Secciones

  • Portada
  • Actualidad
  • Deportes
  • Servicios
  • Clasificados
  • Estrellas

Joven queda preso por fatal colisión en Chonchi: manejaba ebrio y con cocaína

Sujeto ayer fue formalizado por el siniestro vial en que falleció sacerdote.
E-mail Compartir

Pedro Bárcena González

En una audiencia que se extendió por poco más de media hora y que enfrentó internado en el Hospital Augusto Riffart de Castro, se decretó ayer la prisión preventiva contra el imputado por la tragedia vial en que falleció un conocido sacerdote en Chonchi. Una vez que sea dado de alta de las lesiones graves que sufrió, el joven deberá ingresar a la cárcel castreña.

Por 3 días se había ampliado la detención del sujeto de iniciales M A. L. M. (30), en espera de los informes policiales y forenses relativos a la colisión múltiple acaecida la tarde del viernes pasado en la denominada cuesta El Venado. Un impacto de alta energía que provocó el deceso del párroco de Chacao, Milton Díaz Guzmán (66).

Ya con el preinforme de la Sección Investigadora de Accidentes en el Tránsito (SIAT) Chiloé y las conclusiones tanatológicas del Servicio Médico Legal (SML), este martes el fiscal (s) Cristian Mena formalizó el encartado por el delito de conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad y bajo los efectos de sustancias sicotrópicas o estupefacientes, sin haber obtenido licencia de conducir, provocando daños y muerte.

Antecedentes

Ante el Juzgado de Garantía de Castro, el persecutor expuso los antecedentes del caso, remarcando que los peritajes establecieron que el piloto "con sus capacidades sicomotoras, perceptivas y reactivas disminuidas por la ingesta de alcohol y drogas, además a exceso de velocidad con respecto al diseño vial de curva que enfrentaba, perdió el control de su auto ingresando a la pista de circulación contraria obstruyendo la circulación de una camioneta".

En esta segunda máquina -la que por proyección igual fue alcanzada por un tercer móvil- viajaba el religioso, quien luego de ser asistido en el lugar por Bomberos y el SAMU (Servicio de Atención Médica de Urgencia) fue remitido al Cesfam de Chonchi, donde se declaró su muerte a las 21:27, unos 80 minutos después del siniestro.

Junto a la dinámica descrita, el representante del Ministerio Público detalló una serie de evidencias con el objeto de sustentar la existencia del ilícito encausado, como la participación en calidad de autor del imputado.

Dentro de este cúmulo de información, se incluyó el parte de la Tenencia de Carabineros de Chonchi, como las declaraciones de los funcionarios aprehensores y testigos (los ocupantes del tercer vehículo involucrado), más sets fotográficos, las conclusiones de la SIAT y de la autopsia.

Estas pesquisas fueron contundentes, incluyendo el resultado del Intoxylizer que arrojó 1,53 gramos de alcohol por litro de sangre, como del narcotest que marcó positivo para cocaína. Además, la necropsia al adulto mayor estableció más de una decena de lesiones, determinando que la causa de muerte fue un politraumatismo compatible con accidente en el tránsito.

La cautelar más gravosa invocó Mena, argumentando que la libertad del joven configura un peligro para la seguridad de la sociedad y existe riesgo de fuga.

"Se cumplen varios estándares para sustentar la necesidad de cautela con esta medida, como la gravedad de la pena asignada al delito (se sanciona hasta con 10 años de presidio) y su forma de cumplimiento, efectivo por al menos un año, lo que se agrava al no poseer licencia", aclaró el fiscal (s), agregando igual el carácter del ilícito como la dinámica de los hechos.

"Estamos hablando de un atentado al tránsito público, donde el peligro se tradujo en algo cierto, como fue la muerte de una persona y los daños severos al patrimonio de la otra víctima", acotó el jurista, sumando que el imputado "es un sujeto peligroso al cometer un delito en pleno período estival, a la luz del día, a exceso de velocidad, con una alta graduación alcohólica y dando positivo a cocaína".

Defensa

Por su parte, el defensor Pablo Figueroa se opuso a esta precautoria, la calificó de "desproporcionada" y solicitó el arresto domiciliario total. Cuestionó los presupuestos materiales de los hechos, enfocado en que no existirían suficientes pruebas para acreditar la intervención de su representado.

"No hay antecedentes contundentes para determinar que era el conductor del móvil, como un reconocimiento directo", arguyó el abogado, quien también incidentó la necesidad de cautela en base a aminorantes que se podrían configurar.

"El imputado tiene irreprochable conducta anterior y está colaborando con la investigación. De esta forma y haciendo una prognosis de pena, podría acceder a un abreviado y a una pena sustitutiva, como la libertad vigilada intensiva", señaló la fuente, apuntando también contra la norma de la Ley Emilia que obliga a suspender los beneficios por un año: "Se ha establecido en muchos casos su inaplicabilidad por inconstitucionalidad".

Asimismo, el profesional sostuvo que la prisión preventiva "no puede ser entendida como una pena anticipada", remarcando que el imputado tiene arraigo familiar, social y laboral.

Pese a estas alegaciones, la magistrada Jésica Yáñez decretó la cautelar más intensiva y dictó un plazo de 120 días para el desarrollo de la investigación.

"Se estima que la libertad del imputado es un peligro concreto para la seguridad de la sociedad y puede existir riesgo de fuga".

Jésica Yáñez,, jueza que tomó la audiencia.

1,53 gramos de alcohol por litro de sangre arrojó la prueba respiratoria del Intoxylizer a la que fue sometido el imputado, a las 3:27 horas del sábado, por parte de Carabineros.