Dictan 6 años de cárcel a obrero que ultrajó a niñita
Calvario de la menor se extendió por la mitad de su vida, en una casa de Castro.
A una pena efectiva de 6 años de presidio fue sentenciado -tras enfrentar juicio oral- un obrero por los sistemáticos ataques sexuales contra una niña que estaba a su cuidado legal. Un aberrante caso que tuvo como escenario la vivienda que compartían en la población Alonso de Ercilla de Castro.
El sujeto de iniciales J. S. L. Q. (57) fue condenado por el delito continuado de violación impropia contra la víctima, quien sufrió estos ultrajes desde que tenía apenas 7 años. Una pesadilla que se prolongó por la mitad de su vida, hasta que decidió develar los ataques en su colegio. Con la denuncia comenzó el procedimiento penal que terminó por acreditar la autoría de su tío político.
La sala presidida por la magistrada Loreto Yáñez, del Tribunal Oral en lo Penal de Castro, determinó que en fecha no determinada de 2009, el encartado comenzó a violentar a la menor. "Las agresiones sexuales se repitieron hasta el año 2016 en el mismo domicilio, en circunstancias similares y cada vez que la víctima se quedaba a solas y bajo el cuidado exclusivo del condenado", expusieron los jueces.
Asimismo, en el fallo se confirmó la absolución del sujeto por el ilícito reiterado de violación de mayor de 14 años, en perjuicio de la misma estudiante. Por los dos cargos que enfrentó en la audiencia remota, el acusado arriesgaba una pena de 15 años de cárcel.
Hitos
El fiscal jefe de Castro, Enrique Canales, quien instruyó las diligencias de la causa, explicó que los sentenciadores estimaron que el carácter del delito fue continuado, a diferencia de la reiteración que invocó.
"Como fue una agresión crónica que se extendió desde que la víctima tenía 7 años y hasta después de los 14, no fue posible determinar fechas o hitos distintos. Los ataques se repetían en el tiempo, pero en fechas indeterminadas en el mismo espacio físico, sin poder ser separados temporalmente", recalcó el persecutor.
Igualmente, el abogado enfatizó que no se otorgaron beneficios para el cumplimiento de la condena, debido a que "se decretó una pena de crimen (superior a 5 años y un día de presidio, siempre es efectiva) y porque el delito de violación está fuera de aquellos que son susceptibles de recibir una sanción alternativa".
Por su parte, el defensor Rodrigo Zamorano, quien inicialmente había solicitado la absolución por insuficiencia probatoria y que luego pidió una pena de 3 años y un día, puntualizó que se analiza en profundidad el fallo para ver si se impugnará tanto el juicio como la resolución.
El profesional centró sus dardos en la modalidad de ejecución de la audiencia: vía Zoom. "Al efectuar un juicio de forma remota se atenta contra las garantías del debido proceso, se afecta el derecho a defensa. Una situación que manifestamos antes y durante la audiencia", acotó.
Hasta el viernes próximo existe plazo para recurrir de nulidad, una instancia que el Ministerio Público ya desestimó. El hoy condenado aguarda estos eventuales nuevos pasos judiciales solamente con una cautelar de firma mensual ante la autoridad.
1.000 metros de extensión en la playa cubrió la limpieza realizada por dos días esta semana.
14 de agosto fue la denuncia que movilizó a las autoridades y gatilló el operativo.