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Isleña exhibía hueso de ballena sin saber que cometía un delito

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En un caso inédito, pero que refleja una realidad latente en la provincia, una comerciante de Chonchi llegó a una salida judicial alternativa por infracción al artículo 136 de la Ley de Pesca. En su poder se encontró un hueso de ballena, por lo cual fue formalizada llegando a un acuerdo para suspender el procedimiento penal.

Así lo indicó la fiscal de Castro, Karen Rosas, quien explicó que el almacenamiento de estas especies "constituye un delito", en cuanto a la protección del patrimonio natural.

La persecutora enfatizó que se determinó como medidas que la imputada entregue a la autoridad el hueso que exhibía en su restorán ubicado en el mercado chonchino, que fije domicilio y realice una donación de libros a la biblioteca municipal de dicha comuna.

La detección de esta práctica puso en evidencia una situación más común de lo que parece en la provincia, donde muchas personas tienen en su poder este tipo de especies, lo que constituye un ilícito.

Como enfatizó el director regional del Servicio Nacional de Pesca, Eduardo Aguilera, existe un marco legal que protege a los cetáceos, en el cual se establece que "el que tenga, posea, transporte, desembarque, elabore o efectúe cualquier proceso de transformación, así como comercialice o almacene estas especies vivas o muertas o parte de estas será sancionado con la pena de comiso y presidio menor en su grado medio".

No obstante, el personero enfatizó que actualmente existen muchos vecinos isleños que mantienen restos de ballenas o similares, desde antes de 1995, año en que se publicó el decreto que sanciona esta práctica. Bajo este contexto, realizó un llamado a regularizar este escenario.

"El procedimiento que reconoce la tenencia legal de restos puede ser aplicado por todas las oficinas de Pesca y Acuicultura del país siempre que una persona, natural o jurídica, solicite la evaluación para el reconocimiento legal de partes o derivados de aves, reptiles y mamíferos marinos", apuntó el profesional.

Procedimiento

Asimismo, desde Sernapesca en Chiloé se indicó que tienen conocimiento de al menos tres casos similares al de Chonchi, ante lo cual advierten sobre la necesidad de regularizar la tenencia de especies protegidas.

Además, se informó que cada vez que varan estos animales se constituye personal del servicio para monitorear el procedimiento de entierro del cuerpo o levantamiento de los restos para que queden en un lugar establecido, como museos o centros de estudio.

Valoran condena por la muerte de "Seba" Pinuer

Cuatro tenientes fueron sentenciados a 3 años de pena remitida por el deceso del aspirante a oficial chilote. La familia sigue otras acciones judiciales.
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Pedro Bárcena González

Como un impulso para futuras acciones judiciales calificaron los padres de Sebastián Pinuer (19) el fallo entregado por el Segundo Juzgado Militar de Santiago que condenó a cuatro tenientes por la muerte del aspirante a oficial oriundo de Quemchi, como también por el deceso de su compañero Julio Ulloa (22).

Rodrigo Oakley, Sergio Molina, Nicolás Silva y Jesús Wastavino fueron sentenciados a 3 años de reclusión menor por el cuasidelito de homicidio de los jóvenes, quienes fallecieron el 1 de febrero del 2011 en medio de un entrenamiento en un predio que tiene la Escuela de Carabineros General Carlos Ibáñez del Campo en Curacaví, Región Metropolitana.

Los uniformados fueron beneficiados con la pena sustitutiva de remisión condicional, según lo determinado en la resolución del juez militar Óscar Rojas, quien estableció que los acusados "incurrieron en negligencias inexcusables permitiendo que se sobrepasen los límites del riesgo permitidos en una actividad de instrucción".

El dictamen deja claro que las víctimas perdieron la vida producto del golpe de calor y la deshidratación a la que fueron sometidas, producto de un calentamiento que se extendió por aproximadamente 40 minutos ante temperaturas que bordearon los 33 grados. Una negligencia evidente, considerando que el Programa de Actividades Diarias Primer Año 2011 que disponía la institución policial en ese tiempo indicaba que el trote no podía superar los 20 minutos.

"Derechamente, los acusados infringieron el deber de cuidado que la situación in situ exigía y que les era exigible, al no haber procedido con los resguardos necesarios para evitar el evento que era previsible y evitable", señala el fallo que fue reproducido por Emol.

Explotación

Sandra Barría, madre del chilote fallecido, recalcó que con este dictamen "queda de manifiesto que los chicos fueron explotados físicamente, a mi hijo lo torturaron físicamente. Se reconoció eso con este fallo y espero ahora que digan la verdad (los condenados)".

Asimismo, la vecina insular aseveró que esta resolución marcará un precedente para futuros requerimientos, como la demanda civil que sustenta su asesor legal Rubén Jerez.

"Con mi abogado tengo la esperanza que con esta resolución será más fácil que se abran puertas para las otras acciones legales", aclaró la fuente, quien enfatizó que no han tenido como familia acercamiento con los oficiales sancionados ni con Carabineros.

Barría especificó que con esta sentencia "esperamos que comience a hacerse justicia". Espera que la verdad en este caso aflore y que los uniformados "reconozcan su error, porque ellos mataron a los chicos", aclaró.

A su vez, la familia chilota como los parientes de Julio Ulloa esperan que la institución desvincule a los involucrados por el daño provocado, el cual quedó establecido en la condena por este delito culposo, la cual será apelada por los funcionarios policiales.

Abogado

Rubén Jerez, abogado de la familia Pinuer, fue enfático en señalar que "no hay confianza con la justicia militar", ya que tendería a proteger a los altos mandos, quienes tienen responsabilidad, "al dejar en este caso a oficiales sin instrucción, sin los cursos respectivos para el entrenamiento". Además, acotó que esperaba este fallo, "puesto que perseguimos responsabilidades del Estado con una demanda civil para reparar el daño moral provocado con estas muertes; y responsabilidades administrativas, para que sean sancionados los mandos que estaban a cargo de la instrucción".