre del 2008, cuando la mujer identificada como Luz Marina Cárcamo Vivar ingresó al recinto asistencial achaíno para dar a luz a su primogénita teniendo 41 semanas de gestación. Después de un par de días de atenciones y observaciones, se determinó el 2 de diciembre someterla a maniobras de parto normal, pese a no existir las condiciones para ello.

Ante las complicaciones de las acciones, el equipo médico le practicó una cesárea, quedando en evidencia la mortal negligencia.

Así lo describe la abogada Vanessa Pérez, quien representa a la afectada en este proceso que pese a los años aún no parece finalizar. Detalla que interpuso la demanda de indemnización de perjuicios ante la seguidilla de falencias e irregularidades que se constataron en el caso.

En primer lugar, detalla que se intentó realizar un parto normal pese a que en el nosocomio quinchaíno no existían las condiciones mínimas para realizarlo, debido a que el monitor de latidos cardiofatales y dinámica uterina estaban en malas condiciones. Además, se procedió a una cesárea en que no se detectó el sufrimiento fetal, presentando la hija de la isleña una insuficiencia respiratoria aguda.

traslado

Asimismo, la base argumentativa que sustenta la acusación incluye las paupérrimas condiciones del traslado de urgencia de la bebé. "La recién nacida no fue entubada, fue trasladada sin vía venosa periférica y la incubadora no cumplió con la función de mantener la temperatura del paciente, por lo que llegó al Hospital de Castro fría, cianótica y sin signos vitales", resalta en su requerimiento la jurista.

En general, la profesional destaca que la víctima no contó con el servicio oportuno, tampoco tuvo implementos y maquinarias necesarias para dar a luz. Igualmente, apunta a las falencias en las ambulancias y la negligencia de los médicos que no la atendieron adecuadamente.

La abogada demandó por 100 millones de pesos. Sin embargo, en resolución del 27 de noviembre del 2014, el Juzgado de Letras de Castro condenó al S.S. Chiloé por $30 millones al atribuirle un actuar culposo del personal médico que atendió a la paciente.

Como relató Vanessa Pérez, "se confirmó en alzada lo dispuesto en primera instancia dentro de un largo proceso, en el cual se pasó por la intervención del Consejo de Defensa del Estado al ser demandado un organismo público, tras lo cual se llegó a los tribunales".

casación

A pesar de este fallo, la jurista analiza la opción de recurrir de casación ante la Corte Suprema, esperando aumentar el monto a pagar. Un procedimiento que también estudia la parte demandada, con el objeto de revertir este drástico escenario.

Como indicó Jaime Monsalves, jefe del departamento jurídico del S.S. Chiloé, existe la convicción que las actuaciones médicas se enfocaron a lo establecido en los protocolos.

Una de las bases para sostener esta postura en este juicio civil sería el sumario administrativo que se realizó por el caso, el cual determinó que no existían responsabilidades de los funcionarios del Hospital de Achao. Una conclusión a la que también llegó la indagatoria penal en su momento. "La Fiscalía de Quinchao estableció el archivo de los antecedentes", dijo el abogado.

A su vez, el profesional detalló que se procedió "con lo establecido en el protocolo de la guía prenatal del Minsal, se realizaron las atenciones médicas necesarias". No obstante, la justicia terminó condenando en dos oportunidades al S.S. Chiloé, dentro de una causa que aún puede mostrar nuevas aristas. J

El asesor jurídico del Servicio de Salud Chiloé, Jaime Monsalves, recalcó que tiene la convicción que desde el punto de vista médico se realizaron las acciones correspondientes en este caso.

"De acuerdo a lo indicado por el informe del Servicio Médico Legal, había un inconveniente anatómico atribuible a la madre o la menor, una desproporción encefálico-pelviana. Pensamos que eso no fue suficientemente discutido y no fue planteado por la demandante que apuntó a situaciones periféricas que no estaban directamente relacionadas con el resultado de la atención médica", aclaró el profesional.

Asimismo, contradiciendo los argumentos del demandante, el jurista indicó que "los médicos aseguran que la menor fue entubada dos veces, pero que se obstruyó y se ventiló hacia Castro con un sistema ambulatorio".