Dictan penas de cárcel a autores de casos de VIF
Sujeto atacó con un formón a su expareja, mientras que el otro acusado intimidó a su cónyuge en pleno centro de la capital chilota.
A penas efectivas fueron sentenciados en las últimas horas dos sujetos que se vieron envueltos en casos de violencia intrafamiliar (VIF) en Castro. Incluso, uno de ellos también agredió, utilizando un formón, a la actual pareja de la víctima.
Justamente, por este segundo caso que tuvo como epicentro la población Inés de Bazán, el acusado de iniciales A. I. P. M. (31) fue condenado a 541 días de presidio por lesiones menos graves en contexto de VIF, en perjuicio de su exconviviente, y a 818 días por lesiones graves contra el obrero de 33 años.
En juicio oral se acreditó que este encartado el 13 de abril pasado golpeó en el rostro a la madre de su hija, a las afueras de un domicilio de calle Julio Miserda, para luego propinar varias estocadas en las piernas al joven con la herramienta, que también utilizó para volver a agredir a la mujer.
Tal como expuso el fiscal de la causa, Luis Barría, existe conformidad al "aplicarse una pena elevada que equivale a más de 3 años de cárcel, sin beneficios". Además, explicó que pese a acusar por dos episodios distintos de violencia contra la vecina, "se unificaron estas acciones dentro de una misma dinámica y se confirmó la responsabilidad del imputado".
Además, el persecutor aclaró que el hoy condenado no tenía irreprochable conducta anterior, manteniendo dentro de su prontuario una sentencia por robo con violencia.
Por su parte, el defensor Juan Manuel Castro, reportó que a su representado "se le abonarán 179 días en que ha permanecido en prisión preventiva".
Igualmente, el abogado que había invocado las atenuantes de la colaboración sustancial y la reparación celosa del mal causado, expresó que "analizaremos en profundidad el fallo con mi cliente para determinar si recurrimos de nulidad ante la Corte de Apelaciones de Puerto Montt".
Desacato
En tanto, a 300 días de reclusión efectiva fue condenado ayer el isleño de iniciales J. E. A. C. (48) por incumplir una prohibición de acercamiento, el 18 de junio del 2019, que beneficiaba a su cónyuge. Una embestida registrada en pleno centro de la capital chilota y por la cual, incluso, la afectada debió ser auxiliada por peatones.
La declaración de la pobladora fue la clave para desvirtuar la presunción de inocencia que amparaba al acusado. Así lo recalcó el fiscal Barría, quien también instruyó las diligencias por este caso de desacato, añadiendo que la pena asignada bajó en un grado a lo solicitado inicialmente: 5 años de presidio.
"Se reconoció la inimputabilidad disminuida, pero igual se determinó una sanción sin beneficios", esgrimió el representante del Ministerio Público.
Por su parte, el defensor Castro, que igual se repitió en este juicio realizado vía remota con el Tribunal Oral en lo Penal de la capital isleña, expuso que el encartado "tiene daño orgánico cerebral y una discapacidad intelectual. No está con las capacidades mentales para comprender la licitud de su acción".
Bajo ese contexto, la fuente solicitó la reclusión nocturna domiciliaria, sin embargo, los sentenciadores decidieron una pena carcelaria.