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Absuelven al único imputado por el homicidio de Javier Figueroa en Ancud

La defensa invocó la figura de legítima defensa respecto de una tercera persona.
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Luis Contreras Villarroel

A pesar de que el Tribunal Oral en lo Penal de Castro dio por acreditado el delito de homicidio a manos del único imputado, sin embargo, dictó veredicto absolutorio por la muerte del barrista Javier Ignacio Figueroa Farías (22).

La decisión unánime se dio a conocer la tarde de ayer por parte de la magistrada Angélica Monsalve, quien presidió el juicio en contra del único acusado: A.A.T.Y.

En la ocasión la jueza dio a conocer el resultado del veredicto, dejando exculpado al joven de 23 años de todos los cargos que se le imputaban por la agresión del hincha colocolino remontada a la madrugada del 17 de julio de 2017 en villa Esperanza. Tras tres días de agonía, el deceso fue en el Hospital Regional de Puerto Montt.

Uno de los elementos de peso que inclinó la balanza a favor del inculpado es la figura jurídica de defensa legítima respecto de terceras personas.

"El tribunal en su veredicto señala que hay una figura de homicidio y que hay un autor del homicidio que es el imputado que nosotros acusamos", afirmó Javier Calisto, fiscal del Ministerio Público de Ancud.

El abogado del persecutor argumentó que en el fallo "hay una causal que exime la responsabilidad penal que es que esta persona habría actuado en legítima defensa de un tercero".

Calisto también resumió que durante la etapa enjuiciatoria la Fiscalía expuso todos los medios de prueba a su disposición que vinculaban al imputado en el deceso de Figueroa Farías, sumando que estudiará el fallo para analizar los pasos a seguir.

"El tribunal hace una interpretación de los hechos distinta a la de nosotros", mencionó el jurista, agregando que si bien es cierto hubo una defensa legítima, esta acción era "incompleta".

DEFENSor

Filippo Corvalán, defensor penal público, reaccionó con satisfacción una vez conocido el fallo judicial que permitió que su cliente recobrara la libertad en forma inmediata.

El profesional recordó que desde un principio esta parte invocó la legítima defensa con la que actuó en medio de la riña acontecida aquella madrugada y que involucró a un total de ocho personas, entre ellas dos mujeres.

"Se planteó desde el control de la detención que el acusado había actuado en legítima defensa y así lo estimó el tribunal (…); fue absuelto de todos los cargos y se le dio la libertad inmediata", consignó Corvalán.

La fuente subrayó que durante los violentos acontecimientos ocurridos en villa Esperanza su defendido reaccionó al comprobar que uno de sus compañeros era agredido con un arma blanca a manos de una de las personas del grupo adversario.

"Cuando estaban apuñalando mortalmente a uno de ellos, el imputado se asustó, tomó lo primero que vio que fue un palo, le pega malamente al fallecido y luego de eso rescata a su amigo y lo lleva al Hospital (San Carlos de Ancud) para que no muriese desangrado", acotó junto con resaltar que en el proceso se invocó esta figura de legítima defensa a un tercero.

La lectura de sentencia se dará a conocer el domingo 26 de agosto.

"Se planteó desde el control de la detención que el acusado había actuado en legítima defensa".

Filippo Corvalán,, defensor penal público."

"El tribunal señala que hay una figura de homicidio y que el autor es el imputado".

Javier Calisto,, fiscal del Ministerio, Público de Ancud."