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Sepa en qué consiste la nueva Ley de Inclusión Laboral para Discapacitados

Lista para ser promulgada está la norma que obligará a las empresas de más de 100 personas a que el 1% de sus empleados tenga alguna discapacidad. Expertos discuten los pro y contra de la iniciativa.
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Camila Infanta S. - Medios Regionales

Sentados en su lugar del trabajo, hagan el siguiente ejercicio: miren a su alrededor e identifiquen al mejor compañero, al más tallero, al bueno para comer, al enojón, al que llega muerto de sueño y al más carretero. Ahora, hagan lo mismo, pero identifiquen cuál de esos compañeros tiene algún tipo de discapacidad. ¿Lo ven? ¿No?

Según estimó el Segundo Estudio Nacional de la Discapacidad, realizado en 2015, el 20% de las personas mayores de 18 años tiene algún tipo de discapacidad, lo que ascendería a más 2.700.000 habitantes. De ellas, un 39% está sin trabajo, por lo que no es extraño que al mirar en cualquier empresa, no encuentre al compañero en esa condición.

Sin embargo, a principio de este mes, el Congreso aprobó y despachó la Ley de Inclusión Laboral para Personas con Discapacidad, la que está en condiciones de ser promulgada.

La normativa, según informaron desde el Ministerio del Trabajo, establece que las empresas con más de 100 empleados tienen la obligación de que el 1% de sus trabajadores sean discapacitados, y fija en 26 años la edad límite para suscribir contratos de aprendizaje con personas con discapacidad, asimilándola a la edad de término de la educación especial.

El director ejecutivo de la Fundación Nacional de la Discapacidad, Alejandro Hernández, celebró que por fin se haya legislado sobre la inclusión laboral, pues es algo que, al menos su organismo, venía pidiendo desde 1985, dijo.

De todas maneras, consideró que el requisito del 1% "es bajísimo, sobre todo si pensamos que el 20% de la población mundial tiene algún tipo de discapacidad. Creemos que debería haber sido más cercano al 7%, como es el caso de otros países de Latinoamérica".

Hernández agregó que otro punto relevante es que la ley no precisa qué enfermedades ni condiciones se considerarán discapacidad (ver recuadro).

También apuntó que "lo que va a pasar es que nos vamos a encontrar con que las empresas que no saben de discapacidad, no van a saber cómo se integra a una persona en esa condición, ni cuáles son los beneficios de ello. Por eso, nosotros en la tramitación de la ley sugerimos que se les exija una capacitación en estas materias a cada compañía, pero no se tomó en cuenta".

"Nuestro llamado es a no ser reactivos sino que proactivos y que se capaciten en estas materias con anticipación", recalcó el experto.

¿y la oferta?

Especialistas coincidieron en que el mayor ingreso de discapacitados a la fuerza laboral será beneficioso para ella, pues mejorará el clima laboral y creará adherencia a su lugar de trabajo. "Una persona discapacitada no necesariamente es improductiva", menciona el director de Laborum, Néstor Milano.

Si bien celebró la normativa, aseguró que "lo complejo será conseguir a estas personas".

"Como antes no había una oferta laboral amplia para ese segmento de la población, no estaban capacitándolos. Claro, la oferta será más grande, lo que es positivo, pero tenemos que encontrar la forma de ubicarlos y capacitarlos", recalcó.

Por eso, afirmó que en el sitio Laborum ya se hizo un logo en cada oferta que está destinada a discapacitados. "Es la forma de ubicarlos", arguyó.

Qué dice el proyecto de inclusión


¿A quiénes considera?

La Ley de Inclusión Laboral considera a las personas con alguna discapacidad que cuenten con la calificación y certificación señaladas en el artículo 13 de la ley N° 20.422, promulgada en el 2010, que establece normas sobre igualdad de oportunidades e inclusión social de personas con discapacidad, independiente de la causa y su grado.

La norma no hace referencias a enfermedades y condiciones específicas.

"Nos vamos a encontrar con que las empresas no saben de discapacidad y no van a saber cómo se les integra ni cuáles son los beneficios de ello".

Alejandro Hernández, director ejecutivo de la Fundación Nacional de la Discapacidad."


¿En cuántas empresas se aplicará la ley?

De acuerdo a datos administrativos de la base de la Administradora del Fondo de Cesantía (AFC), la obligatoriedad de incorporar la cuota del 1% para empresas de 100 o más trabajadores significará un total de 7.593 empresas, a nivel nacional. Ahora, según estimó el Segundo Estudio Nacional de la Discapacidad, realizado en 2015, el 20% de las personas mayores de 18 años son discapacitadas, lo que ascendería a más 2.700.000 de los habitantes en Chile. El mismo sondeo establece que un 39% está sin trabajo.


¿Se modificarán las instalaciones?

Las instalaciones están reguladas en la Ley N°20.422, que establece normas sobre igualdad de oportunidades e inclusión social de personas con discapacidad. Allí se señala que toda persona o institución pública o privada, que ofrezca empleo, deberá realizar los ajustes necesarios para adecuar los mecanismos, procedimientos y prácticas de selección en todo cuanto se requiera para resguardar la igualdad de oportunidades de las personas con discapacidad que participan en ellos.

"La oferta será más grande, lo que es positivo, pero tenemos que encontrar la forma de ubicarlos y capacitarlos".

Néstor Milano, director de Laborum."