Obrero que violó y embarazó a niñita en Quellón arriesga 15 años de presidio
Depravado fue condenado ayer por este delito contra la hija de su expareja.
La claridad en el testimonio de la pequeña víctima, recabado por medio de un intermediador habilitado (según la nueva Ley de Entrevista Videograbada), junto a la contundencia de la prueba pericial reunida, se convirtieron en factores decisivos para acreditar ayer la participación de un obrero en aberrantes ataques sexuales perpetrados en Quellón contra la menor, quien incluso resultó embarazada de su agresor.
Ante la sala presidida por el magistrado Rodrigo Alarcón del Tribunal Oral en lo Penal de Castro se realizó el juicio contra el encartado de iniciales J. R. O. B. (35), sindicado como responsable de sistemáticos ultrajes en contra de la hija de quien era su conviviente. Un calvario que se habría prolongado entre el 2015 y mayo de 2021.
Según lo expuesto por la fiscal Karyn Alegría, quien instruyó las diligencias del caso, en este lapso y aprovechando cuando se quedaba a solas con la víctima, quien apenas se empinaba por los 7 años al comenzar a sufrir las agresiones, el acusado consumaba sus depravadas intenciones.
La persecutora presentó cargos por violación reiterada contra el oriundo de Temuco, en la Región de La Araucanía, en base a la develación y sindicación de la pequeña, como también considerando el peritaje clave del cotejo de ADN que demostró que el encartado es el padre de la guagua que tuvo la víctima a fines del año pasado.
Todos los medios probatorios fueron evaluados por los sentenciadores, quienes establecieron la existencia del delito, aunque en carácter de continuado. La autoría del joven estaba corroborada científicamente. Por ello, este jueves dictaron un veredicto condenatorio.
Como explicó la representante del Ministerio Público, pese a no acogerse la reiteración de los hechos, "mantuvimos la solicitud de 15 años de presidio contra el responsable, en virtud de la extensión del mal causado, el cual debe ser ponderado por los jueces al momento de dictar el fallo. La niña sufre de un estrés postraumático irreparable, como quedó comprobado en los peritajes presentados".
Es más, la menor se encuentra bajo intervención y tratamiento sicológico, debido al impacto de estos ataques que literalmente le cambiaron la vida. "El daño que sufrió fue gigante... es una niñita que se convirtió en madre", dijo la fiscal.
Por su parte, el defensor Daniel Fuenzalida sostuvo una teoría colaborativa en la causa, en especial ante el peso lapidario de la evidencia genética que ratifica la violación. Dentro de ese contexto, busca que se imponga una pena en el mínimo del grado (5 años y un día de reclusión).
Junto con especificar que no se rebatió la figura delictiva, el profesional precisó que sí se debatió el carácter del ilícito, como el concurso de circunstancias modificatorias de responsabilidad penal.
"Planteamos que se trata de un delito continuado, puesto que no se precisaron en el juicio fechas de cuándo ocurrieron los supuestos distintos hechos, como tampoco lugares determinados o si las interacciones eran constitutivas de violación o abuso sexual", explicó la fuente.
Igualmente, el jurista solicitó que se acojan las aminorantes de irreprochable conducta anterior -atenuante objetiva al no tener el acusado anotaciones penales pretéritas- y colaboración sustancial.
Con respecto a la segunda medida, Fuenzalida argumentó que su representado prestó declaración ante los jueces y previamente frente al ente persecutor, reconociendo su intervención en los hechos.
"Además, el imputado testificó antes de las pericias de ADN, no después cuando fue probada su paternidad. También hay que considerar que la misma circunstancia de someterse a esta pericia es una cooperación a la indagatoria, al no llevarse a cabo bajo orden judicial", aseveró el defensor.
Oposición
Esta postura fue rebatida por la fiscal Alegría, quien manifestó que la declaración en el juicio del obrero "no fue sustancial, dando cuenta que le dio besos y abrazos a la víctima", acotó, insistiendo en que no admitió las actuaciones vinculadas a la violación.
Todos estos antecedentes serán estudiados por los jueces para dictar la sentencia programada para el 7 de noviembre. Además, ya descartaron el concurso de la agravante de abuso de confianza que había invocado el Ministerio Público.
Querellante
La abogada querellante Karen Gómez, representante del programa Mi Abogado dependiente de la Corporación de Asistencia Judicial (CAJ), había invocado inicialmente 20 años de presidio contra el depravado. Ante la resolución del tribunal que estimó el delito como continuado, la pretensión punitiva bajó a 15 años de cárcel, la misma que presentó el Ministerio Público contra el hoy condenado, quien se mantiene en prisión preventiva en la unidad penal de Castro.
12 años tenía apenas la víctima cuando se convirtió en madre de un pequeño.
15 meses privado de libertad está por cumplir el hoy condenado.