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Acreditan homicidio a cuchillazos contra trabajador tras salir de local nocturno

Una pena de 15 años de cárcel pide el querellante contra el hoy condenado por este crimen perpetrado en pleno centro de la capital chilota. La Fiscalía invocó 10 años de presidio.
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Pedro Bárcena González

Gracias al peso de la evidencia testimonial y pericial expuesta en la audiencia remota, se acreditó la responsabilidad de un joven en el delito de homicidio perpetrado contra un soldador, quien fue ultimado a cuchilladas en calle San Martín, en pleno centro de Castro.

Tras un juicio de dos jornadas realizado con el Tribunal Oral en lo Penal de la capital chilota, fue condenado el sujeto de origen dominicano, identificado con las iniciales H. J. T. R. (20), quien agredió con un arma blanca a Bernardo Millacheo Hernández (47), el 1 de noviembre del 2019.

Esa madrugada y tras salir del local Brujas Bar, el puertomontino junto a un amigo abordaron un taxi, en el cual iba el enjuiciado con quien sostuvo una discusión que terminó en las mortales estocadas frente al supermercado O'Higgins. La víctima falleció desangrada, en especial por una de las lesiones que sufrió, la cual le perforó la arteria femoral.

La sala presidida por el magistrado Patricio Carrasco acogió los argumentos presentados por los acusadores, quienes centraron su atención en ratificar la intención de matar ejercida por el foráneo.

Así lo especificó el fiscal Luis Barría, quien instruyó las diligencias, añadiendo que "se incorporó la prueba declarando testigos presenciales, funcionarios de Carabineros y de la Brigada de Homicidios (BH) de Puerto Montt que realizaron las pericias, como también el médico forense del Servicio Médico Legal de Castro. Todos estos antecedentes acreditaron el homicidio".

El persecutor se mostró satisfecho con este dictamen, aguardando ahora el fallo -programado para el martes- "para determinar el rango de pena contra este sujeto", apuntó. Eso sí, advirtió una rebaja en su pretensión punitiva, de los 15 a 10 años de presidio. Ya había reconocido la atenuante objetiva de irreprochable conducta anterior y ahora "no me opuse", como indicó, a la colaboración sustancial.

Justamente, el defensor particular Jorge Vásquez invocó estas dos medidas para rebajar la pena y sumó una tercera, relativa a la circunstancia que pudiendo eludir la acción de la justicia por medio de la fuga u ocultándose, el encartado se denunció y confesó el delito.

Rebaja

"El joven acude a la PDI, llega voluntariamente y después emana la orden de detención. Contó su participación en los hechos. Además, entregó sus ropas, dejó que le tomaran huellas, el hisopado bucal, cotejo genético para complementar la investigación", detalló el profesional.

La fuente explicó que pidió la rebaja en dos grados de la pena para sustentar su solicitud de 4 años de presidio, en base a estas tres aminorantes que emergen después que su posición inicial fue desechada.

"Postulábamos que el imputado no tuvo la intención de matar, existiendo acá un homicidio preterintencional; vale decir, alguien que quiso lesionar, pero ocurre el deceso de la persona, quien se pudo haber salvado de haber tenido un cuidado oportuno", manifestó el penalista.

Quien sí descartó de plano las aminorantes subjetivas fue el querellante Sergio Coronado, quien representa a Bernarda Millacheo, hija de la víctima directa en este caso. Incluso, no dudó en señalar que el quántum inicial que invocó de 15 años de cárcel se mantiene firme.

De acuerdo a lo indicado por el abogado durante la audiencia se planteó que no concurren los elementos para configurar estas atenuantes, en especial la cooperación del joven, que aseguró nunca fue sustancial.

"El aporte de antecedentes del imputado fue luego de su detención, cuando ya había información de lo que ocurrió, quién participó. De hecho, su madre le transmite estos datos a la PDI. Había antecedentes más que suficientes para determinar su participación, incluso había testigos presenciales y se levantaron pruebas periciales que lo involucraron y sustentaron su detención", especificó el abogado.

Igualmente, el profesional remarcó que la discusión en el juicio se centró en la dinámica de los hechos. Y un elemento que abrió este debate fue una observación del médico legista.

"Uno de los puntos que señaló (el perito) fue que la víctima habría podido salvarse de haber mediado una intervención médica oportuna. Esto abrió espacio a la defensa, pero al mismo tiempo se cayó esta postura, puesto que el mismo médico dijo que el tiempo oportuno de atención era apenas de 3 minutos, debido al sangrado profuso que generan las heridas sufridas por la víctima", consignó.

Ayuda

Otro de los antecedentes que desecharon esta postura, como expuso Coronado, fue la declaración del amigo que acompañaba al soldador durante esa fatídica noche, "quien realizó maniobras para detener el sangrado, aplicando un torniquete con su cinturón". Agregó que un carabinero igual aplicó presión sobre la herida en el muslo de Millacheo, "pero fue imposible salvarle la vida".

Bajo este contexto, el jurista concluyó que "no existen dudas que por las agresiones hubo un resultado de muerte, sin mediar alguna acción de terceros que pudiese haber modificado este fin. Una secuencia que fue compartida por el tribunal oral".

"El aporte que ha entregado el acusado en la investigación no ha sido sustancial".

Sergio Coronado,, abogado querellante.

3.30 horas del 1 de noviembre del 2019 habría ocurrido el mortal ataque.

29 medios de prueba fijaron los intervinientes para el juicio oral.

17 minutos después de llegar a la PDI emanó la orden de detención al joven, según la defensa.

5 heridas sufrió el occiso: una en el tórax, dos en el abdomen, otra en el glúteo y en el muslo.