Debaten autoría de 4 amigos en salvaje crimen: víctima fue arrojada a un pozo
Penas de 15 y 12 años de cárcel arriesgan los acusados por este homicidio en Ancud.
Con el debate centrado en el momento y causa exacta de la muerte de la víctima, como en el grado de intervención de los acusados se desarrolla desde ayer el juicio contra cuatro sujetos, sindicados como autores de un homicidio en Ancud. La víctima recibió una bestial golpiza en un sitio eriazo y luego fue arrojada a un pozo. Su cadáver fue hallado una semana después de este cobarde ataque.
A una pena de 15 años de presidio se exponen los acusados de iniciales A. E. M. N. (22) y S. A. V. B. (27), por la muerte del carpintero identificado como Ó. E. O. M. (54). Mientras que los amigos individualizados como M. A. V. P. (22) y A. C. E. G. (23) arriesgan 12 años de cárcel. Una diferencia por mantener irreprochable conducta anterior.
La sala presidida por el magistrado (s) Elías Agüero del Tribunal Oral en lo Penal de Castro conoció las alegaciones de los intervinientes, con relación a los hechos que se remontan al 13 de diciembre del 2019, noche en que el occiso fue agredido en la cabeza, como en la zona cervical y costal. El sábado 21 de ese mes el cadáver fue recuperado de una fosa en el sector Pudeto Bajo.
47 medios de prueba tiene el fiscal Luis Barría para sustentar su teoría del caso, enfocada en la participación como autores de los cuatro encartados en el crimen.
Como expuso el persecutor en sus alegatos de apertura, la dinámica de la fatídica jornada da cuenta que los tres primeros acusados se habían reunido a beber alcohol en un sitio eriazo.
"En ese instante llega la víctima, quien luego es agredida de manera violeta y reiterada por estos tres sujetos. Quedó agónica y tirada en el lugar, ahí aparece el cuarto implicado. Mientras el hombre estaba vivo en el sitio eriazo, los cuatro deciden lanzarlo a un pozo, producto de lo cual falleció por asfixia por sumersión", detalló el abogado.
Remarcó el jurista que esta mortal secuencia quedaría acreditada con la prueba testimonial que presentará en la audiencia, en especial testigos de oídas que escucharon sobre la participación de este grupo en el delito. A ello, se sumarán los informes y declaración de funcionarios de la Brigada de Homicidios (BH), quienes indagaron el caso.
Junto con indicar que la propia versión de los imputados será empleada para crear convicción condenatoria, el jurista enfatizó que la discusión principal estará en que si la víctima falleció en la fosa o tras la golpiza.
"Para demostrar esto contamos con la prueba científica de la perito Vivian Bustos del Labocar (Laboratorio de Criminalística de Carabineros) de Santiago, quien halló elementos del agua existente en este pozo en los pulmones del occiso, lo que da cuenta que estaba vivo al ser lanzado a ese punto", reafirmó el representante del Ministerio Público.
Declaración
En tanto, la abogada particular Vanessa Pérez, quien asesora a A. C. E. G. (el único que no está en prisión preventiva), invocó una postura exculpatoria, sosteniendo que solo su testimonio tras entregarse a la policía, permitió su vinculación con la causa. "No se puede condenar solo por el mérito de su declaración y considerando que la prueba es insuficiente para establecer su participación, pedimos su absolución", dijo.
La profesional detalló que "ninguno de los coimputados ni los testigos lo nombran como partícipe de los hechos". Agregó que el joven estaba bebiendo en otro lugar cercano y solo llegó al sitio del suceso al sentir las voces de sus amigos.
"Vio a la víctima en el suelo y cree que está fallecida. Uno (de los otros encartados) le dice que lo ayuden a esconder el cuerpo y colabora por un momento de bloqueo y miedo por lo que pasaba", precisó la fuente. En subsidio a la absolución, expresó que la conducta de su cliente se encuadra más en la complicidad.
Por su parte, el defensor Pablo Figueroa representa al mayor de los acusados, quien es sindicado por el resto de los enjuiciados como el responsable de iniciar la golpiza y propinar los principales ataques al carpintero, como también ser el de la idea de arrojarlo a la fosa.
Más allá de estas acusaciones, el abogado recalcó que el fiscal "no podrá probar los hechos, no se condice la participación de mi representado con las evidencia fijadas. La intención dolosa que se le asigna no tiene asidero fáctico".
Bajo ese escenario, pidió la absolución, insistiendo que "no hay pruebas concluyentes" contra el imputado. De no acogerse su postura, invocó la recalificación a un homicidio en riña, puesto que no se tendría claro el autor de la muerte.
Lesiva
Filippo Carvalán, quien defiende a A. E. M. N., sostuvo que la víctima "no fallece por los golpes, sino por asfixia", ante lo cual la acción desplegada no tendría intención homicida, solo lesiva.
Por ello, invocó ante la sala la absolución "por falta de participación, no existiendo prueba que especifique las lesiones producidas a la víctima por mi representado". De desecharse esta postura por los jueces, el profesional apuntó que no habría un dolo directo y que el hombre habría muerto por causas distintas a los golpes, resaltando que se trataría de un homicidio preterintencional (delito que comete quien realiza una acción con intención de lesionar pero accidentalmente le causa la muerte).
Tras las intervenciones de los juristas y las primeras declaraciones, se espera para hoy la continuación de la exposición de la prueba del ente persecutor.
"La BH tomó declaración a los imputados que reconocen su participación".
Fiscal Luis Barría.