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Fijan la evidencia que será clave en caso de narcotráfico en Castro

10 testigos y 30 discos con escuchas telefónicas serán parte de la prueba en el juicio oral por esta causa.
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Pedro Bárcena González

En su fase procesal definitiva ingresó el bullado "Caso Nenuco" que busca establecer la responsabilidad de un grupo familiar castreño en la comercialización de estupefacientes en el centro de Chiloé y en la asociación ilícita para ejecutar estas labores de narcotráfico.

En audiencia realizada en el Juzgado de Garantía de la capital provincial se concretó, después de dos postergaciones, la preparación de juicio oral contra los 11 vinculados a estos ilícitos. Una causa que quedó al descubierto a fines de octubre del 2013 con el golpe policial realizado por efectivos del OS-7 de Carabineros.

Esta sesión judicial permitió fijar la prueba que será empleada en el juicio donde se determinará la participación de ocho de los sujetos en la figura de asociación ilícita y de todos en los cargos de tráfico de drogas.

Por el primer delito, el denominado líder de la organización (alias "Nenuco"), como también su padre y hermana, arriesgan 15 años de cárcel, mientras que por los otros cinco se solicitaron 10 años de presidio para cada uno. En tanto, se invocaron otros 10 años de reclusión para cada imputado por el tráfico de sustancias ilícitas. En sumatoria, más de dos siglos tras las rejas pueden pasar estos chilotes por este impactante caso.

Evidencia

En la reciente audiencia fueron confirmados los 10 testigos que presentará el Ministerio Público, como también las dos peritos químico farmacéuticas. Sin embargo, la discusión estuvo concentrada en los otros medios de prueba que serán claves para configurar los presupuestos del ente acusador.

Uno de esos elementos cruciales serán las 54 transcripciones telefónicas, dentro de las más de 80 evidencias materiales que serían presentadas en el juicio. Como enfatizó el fiscal de la causa, Javier Calisto, "son más de 30 discos compactos con escuchas telefónicas".

El persecutor recalcó que el grueso de las diligencias no fueron excluidas, "sumando múltiples interceptaciones telefónicas, grabaciones, mensajes de texto, set fotográficos, en definitiva, un cúmulo de prueba para persuadir al tribunal de la condena que estamos señalando", aclaró.

Discusión

El debate también se enfocó en la situación patrimonial de los acusados, considerado como factor al momento de intentar configurar el accionar de una organización criminal.

No obstante, como explicó el fiscal, esto "no es requisito legal para estar dentro de una asociación ilícita. Como en este caso puede funcionar con un flujo de dinero importante, pero no a nivel mayor. Dentro del procedimiento se incautaron enseres completos de una casa que se estaba construyendo el líder de la organización en Carelmapu; esto fue lo más grande a nivel patrimonial".

El abogado insistió que lo más importante para demostrar la existencia de esta figura delictiva es establecer las relaciones internas entre los distintos miembros del grupo y cómo era la división organizacional y jerárquica.

"Esto funcionaba como una microempresa, no era a nivel de una gran organización criminal, pero si existía un líder, una cúpula y otras personas con funciones inferiores", detalló el profesional.

Sin embargo, la defensa de los acusados rechazó de plano estos cargos. Como indicó Claudio Herrera -representa a nueve de los imputados junto a Nelson Troncoso; los otros dos son defendidos por Filippo Corvalán-, el delito de tráfico es uno de emprendimiento y el de asociación ilícita exige un ánimo de pertenecer a una agrupación delictual, lo que no se configuraría en este caso. "Acá el fiscal interpreta que mantener una cantidad no determinada de sustancia por parte de quienes se acreditó durante la investigación son consumidores (de droga) es constitutivo de tráfico y que formar parte del núcleo familiar o de vinculación contractual los transforma en integrantes de una banda criminal cuya asociación es prohibida", aseveró el jurista.

Añadió Herrera que la prueba es insuficiente para acreditar estos ilícitos. Y no solo eso, enfatizó que la recolección de la evidencia fue ilegal y que debiera ser valorada negativamente en el juicio que se realizaría la segunda quincena de mayo.

Informes

Durante la preparación de juicio un aspecto de la discusión se centró en los resultados de exámenes toxicológicos y estados de situación patrimonial de los acusados, puesto que el Servicio Médico Legal indicó que los acusados eran consumidores de drogas. Según el defensor Claudio Herrera, un informe evacuado por el ente persecutor, "que solicitó el fiscal excluir, demuestra el exiguo patrimonio de la familia acusada, lo que revela sin duda que este delito de emprendimiento jamás ha sido cometido por estos individuos. Incluso, todos ellos registran actividades laborales previas lícitas".

2.942 gramos de droga se decomisaron en el operativo del OS-7 en Castro. Casi un kilo era cocaína.

$50 millones de pesos en droga, dinero en efectvios y especies se incautaron en el dispositivo.

Indagado por crimen deja la internación

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Ratificando la resolución de primera instancia, la Corte de Apelaciones de Puerto Montt mantuvo la modificación de cautelar para un adolescente imputado por el homicidio de un vecino en Quellón. El joven permaneció más de 5 meses en internación provisoria en los albores de la investigación en su contra.

Tal como expuso el defensor Rodrigo Vargas, quien representa al imputado F.Z.H., el que está siendo indagado por la muerte de Abdón Colivoro (47), ocurrida en agosto del 2014, se solicitó en el Juzgado de Garantía quellonino el cambio de la precautoria por el arresto total, lo cual fue acogido. Sin embargo, la Fiscalía apeló verbalmente quedando la decisión a manos de los ministros en alzada.

Argumentos

"La corte confirmó lo que invocamos, sustentado en que creemos, primeramente, que este joven es inocente de este crimen", indicó el defensor, sumando que "la cautelar inicial no era proporcional a una eventual pena, ya que no tiene antecedentes penales anteriores y este delito ocurrió antes de la modificación legal que intensificaba las penas de los homicidios".

A su vez, justificó el jurista que su representado debe ser juzgado bajo la Ley de Responsabilidad Penal Adolescente, "ante lo cual la pena que arriesga es menor todavía, cuyo rango ante una hipótesis de condena, permitiría la libertad asistida especial".