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Suspenden primer juicio oral invocando nueva ley relativa a crisis por Covid-19

Causa se centra en un delito de violación contra una mujer en Chonchi.
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Pedro Bárcena González

Invocando una normativa recién publicada, el Ministerio Público logró la prórroga en el inicio de un juicio por violación en el Tribunal Oral en lo Penal (TOP) de Castro. Una resolución inédita en la provincia y una de las primeras en el país, basada en el impacto de la emergencia sanitaria por el Covid-19.

La ley 21.226 entró en vigencia el jueves recién pasado, estableciendo un régimen jurídico de excepción para los procesos judiciales con motivo de los alcances del nuevo coronavirus. Un marco legal que permite la suspensión de audiencias, como juicios orales, que antes tenían el carácter de urgente.

Esa misma jornada, el fiscal Enrique Canales utilizó esa normativa para pedir el aplazamiento de la sesión por esta causa por delito sexual, en la cual existía vínculo de convivencia entre el imputado y la victima, ambos mayores de edad.

Como explicó el persecutor, esta normativa "permite que la Corte Suprema suspenda audiencias sobre causas, juicios en curso que no se pueden seguir rindiendo por la contingencia sanitaria y también regula temas de plazos, diligencias que no se pueden hacer y autoriza el reagendamiento de juicios como es en este caso".

Por videoconferencia se analizó esta petición. La sala del TOP presidida por la magistrada Angélica Monsalve acogió los postulados del Ministerio Público.

"El tribunal reconoció que estábamos en una situación de excepción y que modifica la perspectiva de cómo se aborda la colisión de derechos, como los del imputado, la víctima, los testigos civiles para poder llevar adelante un juicio", aseveró Canales.

Por su parte, el defensor Juan Manuel Castro se opuso a la prórroga que dejó para el 30 junio el juicio oral.

"Se evalúan los pasos a seguir, ya que se hizo valer una ley que entró en vigencia pocas horas antes y que se refiere a los plazos judiciales. Hasta antes de esa normativa, los juicios orales tenían el carácter se impostergables", sostuvo el jurista.

Asimismo, la fuente manifestó que "me opuse al cambio de fecha, porque el coronavirus no tiene plazo definido. Se habla de tres meses a modo preventivo como para paliar sus efectos inmediatos, pero esto atenta al derecho de mi representado de ser juzgado en un plazo razonable".

Revisión

En la audiencia remota, el defensor Castro también invocó la modificación de la prisión preventiva que pesa sobre su representado. El mismo argumento de la pandemia entró en juego en esta solicitud.

"Con los alcances del coronavirus se afectan los derechos a la salud y la vida de mi representado, ya que el hacinamiento que existe en la cárcel aumenta el riesgo de contagio", expuso el profesional.

El fiscal Canales desestimó estas alegaciones y pidió mantener la precautoria, señalando que no se han presentado antecedentes nuevos para sustentar este cambio, como también que el impacto de la contingencia no afectaría mayormente al encartado. Una postura que acogieron los sentenciadores.

"Se mantuvo la prisión preventiva porque el tribunal determinó que las circunstancias vistas por la necesidad de cautela no habían cambiado. Igual se desestimó la idea que la situación de emergencia sanitaria por sí misma implique la sustitución de la medida. Los penales de Ancud y Castro han tomado medidas que han permitido un bajo riesgo de contagio hasta ahora", expresó el persecutor.

acusación

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El caso que se analizó en el TOP se centra en hechos registrados el 30 de julio del año pasado, en el sector rural de Quilipulli, comuna de Chonchi. Según la acusación del fiscal Enrique Canales, la víctima de 45 años se encontraba esa mañana en el baño de su casa, cuando el imputado de iniciales C.O.M.M. (40) ingresó y la tomó del brazo para llevarla al dormitorio, donde la sometió a la fuerza para tener relaciones sexuales. Incluso, unos minutos después regresó el conviviente con un cuchillo y amenazo a la achaína con darle muerte si se iba del lugar. Pese a la amenaza, la mujer se fue con su hijo de 7 años y denunció lo sucedido ante Carabineros que detuvo esa misma jornada al sujeto. El jurista invoca una pena de 7 años de cárcel contra el encartado, quien se encuentra privado de libertad desde el mismo día de los hechos. Además, el Ministerio Público fijó 16 medios de prueba para acreditar la autoría del chonchino en esta causa de violación.