Pedro Bárcena González
Al no acreditarse la convivencia entre los intervinientes pero sí el dolo en su agresión, un pescador fue condenado por homicidio frustrado de una mujer en Castro. El delito fue recalificado después de enfrentar un juicio por femicidio.
Así fue establecido durante la jornada de ayer en la audiencia de veredicto realizada en el Tribunal Oral en lo Penal de la capital chilota. La sala presidida por la magistrada Angélica Monsalve determinó que el acusado de iniciales L.M.R.B. (54) atacó con un arma blanca a la víctima de 40 años con la intención de quitarle la vida.
Por esta embestida registrada la madrugada del 29 de marzo del año pasado, en la casa del encartado emplazada en calle Piloto Pardo, la comerciante resultó con una herida penetrante en hipocondrio derecho y lesión traumática en páncreas de carácter grave.
Más allá de no configurarse los cargos iniciales, el fiscal de la causa Luis Barría valoró este dictamen que reconoció dos de las tres circunstancias que invocó ante los sentenciadores.
"Propusimos la existencia de una relación de convivencia, además que existió una agresión con arma blanca y que este ataque le habría causado la muerte -a la mujer- sin atención médica oportuna. Pese a no acreditarse la convivencia, la agresión para los jueces tuvo la intención de matar", acotó el persecutor.
El abogado explicó que la afectada en su declaración en sala -protegida por un biombo- indicó que tenía una relación de pareja con el hombre de mar. Sin embargo, esta situación no pudo ser comprobada debido a los antecedentes aportados por el imputado y su hija, con quien vive, quienes negaron esta convivencia.
Asimismo, el representante del Ministerio Público solicitó una pena de 10 años de presidio, "la máxima que nos permite el legislador", enfatizó. Sumó la incorporación de la huella genética del sujeto en el registro de condenados en base a la extensión del mal causado. "La víctima sufrió un daño físico y sicológico que aún no le permite recuperarse", aclaró.
Esta pretensión punitiva fue compartida por el abogado querellante, Marcelo Urra, ahondando en la afectación de la isleña. "Hay que tener en cuenta que ella estuvo a punto de morir, lo que no solo sustenta la figura legal del homicidio frustrado, sino que también demuestra todo el perjuicio en su salud física y mental", sostuvo.
A modo de conclusión, el jurista del Servicio de la Mujer y Equidad de Género de Los Lagos señaló que ante lo complejo de acreditar la convivencia en estos casos de relación no formalizada es preciso contar con un marco legal específico.
"Estos son casos que se dan intramuros. Por ello, nosotros esperamos que exista una ley que pueda estimar que toda relación sentimental pueda ser condenada por la figura del femicidio", manifestó el profesional.
Defensa
Por su parte, la defensora particular Marlys Castillo invocó la atenuante de la colaboración sustancial en base al testimonio que aportó su representando en estrado. Busca que la sentencia que será entregada este lunes pueda verse rebajada en al menos un grado para optar a una pena sustitutiva.
"Estamos conformes por ahora con el veredicto ya que fue desestimada la pretensión de los acusadores del femicidio frustrado", acotó la abogada, sumando que pese a la condena "esta parte está tranquila dado que de no acceder a una pena sustitutiva se recurrirá de nulidad, insistiendo que estamos ante un delito de lesiones graves".
Omisión de denuncia
En paralelo a esta indagatoria, se llevó por parte del Ministerio Público una causa por omisión de denuncia contra una médico del Hospital de Castro y un carabinero de la Segunda Comisaría local. Como indicó el fiscal Luis Barría, ambos profesionales "no recibieron la denuncia presentada por la víctima", en el centro asistencial. "Nos enteramos recién 10 después de los hechos, lo que indagamos y ambos fueron formalizados. La médico optó a una suspensión condicional y el carabinero fue condenado a una pena de multa", acotó el persecutor.