Dictan pena en libertad para autor de homicidio
Sujeto mató de una cuchillada al pecho a su hijastro, tras un conflicto familiar en el sector Mocopulli de Dalcahue. Se acogió la legítima defensa incompleta.
Tras el reconocimiento de tres circunstancias aminorantes, un sujeto que arriesgaba más de una década de presidio por matar de una certera estocada al pecho a su propio hijastro en Dalcahue, fue sentenciado en las últimas horas a 5 años de libertad vigilada intensiva.
El acusado de iniciales G. A. A. A. (39) fue condenado por el delito de homicidio, en perjuicio de Álvaro Sebastián Raquil Raquil (21). Tras un altercado familiar registrado en el sector Mocopulli la noche del 5 de marzo del 2021, el encartado le propinó una cuchillada al joven, quien resultó con una herida punzo cortante horizontal en cara anterior con hemitórax izquierdo, falleciendo en el lugar.
La sala presidida por el magistrado (s) Elías Agüero acreditó en juicio esta dinámica. Eso sí, los jueces establecieron que el hijo de quien era la conviviente del encartado lo agredió primeramente en la espalda con un arma blanca. De esta forma, determinaron la existencia de una legítima defensa incompleta.
Esta eximente parcial constituía la postura subsidiaria del abogado Yerko Yáñez, quien representó al acusado en la audiencia y que buscó inicialmente su absolución, postulando que la reacción desplegada por su cliente configuró la causal de exención de la responsabilidad.
Sustitutiva
Pese no acogerse su teoría inicial, la resolución de los jueces fue valorada por el profesional, ya que sustentó la petición de una pena sustitutiva.
"Junto a la legítima defensa incompleta, se acogieron las atenuantes de irreprochable conducta anterior y colaboración sustancial, con lo cual se llegó a este fallo. Aunque nosotros esperábamos que se rebajara más la sanción (solicitó 541 días de presidio remitido), igual se tuvo en consideración la extensión del mal causado", explicó el jurista.
Sumó la fuente que "quedamos bastante conformes con la sentencia, puesto que se plasmó nuestro teoría del caso de legítima defensa, si bien fue incompleta, permite que el cumplimiento sea en libertad". Una decisión con la cual, incluso, adelantó que no recurriría de nulidad.
Por su parte, el fiscal Luis Barría, quien instruyó la indagatoria que desde sus albores ya vislumbraba la opción de la aminorante principal, sostuvo que ante esta circunstancia debió realizar una drástica rebaja de su pretensión punitiva original, que era de 10 años y un día de presidio.
"A pesar de esta decisión, este tramo de la pena impuesta (los 5 años) es el máximo que establece la ley para estos casos", indicó el persecutor, agregando que junto a las otras atenuantes pudo optar el imputado a un beneficio.
Conformidad
Igualmente, el representante del Ministerio Público aseguró que tras tomar contacto con los parientes de la víctima, "ellos están conformes" con el dictamen, añadiendo que "era esperable (que se acogiera) esta circunstancia".
Hasta el 2 de junio tienen plazo los intervinientes para invocar la nulidad del fallo y el juicio. De lo contrario, la resolución quedará ejecutoriada con lo cual se levantará la cautelar de arresto domiciliario total que pesa sobre el condenado desde su formalización. Con ello, se le abonarían a la sentencia casi 15 meses en que ha estado privado de libertad.
DESAZÓN
Más allá de recocer que existe "conformidad" con la determinación de los jueces de acreditar el homicidio, la familia de la víctima señaló que hay "desazón" por el cuántum aplicado y, en especial, por la forma de cumplimiento de la pena. Tal como señaló el coordinador del Centro de Apoyo a Víctimas de Delitos (CAVD), Álex Contreras, quien representa como abogado a Ariela Raquil, madre del occiso, "se comprenden" las razones que llevaron al fallo de los jueces. Sin embargo, reportó que la vecina señaló que "cárcel efectiva me hubiera dado tranquilidad".