Los padres podrán elegir el orden de los apellidos de
Un anhelado cambio ya es realidad para muchas madres, y para toda nuestra sociedad. De ahora en adelante, los padres podrán expresar -de común acuerdo-, el orden de los apellidos de sus hijas/os, el que deberá ser el mismo para todos los hijos comunes que puedan venir después. Ello, al momento de inscribir el nacimiento de su primera/o hija/o y en cuanto el sistema este habilitado en el Registro Civil e Identificación.
La nueva ley -publicada en el diario oficial el 14 de mayo-, permite el cambio del orden del apellido materno y paterno. La iniciativa fue promulgada por el Presidente de la República, el Ministro de Justicia y DD.HH. y la ministra de la Mujer y Equidad de Género y busca establecer que los padres puedan expresar -de común acuerdo-, el orden en que inscriben los apellidos de sus hijos. Éste deberá ser el mismo para todos los hijos comunes que puedan venir después. Si los padres no expresan lo contrario, se aplicará la regla que existe hoy.
Esta ley faculta, por una sola vez en la vida, que las personas mayores de 18 años puedan solicitar la rectificación administrativa para invertir el orden de los apellidos con que figuran en sus partidas de nacimiento.
Este proyecto de ley implica avanzar considerablemente en materia de igualdad entre el hombre y la mujer, ya que, de aquí en adelante, el orden de los apellidos no será necesariamente el del padre primero y el de la madre a continuación, sino que los padres, al inscribir el nacimiento de sus hijas/os, podrán decidir en qué orden quieren que estén los apellidos. Este cambio es muy importante porque reconoce la libertad de los padres en este ámbito.
Esta ley contribuye también a relevar el importante rol que juega la mujer al interior de la familia, permitiendo que su apellido pueda ir en primer lugar, si así se decide. Estamos dando cumplimiento a La Convención sobre la Eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, que establece en su artículo 16, la obligación de adoptar medidas para eliminar la discriminación contra la mujer y asegurar condiciones de igualdad entre hombres y mujeres.
La legislación asume el entregar reparación a aquellas mujeres que por razones legítimas, muchas veces asociadas a temas de violencia, quieren llevar como primer apellido el de su madre, sin tener que pasar por un proceso judicial.
Esta ley se tramitó más de 15 años y nació de una iniciativa transversal, tuvo indicaciones del Ejecutivo en su última etapa, incorporando en el Código Civil los distintos casos que pueden presentarse para la determinación del orden de los apellidos de un hijo al momento de su inscripción:
Luego del nacimiento del primer hijo, el orden de los apellidos será el que señalen ambos padres. A falta de un acuerdo, se mantendrá primero el apellido paterno, y luego el materno.
Pero si al momento de la inscripción queda determinada la filiación sólo respecto de la madre o del padre, se inscribirá al nacido con el primer apellido de dicha madre o dicho padre. Todos los hijos en común de una madre y un padre deberán inscribirse con el mismo orden de apellidos con que fuere inscrito el primogénito.
"La nueva ley -publicada en el diario oficial el 14 de mayo-, permite el cambio del orden del apellido materno y paterno. La iniciativa fue promulgada por el Presidente de la República, el Ministro de Justicia y DD.HH. y la ministra de la Mujer y Equidad de Género y busca establecer que los padres puedan expresar -de común acuerdo-, el orden en que inscriben los apellidos de sus hijos. Éste deberá ser el mismo para todos los hijos comunes que puedan venir después"
Alex Meeder, seremi de Justicia y DD.HH de la región de Los Lagos