Delincuente ve reducida su pena tras declarar en juicio por violación en Ancud
Acusado se exponía a 15 años de cárcel. Se acreditó que la víctima fue intimidada con un arma antes de ser ultrajada.
Tras acogerse una aminorante a su favor, un delincuente vio reducida en las últimas horas en más de la mitad la pena que arriesgaba por un violento ataque sexual perpetrado contra una joven, al interior de una cabaña de Ancud. El sujeto intimidó con un arma a fogueo a la víctima para luego ultrajarla. Fue sentenciado a 7 años de cárcel por el delito de violación propia.
El testimonio que prestó el sujeto de iniciales S. A. C. C. (27) durante el juicio al que fue sometido ante el Tribunal Oral en lo Penal de Castro, permitió configurar la colaboración sustancial, lo cual atenuó su responsabilidad penal por los hechos registrados la madrugada del 20 de septiembre del 2019, dentro de este inmueble de calle Pudeto.
Pese a que el obrero declaró que "nunca forzó" a la afectada y que sostuvieron "una relación consentida", lo cual fue descartado con la prueba acusatoria, la sala presidida por la magistrada Angélica Monsalve valoró su versión, enfatizando que entregó elementos trascendentes para el esclarecimiento del caso.
De esta forma, los jueces aplicaron una sanción dentro del mínimo del grado y "consideraron" la extensión del mal causado a la mujer que hoy se empina por los 24 años.
A 15 años de presidio se exponía el antisocial, quien incluso confesó ante los intervinientes que la noche del delito estaba recorriendo la ciudad con un amigo, con el objeto de perpetrar robos. Es más, indicó que ya había atacado la cabaña donde permanecía la víctima y que ingresó esa jornada para cometer otro atraco.
Querellante
El Servicio de la Mujer y Equidad de Género (SernamEG), que intervino como querellante en esta causa, invocaba dicha pena. Así lo postuló el abogado Thomas Patri, remarcando que el encartado constituye un peligro para la sociedad y que cometió un crimen de género.
Pese a este diferencial entre lo solicitado y lo resuelto, el jurista se mostró satisfecho con este fallo. "Muchas veces la acreditación de los delitos sexuales tiene problemas en cuanto a la prueba, entonces los relatos de la víctima toman mucha importancia. En este caso, el tribunal valoró la evidencia disponible, los relatos de la joven y testigos, coincidiendo con nuestra postura sobre cómo sucedieron los hechos", aclaró.
Junto con resaltar que el hoy condenado, "tiene un amplio prontuario", el profesional añadió que "a pesar que uno siempre aspira al máximo de la pena, en este tipo de delitos es muy difícil verlo. Por ello, estamos conformes por esta sentencia".
Antecedentes
En tanto, el fiscal jefe de Castro, Enrique Canales, quien tomó la audiencia ante la suspensión del fiscal ancuditano Javier Calisto, describió que se "acusó a un sujeto que ingresó de manera sorpresiva a una cabaña , donde intimidó a la víctima con un arma que resultó ser de fantasía, para consumar el delito".
Agregó el persecutor que "se contó en el juicio con la declaración de la afectada, más otras personas que estaban en el lugar, también con los informes de las diligencias de la Brigada Investigadora de Delitos Sexuales (Brisex) de Ancud y los peritajes a los que fue sometida la víctima. Un conjunto de antecedentes que permitió superar la presunción de inocencia del acusado".
El Ministerio Público pidió 10 años y un día de reclusión. Sin embargo, como explicó Canales, "se reconoció la atenuante de la colaboración sustancial, a la cual nos opusimos (señaló que la versión del imputado no entregó datos nuevos a la indagatoria), lo que llevó a que la sanción se impusiera en este rango".
Defensa
El defensor Filippo Corvalán, inicialmente solicitó la absolución aduciendo insuficiencia probatoria. Sin embargo, tras la condena de los jueces pidió 5 años y un día de presidio, una pretensión cercana a lo estipulado por el tribunal. "Creíamos que los antecedentes no iban a ser suficientes para acoger la pretensión punitiva del Estado, pero los sentenciadores establecieron con la prueba rendida este fallo. No obstante, la pena se vio rebajada en más de la mitad de lo que pedía el querellante", apuntó el abogado, reconociendo que pese a ese escenario, "estamos analizando la posibilidad de recurrir para anular este juicio y la sentencia".
879 días se deben abonar a la sentencia por el tiempo privado de libertad del sujeto.
60 fotografías fueron expuestas en juicio como prueba de los acusadores.