Invocan 5 años de cárcel por fatal colisión en Ñiucho
16 de enero del 2020 quedó programada la audiencia de preparación de juicio.
21.10 horas del 24 de juinio del 2018 se produjo el siniestro vial que causó la muerte de la joven.
16 de enero del 2020 quedó programada la audiencia de preparación de juicio.
21.10 horas del 24 de juinio del 2018 se produjo el siniestro vial que causó la muerte de la joven.
La falta de contundencia en la prueba presentada, en especial la ausencia de la víctima en el juicio, redundó para que un sujeto fuese condenado solamente por uno de los cuatro delitos que se le asociaban en contexto de violencia intrafamiliar (VIF). Arriesgaba más de 9 años de cárcel por ataques a su padre en Castro, pero ahora optaría a una pena remitida.
Así quedó establecido ayer en la audiencia realizada en el Tribunal Oral en lo Penal de la capital chilota, donde la sala presidida por la magistrada Loreto Yáñez analizó la acusación contra el mecánico de iniciales C.A.C.S. (40), sindicado como responsable de tres delitos de lesiones menos graves y un desacato, en perjuicio de su progenitor de 66 años.
El único episodio que se acreditó fue el registrado el 3 de abril pasado. Como expuso la sentenciadora, se logró comprobar que en esa fecha el encartado llegó al domicilio de su papá, ubicado en el sector Gamboa, donde "lo agredió con golpes de puño en el rostro además de rociarlo con bencina", detalló.
Producto de la embestida, el anciano resultó con "solución de continuidad en piel en cada parte superior del mentón, con ojos irritados, con signos de sangrado provenientes de cavidad bucal".
Además, las juezas estimaron que "la prueba de cargo fue insuficiente para demostrar los presupuestos fácticos", relativos a las otras dos imputaciones por golpizas, enfocadas en la misma vivienda, pero el 28 de marzo y 25 de mayo pasado. Lo mismo decidieron por el eventual quebrantamiento de cautelar.
Bajo este escenario, el fiscal Fernando Metzner, quien había invocado al inicio del juicio tres penas de 540 días de presidio por cada uno de los casos de lesiones en VIF y otros 5 años de reclusión por el desacato, debió rebajar su pretensión punitiva.
Por ello, el persecutor pidió 300 días de presidio y una pena accesoria de 2 años de prohibición de acercamiento del también chofer del transporte público a su padre.
"Esta solicitud se basa en la naturaleza del delito, donde quedó acreditado el golpe y que también la víctima fue rociada con bencina", acotó el abogado, sumando que por principio de objetividad reconoce la atenuante de colaboración sustancial del acusado, quien declaró en la audiencia situándose en el sitio del suceso.
Igualmente, el jurista enfatizó que la ausencia del ofendido en la audiencia y no contar con su declaración ante las magistradas, constituyó "un elemento indudablemente importante" al momento de la resolución.
En tanto, el defensor Mauricio Díaz resaltó que la extensión del mal causado al isleño fue "mínima" y que al existir una aminorante se compensa la eventual agravante de reincidencia específica que se postuló en la causa. De esta forma, solicitó una pena remitida de 61 días de presidio.
Asimismo, el profesional valoró el resultado de esta fase penal decisiva. "Ostensiblemente se ve reducido el marco punitivo que se le puede aplicar a mi representado, al absolverse por tres delitos de los cuatro que se le imputaron. Además, el fiscal reconoce la colaboración, por lo que el margen de pena recae en el presidio menor en su grado mínimo", aclaró.
Como cumplimento de la sanción, la fuente especificó que "pedimos la remisión condicional, la firma, en atención que si bien el acusado tiene condenas anteriores, son bastante antiguas y están todas cumplidas. Para efectos de la concesión de estos beneficios esas sanciones se encuentran prescritas".
La lectura de fallo quedó programada para este martes en la misma sala castreña.