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Dictan prohibición de por vida para manejar contra mujer por fatal atropello

La condenada por este accidente registrado en el sector rural de Castro también fue sentenciada a una pena de libertad vigilada intensiva por este caso.
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Pedro Bárcena González

Los informes periciales, tanto policiales como médicos, junto a la prueba testimonial entregada en audiencia, se constituyeron en la base para acreditar la responsabilidad de una mujer en el mortal accidente de un vecino castreño, a quien no prestó auxilio oportuno tras impactarlo en la Ruta W-65 a la altura del sector Tongoy, en la península de Rilán.

La acusada, identificada con las iniciales I.N.A.A., fue condenada por el delito de denegación de auxilio y no dar cuenta del siniestro vial con resultado de muerte, en el cual falleció José Guichaquelén Carrera, el 5 de abril del 2015.

En el Tribunal Oral en lo Penal de Castro se realizó el juicio en el cual fue sentenciada la conductora a una pena de 3 años y un día de reclusión, siendo beneficiada con la libertad vigilada intensiva. Eso sí, dentro de las sanciones especiales se determinó su inhabilitación perpetua para guiar vehículos a tracción mecánica.

Este fallo coincide con la pretensión invocada por el fiscal de la causa, Enrique Canales, quien basó su acusación en los antecedentes expuestos por testigos del atropello y los datos que proporcionaron los funcionarios policiales que abordaron el procedimiento, como los uniformados de la Sección Investigadora de Accidentes de Tránsito (SIAT) que realizaron el peritaje de rigor.

"Este dictamen es coincidente con la pretensión punitiva de la Fiscalía y los antecedentes que presentamos en la audiencia", apuntó el persecutor, explicando también que en esta resolución existió un voto disidente, en el cual se estimó que no concurría el elemento subjetivo del dolo de cometer el delito.

Daño

Sin embargo, como explicó el abogado, el argumento sostenido en la sesión judicial daba cuenta que "la acusada abandonó a la víctima agonizante, sin prestarle auxilio para evitar una mayor lesividad por lo sucedido". Incluso, el peatón, quien resultó con politraumatismos músculo-esquelético y visceral, permaneció con vida hasta fallecer en el Hospital Augusto Riffart.

Asimismo, Canales resaltó que el dictamen determinó el comiso del vehículo que manejaba la acusada.

Por su parte, el defensor Mauricio Díaz evalúa un recurso de nulidad, el cual se sustentaría por el voto de minoría del magistrado Claudio Ayala, quien indicó que no se configuraba el hecho delictivo.

El representante de la imputada había invocado 61 días de presidio con la remisión condicional de la pena, por la concurrencia de dos atenuantes. "Se configura la irreprochable conducta anterior y la colaboración sustancial, sin que existan agravantes en este caso", apuntó.

Estos elementos serán considerados por el profesional para recurrir ante la Corte de Apelaciones de Puerto Montt.