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Adolescente que asesinó a un mochilero recupera su libertad

Resolución caló hondo en la familia del estudiante que fue ultimado de tres estocadas por la espalda por un menor en Chonchi. Padre de la víctima criticó la falta de información sobre esta medida, lo que imposibilitó la apelación.
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Pedro Bárcena González

Un golpe tras otro. Verdaderos zarpazos de lo que califican como injusticia han vivido los familiares de Fabián Ignacio Olguín Barriga (23), quien fue asesinado con alevosía el 22 de febrero del 2015 en un predio de Chonchi. Al dolor insuperable de su muerte, sumaron la exigua condena contra el autor del crimen. Y ahora deben lidiar con el hecho que el adolescente recuperó anticipadamente su libertad.

En el Tribunal Oral en lo Penal de Castro se acreditó la responsabilidad del isleño de iniciales N.R.H.B. (17) en su calidad de autor del delito de homicidio calificado. El menor propinó tres estocadas por la espalda al mochilero oriundo de Santiago, aprovechando su indefensión en medio de un confuso altercado en una zona que utilizaban para camping.

La sala presidida por la magistrado Loreto Yáñez sentenció a mediados de agosto pasado al sujeto a 4 años de internación en régimen cerrado con programa de reinserción social y un año más de libertad asistida especial.

La sanción fue cuestionada por la fiscal Karen Rosas, quien invocó la máxima pena dentro de la Ley de Responsabilidad Penal Adolescente (RPA): 10 años de internación cerrada. "La resolución se aparta de lo que estábamos solicitando", acotó en su momento, a lo que sumó el abogado querellante Milton Cuevas que "esto va en desmedro a las pretensiones de las víctimas".

Justamente, los cercanos al estudiante de ingeniería mecánica calificaron este dictamen como una "broma" y cuando todavía no superaban este impacto vuelven a ser azotados por una decisión judicial.

Por haberse cumplido los fines de la sanción privativa de libertad contra el joven sentenciado, el Juzgado de Garantía de Puerto Montt -velaba por la ejecución de esta condena porque el adolescente estaba internado en esta ciudad- determinó que recuperara su libertad. Un fallo que se encuentra ejecutoriado al no haberse impugnado por la contraparte. Por ello, el saldo restante de la pena privativa se le agregará a la libertad asistida especial.

Este nuevo escenario literalmente provocó un escalofrío en el padre de la víctima, quien no tenía conocimiento de esta resolución. Como afirmó Manuel Olguín, pese a que tenían su teléfono y correo electrónico no había sido notificado. Junto con expresar su "sorpresa" y ratificar su "decepción" con la justicia, espera encontrar respuestas.

"No había cumplido ni siquiera ocho meses de los cuatro años de internación en régimen cerrado que se decretó en su momento y ahora pasa esto. Realmente es increíble... todo esto da cuenta que para la justicia la vida de mi hijo no vale nada", expresó apesadumbrado el vecino que realizó una amplia campaña en búsqueda de un castigo justo por el homicidio de Fabián.

A su vez, la fuente fue enfática en recalcar que "en este caso no se trata que este joven haya robado un dulce... fue un homicidio calificado, mató con alevosía a mi hijo y ni siquiera cumple la mitad la pena". Agregó que "ni el abogado querellante que tenía (Milton Cuevas) sabía de esta decisión, por lo que no pude hacer nada. Tenían que haber tomado en consideración que estoy en Santiago y ante resoluciones de esta importancia lo mínimo era llamarme".

Alcances

Por su parte, el defensor local de Castro, Claudio Herrera, explicó los alcances de este nuevo escenario jurídico que se abre.

"En mérito al dictamen, el otrora adolescente comenzó a cumplir la pena de libertad asistida especial en Chiloé, lugar donde mantiene su residencia al haber abandonado el Centro de Internación en Puerto Montt. Nos parece adecuado aquello en razón que este es un joven con capacidades diferentes que incluso percibe una pensión asistencial", manifestó el abogado.

Asimismo, el profesional sostuvo que el chonchino "podrá retomar su vida tal como lo hacía antes de perder su libertad por la medida cautelar y posterior condena".

El saldo restante de la pena privativa de libertad se agrega a la libertad asistida especial y ahora es el Juzgado de Garantía de Castro el que tiene competencia en el control de la ejecución de esta sanción modificada.

"Realmente es increíble... esto da cuenta que para la justicia la vida de mi hijo no vale nada".

Manuel Olguín,, padre de la víctima."

Norma

De oficio o a petición del condenado o su defensor, el tribunal encargado del control de las sanciones podrá sustituirla por una menos gravosa, más favorable para la integración social del infractor. Así lo indica el artículo 53 de la Ley 20.084, por la cual se sentenció al menor de Chonchi por este caso, añadiendo que el juez que analiza los antecedentes y resuelve podrá hacerlo aunque no esté la víctima o su representante, tal como ocurrió en esta causa. Es más, la misma norma da cuenta que esta resolución puede ser apelable en el tribunal de alzada, lo que no se concretó por el desconocimiento de este dictamen por parte del padre del mochilero.

694 días de internación se habría ahorrado el condenado con este dictamen y los abonos.

11 centímetros de profundidad tuvo la herida más grave que sufrió el estudiante.