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Condenan a exfuncionarios por giro doloso de cheques en corporación

La defensa de los exempleados del ente municipalizado de Ancud presentará un recurso de nulidad en la Corte Apelaciones de Puerto Montt.
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Nelson Soto Asencio

Satisfecha se mostró la parte querellante ante la sentencia que dictó esta semana el Juzgado de Garantía de Ancud en contra de Jorge Alarcón y Abdón Barría Bórquez, exjefe de Educación y exjefe de finanzas, respectivamente, de la Corporación Municipal de Educación, Salud y Atención al Menor de Ancud, quienes fueron declarados culpables por el delito de giro doloso de cheques.

Lo anterior, después que entregaran documentos bancarios por un total superior a 46 millones de pesos a tres profesoras ancuditanas que habían optado por su jubilación anticipada: Cecilia Subiabre, Ramona Aravena y Aurelia Guineo.

Según explicó la abogada representante de las tres docentes, Marlys Castillo Triviños, los acusados recibieron tres sentencias por este delito.

"Los dos querellados fueron condenados a tres penas de 61 días de presidio menor en su grado mínimo cada uno y la suspensión de sus cargos públicos durante el tiempo que dure la condena. No fueron condenados en costas y fueron condenados a una multa de 4 UTM pagadera en nueve parcialidades", comentó la profesional.

Señaló la jurista que el tribunal logró establecer el giro doloso de cheque establecido en el artículo 22 del Decreto con Fuerza de Ley 707, Ley de Cuentas Corrientes Bancarias y Cheques, sancionada en el artículo 407 del Código Penal.

"La sentencia es un segundo juicio que se hizo a raíz de que esta parte pidió la nulidad del primer juicio, en atención a que estimamos que no era prudente haber sido absuelto en primera instancia; por eso acudimos a la Corte de Apelaciones de Puerto Montt y esta por unanimidad reconoció y acogió el recurso de nulidad, y por eso se hizo este segundo juicio", acotó.

Sumó que "quedamos plenamente conforme con la sentencia. Hay que tener claro que una persona que gira un cheque, cuya persona aparezca como apoderado en el acta de protesta del cheque, es responsable penalmente".

Defensora

Por su parte, la abogada defensora de los condenados, Vanessa Pérez, adelantó que se presentará un recurso de nulidad en la Corte de Apelaciones de Puerto Montt y para ello hay 10 días para la diligencia.

"Contamos desde el día lunes 4 de junio, cuando se dictó la sentencia. Descartamos giro doloso de cheque, por supuesto que sí, entonces en base a eso yo voy a estudiar bien la sentencia, voy a presentar mi recurso de nulidad y la Corte de Apelaciones decidirá si se hace un tercer juicio o no", recalcó.

La representante de los exfuncionarios de la corporación ancuditana durante el mandato de la exalcaldesa Soledad Moreno reafirmó que la sentencia de 61 días de presidio significa una pena sustitutiva de revisión condicional al término de un año.

"Lo que pasa es que la sentencia no está firme y ejecutoriada. Firme y ejecutoriada significa que ya está en condiciones de ser cumplida en atención a que ya se agotaron los recursos legales y como eso no ha ocurrido, eso va hacer después del recurso de nulidad", puntualizó.

Consultado al respecto el docente Luis Ampuero, quien fue Secretario de la Corporación Municipal de Ancud cuando trabajaron los sentenciados, no quiso referirse a este veredicto y no descartó que más adelante entregue su opinión por el caso.

"La sentencia es un segundo juicio que se hizo a raíz de que esta parte pidió la nulidad del primero".

Marlys Castillo,, abogada querellante."

A 3 penas de 61 días de presidio menor fueron sentenciados Jorge Alarcón y Abdón Barría.