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Anciano queda preso por ultraje y embarazo de niña

Prueba de ADN fue clave para sustentar formalización contra agricultor que habría cometido el delito reiterado en el sector Paildad, en Queilen.
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Pedro Bárcena González

Pese a la tardía develación de los hechos, la evidencia que se recopiló en fase desjudicializada de la causa permitió sustentar los antecedentes para que el Ministerio Público formalizara a un agricultor por los sistemáticos ultrajes perpetrados contra la nieta de su pareja. Otro aberrante ataque sexual que queda al descubierto, esta vez enfocado en el sector rural de Paildad, comuna de Queilen.

Junto al testimonio de la víctima, de apenas 15 años al momento de comenzar a sufrir la pesadilla al interior del hogar al que llegó escapando del maltrato intrafamiliar sufrido en Santiago, se sumó una prueba clave. Se trata de un cotejo de ADN que confirma la paternidad del anciano por la guagua que tuvo la hoy adolescente.

De esta forma, en el Juzgado de Garantía de Castro se realizó en las últimas horas la audiencia en que la abogada asistente Katherine Fierro, en reemplazo del fiscal titular del caso, Enrique Canales, procedió a encausar al sujeto de iniciales R.I.H.M. (65) por el delito de violación en carácter de reiterado.

La persecutora expuso ante la magistrada Alejandra Varas los informes relativos a los hechos concentrados en fechas indeterminadas del 2015, en la casa que compartían los intervinientes en esta localidad queilina. La denuncia se habría registrado el 2018 y desde entonces comenzaron las pericias por parte del Brigada Investigadora de Delitos Sexuales (Brisex) que se sumaron a la posterior prueba genética de parentesco.

Ante el peligro que constituiría la libertad del imputado para la seguridad de la víctima y la sociedad, como también por un eventual riesgo de fuga, considerando la pena de crimen que arriesga, la abogada invocó la cautelar más gravosa.

Defensa

En oposición, el defensor Mauricio Díaz solicitó una precautoria en el medio libre, argumentando que existe insuficiencia probatoria.

"Lo único que hay es el relato de la víctima, no hay evidencia científica, además del tiempo transcurrido desde los hechos, cuatro años atrás, no hay cómo saber científicamente si existieron lesiones atribuibles al delito", sostuvo el jurista.

Asimismo, el profesional recalcó que el relato de la afectada dio cuenta que fue reducida por la fuerza. "Pero no hay como acreditar eso, a lo menos existe duda razonable sobre la existencia de los hechos", apuntó.

En subsidio, la fuente planteó que otro escenario procesal se puede abrir. "Tomando en consideración que solo está la declaración de la víctima, pudo tratarse también de una relación consentida. Ahí estaríamos en presencia de un delito de estupro", aclaró.

Otro de los puntos planteados por Díaz para desvirtuar el peligro de fuga fue que su representado ha llegado voluntariamente a las audiencias, "lo que demuestra que existe garantía de comparecencia", expresó.

Más allá de estos datos, la sentenciadora determinó decretar la prisión preventiva, colocando también en la balanza el hecho que el campesino estaba cumpliendo una condena de 3 años y un día de libertad vigilada intensiva por un abuso sexual, dictada por el mismo tribunal.