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Justicia acredita que pescador ultrajó por más de 5 años a su hija en Quellón

Condenado arriesga severa pena por los delitos contra la estudiante.
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Pedro Bárcena González

El convincente relato de la víctima, corroborado con las versión de testigos, como también el aporte de peritos que no sólo acreditaron la credibilidad de la declaración de la menor, sino también evidenciaron las lesiones sexológicas, se convirtieron en las claves para condenar a un pescador por las sistemáticas agresiones sexuales contra su propia hija en Quellón.

Así quedó establecido tras finalizar el juicio contra el sujeto de iniciales A.A.P.M. (48) en el Tribunal Oral en lo Penal de Castro. En el veredicto se confirmó que el también buzo atacó a la pequeña desde que tenía apenas 9 años, al interior de la vivienda que compartían en el sur de la Isla. Un calvario que se extendió por más de un lustro.

Tal como expuso la jueza presidenta de la sala, Angélica Monsalve, el hombre de mar fue condenado por su responsabilidad en un delito de violación, cometido entre el 2009 y 2010, como también por abuso sexual impropio en carácter de continuado, por las tocaciones que se repitieron entre ese último año y el 29 de marzo del 2014.

Además, los sentenciadores absolvieron al acusado por el ilícito de abuso de mayor de 14 años. Eso sí, la magistrado recalcó que "pese a acreditarse" que el isleño "realizó acciones de connotación sexual" en perjuicio de su hija, la prueba fue "insuficiente" para acreditar la fuerza o intimidación, acciones que configuran el delito.

La fuente aclaró que tampoco influyó el retardo mental leve que padece la afectada para establecer esta figura legal. Una resolución diferente al resto, aunque sólo por cuestión de edad, ya que las vejaciones igual existieron para los jueces, las cuales se prolongaron hasta el año pasado, cuando en septiembre la menor reveló su pesadilla en el colegio.

Así lo destacó la fiscal de la causa, Karen Rosas, especificando que "se estimó que la circunstancia de fuerza e intimidación no se estableció, lo que afectó en la pretensión que sosteníamos, pero la dinámica de agresiones fue demostrada y corrobora la extensión del daño causado".

Bajo este escenario, la persecutora debió rebajar levemente su solicitud de pena al descartarse uno de los cargos. Por ello, mantuvo los 7 años de presidio por la violación y por los abusos bajó de los 10 a los 5 años y un día.

"Estamos satisfechos puesto que se acogió la pretensión de la Fiscalía. La pena es casi la misma de la acusación, aunque no concurre el delito reiterado al superar los 14 años. Sí se acogió en torno a que los hechos ocurrieron durante largo tiempo", expuso la abogada.

Para sostener este quántum, la representante del Ministerio Público alegó el concurso de la agravante del parentesco que se equilibra con la irreprochable conducta anterior, aminorante objetiva que ya reconoció en la acusación.

En cuanto a esta última circunstancia modificatoria, la defensa fue más explícita y la pidió como "muy calificada", con el objeto de buscar una ostensible bonificación para la sentencia.

Aminorantes

Como sostuvo el defensor particular Alfredo Castro en sus alegaciones, a esta medida le sumó "la media prescripción, para buscar la aplicación de beneficios como la libertad vigilada intensiva". Eso sí, el jurista, quien salió muy contrariado de la sala tras el veredicto, no solicitó una pena específica para su representado.

Por su parte, la fiscal Rosas se opuso a estas dos solicitudes recalcando que para delitos sexuales contra menores la prescripción parte desde los 18 años, lo que no se configura en este caso puesto que la víctima recién tiene 17; mientras que por la calificación de la conducta, aclaró que "no se entregaron informes sociales ni prueba alguna que demuestre esta petición".

El fallo quedó programado para el miércoles en el tribunal del sector alto de la capital chilota.