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Justicia pondera violencia de género y condena a joven por ataque en Ancud

Mujer fue agredida y amenazada en el sector de Lajas Blancas.
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Pedro Bárcena González

En lo que constituyó un dictamen en que se valoraron los alcances de la violencia de género, un joven fue condenado por su responsabilidad en las agresiones contra su excónyuge, las cuales se extendieron por tres días en el sector rural de Lajas Blancas, comuna de Ancud.

Más allá que el sujeto identificado como Fabián Mendoza Duncker (38) recibiera una pena sustitutiva de 4 años de libertad vigilada intensiva por las lesiones graves y otros 100 días por las amenazas de muerte proferidas contra la mujer, los acusadores de este caso destacaron las medidas precautorias que se decretaron en favor de la víctima y los dos hijos que tienen en común.

Así lo indicaron los abogados después de ser expuesto el fallo por el segundo juicio -el primero realizado en julio del 2017 se anuló- que se realizó por esta causa en el Tribunal Oral en lo Penal de la capital chilota, donde los sentenciadores de forma unánime acreditaron la participación del sujeto en los ilícitos.

En la audiencia se estableció que entre los días 19 y 21 de noviembre de 2016, en el domicilio en este sector ancuditano, el acusado agredió con golpes de pies y de puños en distintas partes del cuerpo a la funcionaria de salud, quien resultó con equimosis en labio superior, palpebral bilateral y cervical, como también con fractura nasal y contusiones múltiples de carácter grave.

Además, los jueces decretaron que en esta misma casa el imputado, que estuvo siete meses en prisión preventiva, intimidó con un cuchillo de 23 centímetros de hoja a la afectada.

A pesar que el fiscal Javier Calisto invocó una pena efectiva de 5 años de reclusión por esta golpiza que no fue considerada por los magistrados, igual destacó que se confirmara la existencia de los delitos y la autoría del hoy condenado.

"La defensa sostuvo que no eran lesiones graves las sufridas por la mujer y que no existían las amenazas, o en su defecto que estaban subsumidas por el ilícito más grave, lo cual no se acogió recogiendo nuestros antecedentes probatorios y dictando una pena mayor a la establecida en el primer juicio (3 años y un día por las lesiones y 61 días por las amenazas)", acotó el abogado.

Asimismo, el representante del Ministerio Público valoró la extensión de la precautoria de prohibición de acercamiento del requerido a la víctima. En la primera sesión judicial solo se decretó en favor de la mujer y ahora se sumó a los dos menores.

"A diferencia del primer juicio, se dictó esta medida por el tiempo de la condena, lo que marca un margen superior a lo usual de los casos de violencia intrafamiliar (VIF). Son condiciones especiales que incluyó el tribunal considerando tratados internacionales sobre la materia", apuntó el persecutor.

A su vez, el profesional sostuvo que con toda la evidencia presentada se logró acreditar la situación crónica de maltrato contra la víctima. "El contexto que se confirmó va más allá de una sola acción. Se relevó la situación de violencia de género en este dictamen", explicó.

Querellante

Este último punto fue resaltado por el abogado querellante Reynier Rolo, representante de la Casa de Acogida de Víctimas de VIF de Ancud, institución a la que ingresó la afectada días después de sufrir estas agresiones.

El profesional manifestó que en el fallo "se ponderó la prueba y el contexto en perspectiva de género sobre todo el mal causado. Es muy valioso que los tribunales locales valoren y juzguen desde esta arista, ya que la problemática de la violencia contra la mujer es muy grave en la provincia".