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Corte rechaza recurso por muerte de Verónica Cosme

Suprema confirmó el fallo y ordenó al Servicio de Salud Chiloé a pagar un monto de 120 millones de pesos por daño moral a la familia de la víctima.
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Carolina Larenas Faúndez

A seis años y siete meses de la muerte de Verónica Cosme Salgado (30), la Corte Suprema entregó un fallo definitivo en el que ordena al Servicio de Salud Chiloé el pago de 120 millones de pesos a la familia de la vecina quellonina.

Ello, luego que el máximo tribunal rechazara el recurso de casación interpuesto por los demandados, por lo que una vez cumplidos los plazos administrativos se deberá cumplir la sentencia.

"Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 764, 765, 767 y 805 del Código de Procedimiento Civil, se rechaza el recurso de casación en el fondo deducido por la parte demandada en el primer otrosí de fojas 264, en contra de la sentencia de 9 de mayo de 2018, escrita a fojas 243", da cuenta el dictamen.

De esta forma, la corte confirma el pago de una indemnización de perjuicios por 60 millones de pesos para el cónyuge de la fallecida, así como de 20 millones de pesos para cada uno de sus dos hijos menores de edad y otros 20 millones de pesos para la hija mayor.

La muerte de Verónica Cosme se produjo el 15 de mayo de 2013 en el Hospital de Castro, luego que consultara cinco veces en Quellón y recibiera distintos diagnósticos, lo que sumado al deceso previo de Carola Concha generó una masiva protesta en la comuna del norte de la provincia.

En este sentido, Julio Álvarez, abogado de los familiares, señaló que "lo primero es una gran satisfacción tanto en lo personal como por la familia víctima de este hecho. Nosotros creemos que esto tuvo un largo camino que partió cuando comenzó este hecho y tuvo aristas administrativas, penales y finalmente civiles".

Detalles

Asimismo, el profesional agregó que "esto concluyó con este fallo unánime de la Corte Suprema que confirma lo actuado por la Corte de Apelaciones de Puerto Montt y confirma parcialmente lo actuado por el Juzgado de Letras de Castro, porque el juzgado condenó al pago de la suma de 90 millones de pesos, cuestión que nosotros apelamos".

Esta apelación consideró un aumento de la suma, ya que una de las hijas de la víctima no había sido considerada a título de daño moral.

"Nosotros acreditamos que había relación cercana entre ambas, la corte lo subió y efectivamente, la Corte Suprema lo confirmó. Es decir, en todas las instancias, todos los jueces que vieron este juicio concluyeron que hubo negligencia médica, que hubo falta de servicio por parte del Estado y, en consecuencia, corresponde la condena por daño moral", relató el abogado.

Por su parte, Iván Chiguay, marido de la fallecida, valoró el fallo de la Suprema, sobre todo por el tiempo que los deudos han esperado para que se haga justicia en este caso.

"Si bien el dinero no me va a devolver a mi esposa, sí me va a permitir darle un mejor bienestar a mis hijos. Fue un largo camino, pasamos por distintas etapas y ahora tenemos que esperar que el Servicio (de Salud) cumpla el fallo", afirmó.

Igualmente, Chiguay recordó que tras el fallecimiento de su esposa interpuso una acción judicial en Quellón, lo que posteriormente concretó en Castro con la finalidad de lograr encontrar una respuesta por su deceso.

Cumplimiento

Desde el Servicio de Salud Chiloé se comunicó que por ahora no han sido notificados de este fallo. El dictamen está en etapa de cumplimiento, por lo que debe ser remitido a la Corte de Apelaciones de Puerto Montt y desde ahí al Juzgado de Letras de Castro. El abogado de la parte demandante estima que en unos 60 días podrá solicitar el cumplimiento de la decisión judicial por el caso de Verónica Cosme.

Operario confiesa autoría en tráfico de para recuperar libertad

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Tras reconocer los antecedentes acusatorios por un caso de drogas, un joven de origen colombiano recuperó su libertad. Por casi cinco meses estuvo en la cárcel por el delito perpetrado en Quellón y ahora espera con cautelares de menor intensidad que la pena quede ejecutoriada.

En audiencia realizada ayer en el Juzgado Mixto del sur de la Isla, el encartado de iniciales A.A.A.C. (37) fue sometido a un procedimiento abreviado, siendo condenado por los ilícitos de lesiones menos graves en contexto de violencia intrafamiliar (VIF) y tráfico de estupefacientes.

Tal como indicó el mayor Juan Pablo Ríos, jefe de la Sexta Comisaría de Carabineros local, el operativo se produjo el 29 de junio en calle Presidente Ibáñez, tras la denuncia por maltrato doméstico de una mujer de 32 años.

En el dispositivo, efectivos de la Sección de Investigaciones Policiales (SIP) encontraron al interior de una mochila del imputado, "un kilo 52 gramos de marihuana, más 109 gramos de cocaína y 2 millones 121 mil 850 pesos en dinero en efectivo", señaló el oficial tras la aprehensión.

Los antecedentes fueron reconocidos por el operario pesquero para acceder a este término judicial, siendo sentenciado a 41 días de prisión por el caso de VIF y a 541 días de presidio por la infracción a la Ley 20.000.

Según explicó el defensor Daniel Henríquez, en dos ocasiones se buscó modificar la prisión preventiva de su representado, argumentando que en una prognosis de pena ante un abreviado tendría una sanción sustitutiva. Sin embargo, la medida fue rechazada por la Corte de Apelaciones de Puerto Montt.

Y tal como lo había postulado el abogado, al llegar a este tipo de audiencia se dio este resultado. "Al no tener antecedentes penales anteriores, el joven terminó con una remisión condicional por un año", aclaró, sumando que "la multa de 14 UTM que se dictó quedó por saldada por el tiempo que estuvo en prisión".

Comiso

En cuanto a las penas accesorias especiales que implican el comiso de especies o dinero incautado en los operativos, el profesional logró demostrar que los más de 2 millones de pesos decomisados por la policía correspondían a un crédito de consumo y un adelanto de sueldo, sin tener un origen ilícito. En definitiva, poco más de 100 mil pesos fueron confiscados por la justicia.

Por su parte, el fiscal (s) de Quellón, Piero Buscaglione, más allá del acuerdo para arribar a esta audiencia, analizará el fallo ante un eventual recurso de nulidad. En espera que el dictamen quede ejecutoriado, el trabajador quedó con las medidas de firma mensual y arraigo nacional.