Carabineros cumplirán en libertad sentencia por disparar a campesino
Justicia acreditó homicidio frustrado y lesiones menos graves. INDH valora fallo y Fiscalía lo estudia.
El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal (TOP) de Castro dictó sentencia a los dos carabineros en funciones de la comuna de Ancud que dispararon a vecino del sector rural de Linao el año 2018.
Tras casi cuatro años del hecho, la justicia dictó la pena a los dos policías por homicidio frustrado y lesiones menos graves, sentenciando a la pena de cuatro años de libertad vigilada intensiva para el sargento C. A. P. C. y a un año bajo observación de Gendarmería para el cabo G. M. V. V., por los delitos respectivos.
"En términos generales, estamos conformes con la sentencia", sostuvo Mauricio Maya, jefe regional del Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) de Los Lagos, quien agregó que se "establece responsabilidad penal, uno por el delito de homicidio frustrado que era la acusación que presentamos nosotros y en el otro se establece un delito de lesiones que también estableció responsabilidad penal".
Según el representante del organismo que insistió que el caso avanzara y pudiera establecerse responsabilidades y sanciones, entidad que actuó como querellante en este caso, la familia "ha manifestado conformidad con el fallo inicial" y que desde el INDH "no vamos solicitar la nulidad en este estado", visando la sentencia en caso que la defensa recurra a la nulidad.
Enrique Canales, fiscal jefe del Ministerio Público de Castro, sostuvo que en el primer caso su organismo había solicitado una pena superior consistente en 4 años de privación de libertad, "pero esta fue rebajada al considerar la concurrencia de atenuantes de responsabilidad penal, que no fueron reconocidas originalmente" por el persecutor, sostuvo.
En cuanto al segundo caso, el tribunal de la capital chilota determinó cambiar la calificación de lesiones graves a menos graves. "Allí la condena fue a una pena de 300 días, también en carácter de remitido, pena en cumplimento en libertad y de carácter alternativo", detalló el abogado, quien adelantó que el veredicto "será revisado para evaluar su contenido, los razonamientos que tuvo en vista el tribunal para la decisión de condena y, también, para la determinación de la pena".
veces
Según lo determinado por la justicia, el 24 de febrero de 2018 el policía C.A.P.C. le disparó al menos en cuatro oportunidades a la víctima al interior de un predio en el sector de Linao, tiros que dieron en el abdomen, una pierna, un glúteo y la cadera de la víctima. En tanto, G.M.V.V. disparó una vez e impactó en un glúteo de la víctima. Todo en el marco de una situación que remitía a problemas familiares.
"Ninguna de las dos condenas se va a cumplir con privación de libertad", aseveró Maya, sin embargo, sostuvo que "las sentencias establecen responsabilidades totales: funcionarios públicos que exceden sus atribuciones en cumplimiento de sus funciones, entonces en ese contexto consideramos que son condenas relevantes".
Una vez que la sentencia esté ejecutoriada, los dos funcionarios de Carabineros quedarán inhabilitados de ejercer cargos públicos, siendo apartados de la institución mientras se cumpla la sentencia.