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Conductor atropella a mujer e impacta con automotora en Ancud

El sujeto fue detenido por personal de Carabineros, mientras se investigan las razones de lo sucedido.
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César Cárdenas Ruiz

Un accidente de tránsito se registró en la intersección de las calles Arturo Prat con Goycolea en pleno centro de la ciudad de Ancud, donde un vehículo atropelló a una persona y posteriormente impactó contra algunos vehículos estacionados de una automotora ubicada en dicho lugar.

La persona embestida fue trasladada hasta el Hospital San Carlos, para ser atendida y determinar el estado de sus lesiones, mientras que el conductor fue detenido por personal de la Primera Comisaría de Carabineros, siendo puesto a disposición de la Fiscalía Local.

El comisario de la policía uniformada de Ancud, mayor Sergio Urrutia, entregó detalles preliminares de lo sucedido, mientras se investigan las causas del accidente.

"Alrededor de las 12.55 horas (de ayer), Carabineros se constituye en calle Prat con Goycolea para verificar un accidente de tránsito de tipo atropello; por causas que se están investigando en este momento, una persona, un conductor, un hombre, atropella a una mujer, una peatón que circulaba por el sector", aseveró el policía.

Sumó el oficial que "el vehículo que atropella a esta persona además avanza y causa unos daños a unos vehículos que estaban al interior de una automotora en el lugar. Todo esto está siendo investigado por Carabineros de Ancud y además tomó conocimiento la Fiscalía".

columna de opinión contra la salud pública

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Delitos

La llegada del covid-19 al país, no solo introdujo nuevos desafíos desde el punto de vista sanitario y de la contención misma de la pandemia, sino que también sumó aspectos que aún estamos resolviendo como país: cómo continuar con la educación de nuestros hijos e hijas, cómo dar asistencia económica a quienes han perdido su principal fuente de ingresos, cómo prestar servicios presenciales de forma segura o transformarlos a distancia.

Con nuestra legislación ha ocurrido lo propio a la hora de ajustarla a los requerimientos de intervención estatal que reclama una pandemia como la que vivimos

La recientemente publicada Ley 21.240 modificó e introdujo nuevas figuras penales que buscan proteger la salud pública ante la actual situación y los efectos que el incumplimiento de las reglas sanitarias conlleva para la población.

Una de las principales modificaciones fue la de aumentar el límite máximo de la multa para el caso de la persona que comete un delito contra la salud pública. Mientras que antes las multas alcanzaban un límite máximo de 20 UTM, ahora estas van de desde 6 UTM a las 200 UTM (desde aproximadamente $300 mil hasta $10 millones).

También se incorporó como circunstancia agravante cometer el delito mediante la convocatoria a espectáculos, celebraciones o actividades prohibidas por la autoridad sanitaria en tiempo de pandemia. Este punto es muy importante de observar precisamente ahora que estamos ad portas de las Fiestas Patrias, donde precisamente por motivos sanitarios, no se han autorizado la realización de ramadas, reuniones ni espectáculos.

Para quienes reiteradamente no cumplan con lo indicado por las autoridades, por ejemplo, con la obligación de aislamiento domiciliario nocturno o toque de queda, se aumentan las penas de cárcel, llegando ahora hasta los 3 años.

Entre las modificaciones que se incorporaron, está la norma que sanciona al empleador que ordene concurrir al trabajador al lugar de desempeño de sus labores, cuando este sea distinto a su domicilio o residencia y el trabajador se encuentre en cuarentena o aislamiento sanitario obligatorio decretado por la autoridad sanitaria. La sanción para estos casos es de presidio menor en sus grados mínimo a medio y una multa de diez a doscientas unidades tributarias mensuales, por cada trabajador al que se le hubiere ordenado concurrir.

Como Fiscalía investigaremos todas las situaciones de las cuales tomemos conocimiento, iniciando investigaciones de oficio de ser necesario, así como de las situaciones en que se sospeche del mal uso o falsedades de permisos o salvoconductos por parte de una empresa o persona jurídica y sus representantes cuando obliguen a amenacen a sus empleados para que concurran a trabajar transgrediendo normas sanitarias e incurriendo en conductas abiertamente riesgosas para la salud pública.

El actual escenario en que nos encontramos, hace necesario y perentorio que todas las personas actúen responsablemente de acuerdo con las normas que la autoridad sanitaria decreta, porque tienen su fundamento en la necesidad de resguardar la salud pública. Pero cuando las reglas no se acatan y se vulneran, la ley establece que esos hechos son constitutivos de delito y corresponde a la Ministerio Público investigarlos y perseguir su sanción ante los tribunales de Justicia a través del ejercicio de la acción penal pública, función que la Fiscalía de la Región de Los Lagos ha venido cumpliendo y propiciando desde el inicio del estado de excepción constitucional adecuando sus recursos y adaptando sus criterios a la funcionalidad del sistema de medidas que el Estado se ha venido dando para proteger la salud de todos.

"El actual escenario en que nos encontramos hace necesario y perentorio que todas las personas actúen responsable-mente de acuerdo con las normas que la autoridad sanitaria decreta, porque tienen su fundamento en la necesidad de resguardar la salud pública".

Carmen Gloria Wittwer,, fiscal regional de Los Lagos.

Carmen Gloria Wittwer, fiscal regional de Los Lagos