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Justicia condena a 9 años de internación a autor de parricidio

El condenado corresponde a un paciente siquiátrico que dio muerte a su padre en enero de 2015 en el sector de Cancha Rayada en el sector alto de Castro.
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Luis Contreras Villarroel

Por unanimidad la terna de jueces del Tribunal Oral en lo Penal de Castro decretó la medida de nueve años de internación provisoria contra un hombre de 39 años de edad que dio muerte a hachazos a su padre en el sector alto de esta ciudad.

La medida preventiva fue resuelta por el juzgado el fin de semana recién pasado, a días de haber concluido el juicio contra el imputado que padece un cuadro de esquizofrenia paranoide.

El inculpado que se ha mantenido durante el último año en el Servicio de Psiquiatría Adulto del Hospital Base de Puerto Montt fue formalizado en su momento por el Ministerio Público por la figura delictual de parricidio, tras matar a su progenitor, José Heraldo Nayán Hernández (62), en un hecho ocurrido en la vivienda de ambos el 26 de enero de 2015 en el sector de Cancha Rayada.

Mauricio Díaz, defensor penal público, manifestó que la medida de internación provisoria aplicada a su cliente será cumplida precisamente en la correspondiente unidad de salud mental del Hospital Augusto Riffart de la capital provincial.

"Se aplicó una medida de seguridad, no es otra cosa que un tratamiento médico en ese caso de carácter siquiátrico para quien tiene un padecimiento crónico que a la vez lo hace inimputable, pero se hace necesaria la disposición de esta medida", justificó el profesional.

Sin embargo, Díaz aseveró que tal determinación no es "tan definitiva, ya que lo que procede después es que el tribunal dispone que los servicios de salud que lo atienden, en este caso siquiatría, envíe informes periódicos cada seis meses".

La misma fuente apuntó que a partir de que la sentencia quede firme y ejecutoriada, se evaluará la posibilidad de que el paciente continúe con el cumplimiento de la medida de seguridad y tratamiento en el medio libre. Esta alternativa exclusivamente dependerá de los informes médicos respectivos.

El abogado sumó que en coordinación con el curador ad litem Yerko Yáñez, será revisado el fallo antes de resolver en conjunto con la familia del paciente la posibilidad de recurrir de nulidad ante la Corte de Apelaciones de Puerto Montt.

PERSECUTOR

Para el fiscal jefe del Ministerio Público de Castro, Enrique Canales, la sanción judicial corresponde a una medida razonable que aplicó el tribunal. "A mi juicio, es un tiempo de internación razonable considerando la totalidad de circunstancias que rodearon este caso", mencionó.

El jurista planteó que el Hospital Augusto Riffart, desde donde antes del crimen había sido dado de alta, tendrá la obligación de adoptar todas las medidas de seguridad durante el tiempo que el condenado cumpla este régimen de internación.

"Hay un tema que tiene que ser resuelto a ese nivel, de prestadores el sistema de salud público", enfatizó Canales.

No obstante, la Fiscalía revisará el contenido del fallo emitido por el Poder Judicial antes de resolver cualquier diligencia jurídica posterior.

"Es nuestra obligación, desde el punto de vista legal, revisarla (el dictamen) con detalle para evaluar si aquello que es resuelto, más allá si estamos de acuerdo o no con el resultado, es adecuado y, además, si es que existe alguna razón para poder reclamar de la sentencia", precisó.

A la espera que el fallo quede ejecutoriado -plazo de diez días-, el condenado sigue bajo tratamiento y custodia en el hospital de la capital regional.

"Se aplicó una medida de seguridad, no es otra cosa que un tratamiento médico".

Rodrigo Díaz,, abogado defensor."