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Contradicción sustenta fallo absolutorio a favor de acusados de ultrajar a niñita

Caso se produjo en Coipomó, en Ancud. Sujetos arriesgaban 20 años de cárcel.
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Pedro Bárcena González

Ante la contradicción probatoria, marcada por fechas disímiles de ocurrencia de los hechos, un ataque sexual perpetrado contra una menor en Ancud quedó impune. Y no solamente porque fueran absueltos los dos acusados que arriesgaban 20 años de cárcel cada uno. La deficiencia indagatoria y de la exposición de la evidencia no permitió determinar al responsable de agresiones que fueron constatadas.

La sala del Tribunal Oral en lo Penal de Castro, presidida por el magistrado Claudio Ayala, dictó en las últimas horas su veredicto por el juicio contra el agricultor de iniciales L.A.A.N. (59) y el obrero individualizado como A.S.F.R. (67), sindicados como autores de los delitos de abuso sexual y violación reiterados contra una pequeña de apenas 9 años.

En la resolución, el sentenciador recalcó que "la única prueba directa era el testimonio de la menor víctima". Una declaración que los jueces consideraron "verosímil", en cuanto a los ultrajes sufridos. Sin embargo, la información incorporada "no dio sustento a las épocas de ocurrencia de los hechos", aclaró.

Mientras las imputaciones situaban las agresiones entre enero y febrero del 2017 en el sector rural de Coipomó, la versión de la niñita en audiencia dio cuenta de las vacaciones de invierno.

Con ello, se generó una contradicción imposible de dejar pasar para los magistrados, ante lo que absolvieron a los acusados y además les levantaron las cautelares. Por esto, el menor de los sujetos dejó la cárcel -el otro cumple sanción por otra causa y sigue preso- y terminó reuniéndose con su familia afuera del tribunal.

Según su defensor particular, Andrés Firmani, el dictamen se ajusta a derecho. "Los jueces no pueden condenar por algo -fechas- que no esté incorporado en la acusación", acotó, sumando que de ser así incurrían en un vicio legal, relacionado a la falta de congruencia.

Asimismo, el abogado aseveró que su postura siempre fue que "nuestro cliente es inocente", más allá que estuviese en la cárcel más de 15 meses.

"Es una persona sin antecedentes penales, con familia y el Ministerio Público se ensañó con él. La Fiscalía pudo levantar la cabeza con esto, pero a ultranza trajo a juicio esta causa que demostró lo que era, una total falta de prueba", dijo el jurista.

En tanto, el defensor Filippo Corvalán, quien representó al otro imputado, también puso su acento en la falta de corroboración probatoria.

"La Fiscalía y el acusador particular prometieron algo que no pudieron cumplir, que los hechos de la acusación fuesen ratificados de igual manera por la víctima en el juicio. Hubo un problema de temporalidad que hizo que el resto de la prueba, especialmente la policía especializada, fuera inocua para una condena", expuso la fuente.

Persecutor

Por su parte, el fiscal Javier Calisto, quien instruyó la indagatoria reconoció esta barrera surgida con el testimonio de la afectada. No obstante, insistió en los cargos y en la autoría de los imputados. Incluso, le resto valor a esta contradicción temporal.

"Pensamos que lo importante no era eso -decir otras fechas-, incluso era una situación explicable considerando toda la afectación sufrida por la niña. Además, había reconocido -en la investigación- que había sido en el verano, pero los jueces le dieron mayor peso a esa contradicción que surgió en su testimonio en la audiencia", acotó el persecutor.

A su vez, el profesional no dudó en señalar que con la otra evidencia expuesta, como los antecedentes materiales, periciales y científicos, se acreditaban los cargos. "Estamos convencidos que los hechos ocurrieron como lo planteamos. Además, siempre vamos a estar con la víctima. Le creemos", expuso.

Por ello, Calisto esperará el fallo que será entregado este sábado para evaluar un recurso de nulidad.

Descriptivo

La abogada querellante, Karen Gómez, insistió en que las agresiones sexuales contra la menor "están acreditadas". Sin embargo, reconoció que en estos juicios el estándar probatorio es alto y ante cualquier duda se observan estas consecuencias. Más allá de este dictamen, insistió en la veracidad del relato de la niña. "Su declaración fue consistente y descriptiva, hasta dibujó con detalle la casa del acusado -del campesino-, dio cuenta de la agresión, solo en las fechas hubo contradicción", manifestó.

13 años de cárcel se pedía para los acusados por el delito de violación.

7 años de presidio invocaron por el delito de abuso sexual.