Joven que sustrajo auto con dos niñitas en su interior quedó en prisión en Castro
Se invocó la Ley Antiportonazos en la formalización del sujeto.
En prisión preventiva quedó ayer el sujeto que sustrajo un auto con dos niñitas en su interior. Un inédito atraco para la realidad delictiva de la provincia, que se registró en el sector Nercón de la comuna de Castro.
La cautelar fue impuesta tras la audiencia remota que se realizó con el Juzgado de Garantía de la capital chilota, donde se expusieron los antecedentes del veloz operativo realizado por Carabineros de la Segunda Comisaría local, que permitió la aprehensión del imputado de 37 años.
Como explicó el titular de la unidad base, capitán Gustavo Guajardo, la denuncia al nivel 133 activó el dispositivo, en el cual "participaron todos los medios disponibles para poder dar con el vehículo en el menor tiempo", remarcó.
En los momentos en que el padre de las menores, de apenas 1 y 3 años, se bajó de la máquina para comprar leche en un local comercial, el encartado habría aprovechado que el móvil estaba encendido y con las llaves puestas para sustraerlo. Tomó dirección al centro de la ciudad, donde fue interceptado y detenido, "con el apoyo de vecinos que se sumaron a esta labor", apuntó el comisario.
Durante la sesión judicial, el defensor Rodrigo Zamorano incidentó la legalidad del procedimiento policial, precisamente por la intervención de terceros en la aprehensión que se concretó en calle Sotomayor.
"Señalamos que la detención fue ilegal puesto que mi representado fue golpeado por civiles, lo que va más allá de los límites legales para su retención", especificó el abogado. Más allá de este planteamiento, la magistrada Alejandra Varas ratificó que el operativo fue ajustado a derecho.
En la ocasión, el fiscal Fernando Metzner formalizó al encartado por hurto de vehículo motorizado agravado, según las nuevas disposiciones de la Ley Antiportonazos. Una figura que nunca se había aplicado en la provincia y que se enfoca en el ilícito cuando se ejecuta encontrándose infantes o personas que no pueden abandonar el móvil por sus propios medios y el responsable inicia la marcha.
Como detalló el persecutor, este delito implica una sanción de presidio mayor en su grado medio a máximo; es decir, entre los 10 años y un día hasta los 15 años de reclusión. "En cuanto pena se asimila al tipo penal general de la sustracción de menores, así de grave considera el legislador estos hechos", consignó.
El abogado resaltó que esta figura se sustenta en los antecedentes presentados por Carabineros, en específico el informe de la Sección de Investigaciones Policiales (SIP).
Indicó el jurista que "se estableció que el imputado condujo más de 3 kilómetros y cuando el vehículo fue interceptado por la víctima y un testigo, una de las niñas estaba llorando. Por lo tanto, era imposible no darse cuenta de su presencia, más al considerar que cada menor estaba con su silla".
Junto con justificar la existencia del delito y la participación del joven, en cuanto a la necesidad de cautela, el representante del Ministerio Público invocó la cautelar más gravosa.
"Se pidió esta medida por la gravedad del delito, las circunstancias de comisión, su lesividad, la gravedad de la pena (de crimen), además el imputado no tiene irreprochable conducta anterior. De dictarse una sentencia, sería de cumplimiento efectivo", detalló el profesional.
Versión
Por su parte, el defensor se opuso a esta precautoria, argumentando que su representado no tiene condenas por ilícitos contra la propiedad (sí una por manejo en estado de ebriedad) y porque no se configuraría el tipo penal.
"En su versión (del encartado) señala que estaba en estado de ebriedad y que no se dio cuenta que en el vehículo habían niños. Cuestionamos el dolo de la sustracción", consignó Zamorano, añadiendo que el joven tiene arraigo familiar, laboral y social, como para optar a una cautelar menos intensa.
No obstante, la jueza desestimó estos informes, sosteniendo que la libertad del sujeto es un peligro para la sociedad y las víctimas, como también por existir riesgo de fuga. Por ello, dictó la prisión preventiva.
240 metros había huido a pie el imputado antes de ser detenido.
455 bis es el artículo del Código Penal por el cual se formalizó.
2011: año de la condena que tiene el imputado por un manejo simple.
90 días se decretaron para el desarrollo de la investigación del caso.