Acreditan violación contra niñita y que el autor ocultaba pornografía infantil
Joven fue condenado por estos delitos cometidos en Ancud.
Tras el análisis de la evidencia y descartando lo que constituía una prueba clave para los acusadores, el Tribunal Oral en lo Penal de Castro decretó ayer un veredicto mixto contra el acusado de cuatro delitos sexuales infantiles. Mientras fue condenado por violación y almacenamiento de pornografía, también fue absuelto por abuso y producción de un aberrante video.
La sala presidida por la magistrada Loreto Yáñez acreditó que el sujeto de iniciales Á.S.G.M. (31) en fechas indeterminadas entre el 2013 y junio del 2016 ultrajó a la hija de quien era su conviviente. La menor apenas tenía 3 años cuando empezó a sufrir esta pesadilla en la casa que compartían en la villa Solidaridad de Ancud.
En su resolución, las sentenciadoras determinaron subsumir las tocaciones propias del abuso sexual en el delito más gravoso, la violación impropia. Además, desestimaron el carácter reiterado del delito, enfatizando que se trató de un ilícito continuado.
A su vez, por el otro hecho delictivo comprobado, la jueza expuso en el dictamen que el 2 de enero del 2018 el encartado fue detenido en calle Los Carrera de la ciudad del Pudeto, portando un celular que contenía 99 fotos y cuatro videos, en los cuales "se encontraban menores en actos sexuales con adultos", como especificó.
Igualmente, la jurista enfatizó que "la prueba fue insuficiente para acreditar los elementos fácticos para establecer la autoría de la grabación y quienes se encontraban en ella". Con esto se desechó uno de los cargos, relativo a la confección de un video por parte del imputado, en el cual supuestamente aparecía violentando a la misma niñita.
Bajo este escenario, el fiscal de la causa, Javier Calisto, mantuvo su solicitud de pena de 15 años de presidio por la violación impropia, explicando que "más allá de desestimarse la reiteración, sí se consideraron los hechos como continuados, incluyendo los elementos del abuso sexual. Por ello, la pena no puede otorgarse en el mínimo del grado, más al estimar la extensión del mal causado".
El persecutor recalcó que la víctima sufrió un grave daño en la esfera sexual. Una situación que fue refrendada por la querellante, Karen Gómez, añadiendo que su representada "todavía se encuentra en terapia reparatoria, lleva dos años y dos meses siendo tratada por el daño que sufrió".
Por el delito de almacenamiento de pornografía, el fiscal pidió 2 años de reclusión, mientras que la abogada del Programa Reparación y Justicia invocó 3 años. Ambos destacaron que para aplicar estas sanciones se debe considerar la cantidad de imágenes encontradas. Es más, la profesional detalló que "no solo se trata del número de fotos y videos, sino también su contenido, incluso aparecen lactantes".
Atenuante
Andrés Firmani, defensor particular del acusado, pidió el concurso de la aminorante de irreprochable conducta anterior para sustentar sus pretensiones de penas.
"Entendiendo que se condenó por un delito continuado de violación y al no existir agravantes -pese a que la querellante indicó que concurre el abuso de confianza-, con la existencia de una atenuante", como argumentó el profesional, solicitó la pena en el mínimo: 5 años y un día de presidio.
A su vez, la fuente pidió en la audiencia por el segundo ilícito una sanción de 541 días, pero que se dé por cumplida por el tiempo que su cliente ha permanecido privado de libertad. Estimó en 670 días esta situación, tanto por el plazo que estuvo en prisión como en arresto total y parcial.
La lectura de fallo quedó programada para el martes 12. Sea cual sea la sentencia, esta será de cumplimiento efectivo en la cárcel.
Cautelar
En la misma audiencia, las juezas modificaron la cautelar del joven. El fiscal Javier Calisto había invocado la prisión preventiva, argumentando que "con esta condena cambian las circunstancias de cautela, ya que no tendrá derecho a una pena sustitutiva". El defensor Andrés Firmani se opuso pidiendo que se mantenga el arresto nocturno: "Solo existe un veredicto. Además, mi cliente siempre demostró que no existe peligro de fuga". En definitiva, las juezas decretaron el arresto domiciliario total.
3 años tenía la niñita cuando comenzó a sufrir los ultrajes de parte del acusado.
33 años de cárcel arriesgaba el joven por los cuatro delitos al inicio del juicio oral.