Justicia establece autoría de colectivero en mortal atropello en Ancud
Sujeto fue condenado por cuasidelito de homicidio de una adulta mayor.
Descartando la teoría alternativa de la defensa y valorando los antecedentes entregados por peritos policiales como forenses, se acreditó en las últimas horas la responsabilidad de un conductor de colectivo en el mortal atropello a una adulta mayor, registrado en pleno centro de Ancud. El acusado se arriesga a una pena de 3 años de presidio.
Así quedó establecido en el juicio realizado en el Tribunal Oral en lo Penal de Castro, donde la sala presidida por el magistrado Patricio Carrasco, de forma unánime, condenó por cuasidelito de homicidio al isleño de iniciales J. C. V. V. (42).
Los sentenciadores determinaron que el 23 de agosto del 2021, el acusado guiaba el auto que impactó en calle Pedro Montt a Carmen Pasionaria González Astorga (82), quien cruzaba con muletas por una vía no autorizada para el efecto.
Sin embargo, los jueces expusieron en su veredicto que el transportista no estaba "atento a las condiciones del tránsito y carecía de toda preferencia, ejecutando una maniobra de viraje hacia la derecha, sin percatarse de la presencia y proximidad de la peatona".
Hasta el 7 de octubre de ese año agonizó la víctima, hasta fallecer en el Hospital Regional de Puerto Montt producto de un traumatismo encefalocraneano complicado.
Dinámica
16 medios de prueba tenía a disposición el fiscal Luis Barría para la audiencia, relevando las diligencias periciales como testimoniales que permitieron desvirtuar la presunción de inocencia del encartado.
Como expuso el persecutor, los magistrados coincidieron en que "el imputado no estaba atento a las condiciones del tránsito, impactando a la adulta mayor. Esto se comprobó con la prueba incorporada, en especial la declaración de los carabineros, como la evidencia pericial de la SIAT (Sección Investigadora de Accidentes en el Tránsito) y el SML (Servicio Médico Legal)".
Igualmente, el abogado destacó como medios de convicción, "el análisis de las cámaras de seguridad que permitieron establecer la dinámica del accidente y la responsabilidad del acusado". Se trataba de tres pistas de video con imágenes del sistema de vigilancia del local Tío Pollo, ubicado en calle Dieciocho.
Por su parte, el defensor Carlos Barahona mostró su disconformidad con esta resolución, remarcando que apuntó a la absolución del ancuditano.
"Nuestro postulado fue que por el atropello no le asistía responsabilidad al conductor, puesto que fue la transeúnte quien se expuso imprudentemente al accidente", reportó el jurista, quien solventó esta teoría con los antecedentes presentados por el perito criminalístico Luis Diaz Büchner. Un informe técnico relativo al análisis de la carpeta investigativa que no desvirtuó las conclusiones de los jueces.
A su vez, el profesional puntualizó en la sesión judicial que "no estaba claro que la muerte se produjo necesariamente por las lesiones provocadas el día del accidente", lo que tampoco se consideró en base a las argumentaciones del médico forense del SML.
Bajo este contexto condenatorio, el jurista invocó el concurso de la atenuante de la colaboración sustancial, la cual sumada a la aminorante objetiva de la irreprochable conducta anterior le permita rebajar en dos grado la sentencia que será entregada este sábado por el tribunal.
"Pedimos 41 días de prisión, con pena remitida y un año de suspensión de licencia", advirtió Barahona, añadiendo que aguardará por el fallo "para evaluar las futuras acciones de la defensa".