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Corte ratifica fallo por violación dentro de colegio en Castro

Tribunal de alzada desechó los recursos de nulidad de los tres estudiantes condenados por los aberrantes hechos. Dos fueron sentenciados como autores materiales del delito en perjuicio de un compañero y otro como cómplice.
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Pedro Bárcena González

Por la unanimidad de sus miembros, la primera sala de la Corte de Apelaciones de Puerto Montt confirmó la sentencia contra los tres estudiantes condenados por la violación continuada en perjuicio de un compañero, al interior de un colegio de Castro. Dos fueron los autores materiales de los ultrajes, mientras que otro fue sentenciado como cómplice de este delito.

El tribunal de alzada rechazó los argumentos de los defensores de los jóvenes, cuyas edades hoy fluctúan entre los 19 y 18 años, involucrados en estos aberrantes hechos, acaecidos entre noviembre-diciembre de 2016 y marzo-abril de 2017.

Los abogados interpusieron tres recursos de nulidad por separado esperando revertir el fallo del Tribunal Oral en lo Penal (TOP) de Castro, que sentenció el 15 de octubre pasado a 3 años de libertad asistida especial con programa de reinserción social a quienes ejecutaron el delito de manera directa, mientras que el otro recibió la misma sanción, pero por 541 días.

De acuerdo a lo señalado por el fiscal de la causa, Enrique Canales, las defensas interpusieron sus requerimientos "pidiendo la nulidad del juicio por supuestos vicios que se habrían cometido durante la audiencia como en la sentencia".

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El persecutor recalcó que ante esta situación el Ministerio Público entregó una serie de argumentos a los ministros del tribunal de la capital regional, "defendiendo el contenido del fallo, puesto que a nuestro juicio no existía vicio alguno, lo cual en definitiva fue acogido y ratificado con la resolución del día de hoy (ayer)".

Dentro de este contexto, como explicó el jurista, con esta decisión "no existe otra vía para impugnar lo resuelto y por lo tanto, lo señalado queda firme. Ahora lo que procede es el cumplimiento de las sanciones de cada uno de los sentenciados".

Por su parte, Marlys Castillo, abogada querellante que representó al menor que desde los 14 años sufrió esta pesadilla al interior del recinto educacional, específicamente en los camarines del mismo, valoró este dictamen de la Corte de Apelaciones de Puerto Montt.

"Fueron ratificadas de manera unánime las sanciones contra los tres condenados. La prueba presentada en el juicio fue contundente, lo cual fue considerado en esta resolución", apuntó la profesional que ayer esperaba conocer a fondo los argumentos esgrimidos por los ministros para este fallo.

Defensas

Andrés Firmani defiende al menor de los condenados. En su recurso expuso como fundamento de nulidad que el TOP "no ha expuesto de manera clara, lógica y completa cada uno de los hechos que se dieron por probados en el juicio, particularmente aquellos que eran favorables a la posición y teoría de la defensa".

Igualmente, la fuente alegó la inexistencia del delito, ante lo que calificó como "prueba contradictoria" la esgrimida para acreditar el acto material de la violación.

Por su parte, el abogado José Luis Andrés, quien representa al joven sentenciado como cómplice, detalló en su libelo que no se habían valorado en el fallo de primera instancia los datos entregados por a lo menos cuatro testigos y dos peritos. Un elemento clave que cuestionó fue que el encartado no habría estado en el colegio donde sucedieron los hechos el 2016, año en que fue sindicado por la víctima.

En tanto, el defensor penal público Filippo Corvalán, quien representa al otro sentenciado como autor material de los ultrajes había invocado las mismas causales, añadiendo que "estimamos que hay ciertas falencias en relación a la valoración de la prueba pericial y cierto margen de error que se le otorga a la víctima en desmedro de otros antecedentes".

Con respecto a la decisión de la Corte de Apelaciones, el profesional reconoció que espera analizar por completo el dictamen, "para ver qué es lo que en derecho corresponde realizar", manifestó.

"Ahora no existe otra vía para impugnar lo resuelto y por lo tanto, lo señalado queda firme".

Enrique Canales,, fiscal de la causa"

Ataques

El Tribunal Oral en lo Penal de Castro acreditó la responsabilidad de los tres amigos. Tal como versó la acusación en su contra, en al menos cuatro ocasiones habría sido atacada la víctima. Incluso, como indicó la querellante Marlys Castillo, los imputados habrían rasurado al educando en uno de estos episodios, en los cuales el factor común sería la imposibilidad de oponer resistencia por parte del alumno, al poseer una disfunción neurológica.

4 meses fue el lapso de tiempo acreditado en el cual se registraron las agresiones.