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Con 39 medios de prueba buscan condena de chofer ebrio por mortal choque

Fiscalía presentó acusación contra el conductor que protagonizó tragedia en el sector Nalhuitad de Chonchi. Además, se ratificó en alzada su prisión preventiva.
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Pedro Bárcena González

Junto con ratificarse en alzada la prisión preventiva en su contra, se presentó en las últimas horas acusación contra el chofer ebrio sindicado como responsable de una tragedia carretera en el sector Nalhuitad, comuna de Chonchi. 5 años de cárcel piden contra el imputado de este fatal siniestro vial.

Ante la Corte de Apelaciones de Puerto Montt recurrió la defensora particular Vanessa Pérez, buscando modificar la cautelar más gravosa que pesa sobre el encartado de iniciales F. A. V. E. (24), por los delitos de conducción en estado de ebriedad y bajo la influencia de sustancias sicotrópicas con resultado de muerte y lesiones leves.

Se le atribuye autoría al joven en el ilícito registrado el 21 de agosto pasado, a la altura del kilómetro 1.193 de la Ruta 5 Sur, donde el auto que manejaba se despistó violentamente, causando el deceso de uno de sus dos acompañantes, identificado como Pedro Sebastián Chiguay Bustos (33).

La defensora particular buscó la imposición del arresto domiciliario total, exponiendo ante los ministros que "la prisión preventiva no es una pena anticipada y no existe peligro de fuga debido a que mi representado tiene arraigo familiar y social en Castro".

A su vez, en su recurso la jurista indicó que los fines del procedimiento "no impiden a mi representado cambiar la medida cautelar por otra de menor intensidad, considerando que este nunca había estado en un centro de detención y se encontraba trabajando en el Hospital de Castro al momento de los hechos".

Pese a estas alegaciones, la primera sala del tribunal ratificó la precautoria, argumentando que la necesidad de cautela "solamente se puede ver cumplida con la prisión preventiva, estimándose que la libertad del imputado constituye un peligro para la seguridad de la sociedad atendida la naturaleza de los delitos por los cuales ha sido formalizado, su forma de comisión y su eventual forma de cumplimiento", que sería efectiva por lo menos por un año, según lo indica la Ley Emilia.

Casi en paralelo a esta determinación, el fiscal Javier Calisto presentó la acusación contra el joven, invocando junto a la pena principal, una multa de 20 UTM, la inhabilidad perpetua para manejar vehículos motorizados, como también el comiso del auto que guiaba durante el siniestro.

Para sustentar su pretensión punitiva, el persecutor sumó 39 medios de prueba, entre los que destacan 7 testigos y 21 documentos, principalmente informes periciales.

Adhesión

El coordinador del Centro de Apoyo a Víctimas de Delitos (CAVD), Álex Contreras, quien tiene el patrocinio legal de los padres de la víctima fatal, valoró que el tribunal de alzada confirmara la precautoria más intensiva, reiterando que el imputado "arriesga una pena de cárcel y consideramos que las circunstancias en que se aplicó esta medida no han variado".

Igualmente, el abogado adelantó que se está analizando la reciente acusación presentada por el Ministerio Público, pero que se adheriría a la misma, existiendo conformidad con la pena invocada, en especial considerando que el conductor tiene irreprochable conducta anterior.

3:50 horas del 21 de agosto pasado se produjo el mortal siniestro vial en Chonchi.

66 fotos y 1 levantamiento planimétrico presenta en su acusación el fiscal de la causa.

A 8 años de cárcel se expone ladrón por atraco en Quellón

Se acreditó su autoría en el delito de robo en lugar habitado.
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Ante la contundencia de la prueba testimonial, documental y fotográfica, se acreditó la responsabilidad de un avezado delincuente en el ataque a un domicilio de Quellón. Incluso, el propio dueño de casa intervino para impedir la huida del antisocial, quien se expone a una pena de 8 años de presidio por este atraco.

Por dos jornadas se extendió el juicio presencial ante la sala presidida por el magistrado (s) Juan Ignacio Fuenzalida del Tribunal Oral en lo Penal de Castro, que de forma unánime condenó al sujeto de iniciales P. A. G. A. (34) por el delito tentado de robo con fuerza en lugar habitado, cometido la madrugada del 22 de mayo pasado en el pasaje Rogel de la comuna porteña.

Los sentenciadores, en base a los medios probatorios expuestos por la fiscal Karyn Alegría, establecieron que el encartado ingresó a la propiedad escalando un cerco perimetral, apropiándose de una motosierra. En ese instante, el afectado de 42 años lo sorprendió procediendo a su retención.

Así lo describió la persecutora en la audiencia, enfatizando que se logró crear convicción en los jueces con los antecedentes que entregaron "las dos víctimas, los funcionarios aprehensores, también había bastante prueba indiciaria y logramos desacreditar la prueba de la defensa, que postuló que el acusado ingresó a la vivienda huyendo de otras personas que lo habrían golpeado".

Igualmente, la representante del Ministerio Público sostuvo que la pretensión punitiva se sustenta en que este joven "tiene reincidencia específica, por lo que existe una agravante". Además, explicó que pese a que se condenó como tentativa, "existe norma expresa que da cuenta que este tipo de delitos siempre se sancionan como consumados".

Defensa

Por su parte, los abogados particulares Gregory Ardiles y Walter Dubo, que representan al isleño que se mantiene privado de libertad desde la misma jornada de los hechos, buscaron la absolución en base a su teoría alternativa. Presentaron prueba propia, basada en testigos y documentos, pero la sala determinó que esta información no resultaba suficiente para desvirtuar los cargos.

Bajo este escenario y en virtud del veredicto condenatorio, los profesionales invocaron una pena de 5 años y un día de presidio, que constituye el mínimo del grado por este tipo de robos.

La lectura del fallo será entregada por los jueces este lunes en el mismo tribunal del sector alto de la capital chilota.