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Oneroso acuerdo pone fin a causa por fatal accidente

Ex jefe provincial de Bienes Nacionales entregará inmueble avaluado en $30 millones y pagará $2 millones al padre del motorista fallecido en Castro.
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Pedro Bárcena González

Dos años de intensas pericias indagatorias y sesiones procesales marcan el término de una causa por el accidente que le costó la vida a un joven motorista, en el fatídico cruce de Llau Llao, en la comuna de Castro.

Emilio Eduardo Vidal Chodil (20) falleció el 3 de octubre del 2014 después que la moto en que se movilizaba para trasladarse a su trabajo en la empresa Marmau impactara con el vehículo conducido por Manuel Norambuena Pradenas (44), que buscaba ingresar a la Ruta 5 Sur.

Desde esa jornada comenzaron las pericias de la policía experta. El ingeniero geomensor fue formalizado por cuasidelito de homicidio, al determinarse como causa basal del siniestro que ingresó a la intersección vial sin respetar un disco Pare interrumpiendo el derecho preferente de la moto.

Las pesquisas continuaron, como también las audiencias hasta llegar recientemente a una salida alternativa al procedimiento penal.

Así lo explicó el fiscal Enrique Canales, señalando que "al tratarse de un caso que sanciona una negligencia, donde no existe dolo, se puede llegar a este tipo de término", considerando la pena de estos ilícitos culposos y que el imputado tiene irreprochable conducta anterior.

Asimismo, el defensor Claudio Herrera, enfatizó que se arribó a un acuerdo reparatorio para poner termino al proceso penal y a la acción civil.

"Fue interés de mi cliente acceder a esta forma de término para no someterse a un juicio oral simplificado, teniendo la intención de resarcir los perjuicios que se han ocasionado producto de los hechos imputados", aseveró el abogado.

Condiciones

Bajo este escenario, se determinó como obligaciones para configurar este acuerdo la entrega por parte del ex jefe provincial de Bienes Nacionales en el 2010 de un inmueble avaluado en $30 millones -se ubica en el sector Putemún- y el pago de 2 millones de pesos al querellante, en este caso, el padre de la víctima fatal.

La audiencia de sobreseimiento quedó programada para el 10 de octubre, donde se revisará el cumplimiento de estas condiciones para poner término a esta causa.

Responsabilidad

El defensor Claudio Herrera destacó que su representado "conducía sin alcohol en el cuerpo y el accidente obedeció a un diseño vial inadecuado en razón que en aquella zona confluyen vehículos de tres direcciones y que además existe una zona de triple vía que sin lugar a dudas dificulta la visibilidad". Además, aclaró que en la investigación se develó que la víctima "no contaba con permiso que lo habilitara para conducir la motocicleta, lo que pudo contribuir a no mantener el control de la misma". A su vez, especificó que este acuerdo reparatorio "en ningún caso determina asumir responsabilidad alguna en los hechos investigados".