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La valentía de las víctimas que revivieron la pesadilla que sufrieron por cerca de 7 años fue clave para acreditar la responsabilidad de su propio tío en los aberrantes ultrajes que sufrieron al interior de dos viviendas del sector Miraflores, comuna de Chonchi.
El testimonio de los cuatro afectados fue el principal elemento de convicción para decretar durante la jornada de ayer el veredicto condenatorio contra el sujeto de iniciales L.B.M.V. (27).
Así lo expuso el magistrado Claudio Ayala, quien presidió la sala del Tribunal Oral en lo Penal de Castro donde se realizó el juicio, añadiendo que la resolución de los jueces fue unánime.
El sentenciador afirmó que el acusado realizó tocaciones de connotación sexual contra tres de sus sobrinas, en fechas indeterminadas del 2006-2008 en perjuicio de una menor desde que tenía 11 años; entre el 2011-2013 contra otra niña de 9, y también el 2011, afectando estas agresiones a la más pequeña de las hermanita, de solo 5 años.
Por estos hechos, el obrero y operario pesquero fue condenado por abusos sexuales en carácter de continuado. Además, se determinó su autoría en la violación impropia contra su propio sobrino, en un lapso de tiempo comprendido entre el 2009 y 2011, desde que el afectado tenía 6 años.
Como especificó el magistrado en la decisión judicial de este viernes, a las declaraciones de los ofendidos, "quienes entregaron un relato claro de la agresión sufrida y lograron reconocer al autor de las mismas", como afirmó, se sumaron como fuente probatoria para desvirtuar la presunción de inocencia del joven los antecedentes de otros cuatro testigos y cinco peritos.
Asimismo, el juez dijo que "se descarta la teoría presentada por la defensa por falta de prueba". Una hipótesis relacionada a una acusación fundada en represalias por parte de la mamá de las víctima con respecto al imputado.
El fallo quedó programado para este miércoles, instancia en la cual el fiscal Enrique Canales espera que se dicte una pena total de 20 años de presidio, el mismo quántum solicitado en sus alegatos de apertura pese a que se descartó el carácter reiterado de los delitos.
El persecutor fundó esta petición en los alcances de la condena por abuso sexual continuado por cada una de las hermanitas. Bajo este contexto, indicó que "existen tres víctimas diferentes -no se da la continuidad entre un mismo afectado, agresor y hecho-, por lo cual existe reiteración de los ilícitos", ante lo cual mantuvo su invocación de 10 años de reclusión por esta figura delictiva.
Por su parte, el abogado querellante Humberto Águila se adhirió a la postura del Ministerio Público, en especial por descartarse las agravantes que pidió en audiencia, ante lo que no pudo sostener los 27 años totales de cárcel que solicitó en un primer momento.
En tanto, el defensor Mauricio Díaz sumó a la atenuante objetiva de la irreprochable conducta anterior la colaboración sustancial, argumentando para su concurso que "el imputado declaró en Fiscalía y en el juicio renunciando a su derecho de guardar silencio. Señaló su versión de los hechos, lo que es suficiente para que se acoja esta aminorante".
beneficio
A pesar de recibir la oposición de los acusadores por esta medida, el profesional insistió en su concurrencia, solicitando como pena por los abusos sexuales 3 años y un día de libertad vigilada intensiva. Arguyó que la sentencia puede bajar en un grado para llegar a este beneficio que se sustenta por la extensión de esta pena, por la conducta de su cliente y el arraigo que posee.
En cuanto a la violación, el defensor no entregó un detalle de la pena que busca, pero sí pidió que se abonen los cuatro meses en que el sujeto estuvo en prisión preventiva. Igualmente la sanción por este ilícito siempre será efectiva. J