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Incendio destruyó galpón de sindicato de pescadores

Emergencia se registró en el sector de Puñihuil, en la comuna de Ancud.
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Carolina Larenas Faúndez

Completamente destruido producto de la acción del fuego resultó un galpón perteneciente a un sindicato de pescadores en el sector de Puñihuil, en el noroeste de la Isla Grande de Chiloé. Uno de los miembros del colectivo también sufrió lesiones durante la emergencia.

Según lo explicado por Eduardo Díaz, segundo comandante del Cuerpo de Bomberos de Ancud, la emergencia se registró en el sector de la caleta en Puñihuil en un galpón de un sindicato que ofrece servicios turísticos y que también cuenta con área de manejo.

"Afortunadamente, no hubo bomberos lesionados, pero sí uno de los afectados, uno de los miembros del sindicato tuvo unas quemaduras, desconozco cuáles fueron los grados de quemaduras porque fue trasladado al hospital", afirmó el oficial.

Pese al despliegue de tres unidades del cuerpo bomberil, el galpón sufrió daños en un 100% y también afectó a una parte de una estructura aledaña, también de propiedad del sindicato.

"Lamentablemente del recinto que se vio afectado era una bodega donde ellos además tenían sus herramientas para hacer monitoreo de sus áreas de manejo y eso se vio afectado en su totalidad y afectado en un 5% otro salón que tienen continuo a esta dependencia", relató Díaz.

Dos carros bomba y un camión aljibe se desplazaron al lugar, con los que los voluntarios realizaron las labores para controlar el incendio que cuando llegaron al sector se encontraba en fase de decaimiento.

"Más que nada fue remover escombros y buscar algún tipo de fuente o conocimiento en cuanto a lo que fueron las causas", relató el comandante, sumando que personal del Departamento de Estudios Técnicos quedó a cargo de la investigación del siniestro.

Al cierre se evaluaba el avalúo de las pérdidas materiales.

25 voluntarios del Cuerpo de Bomberos de Ancud trabajaron por una hora y media.

Incendio destruyó galpón de sindicato de pescadores

Emergencia se registró en el sector de Puñihuil, en la comuna de Ancud.
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Completamente destruido producto de la acción del fuego resultó un galpón perteneciente a un sindicato de pescadores en el sector de Puñihuil, en el noroeste de la Isla Grande de Chiloé. Uno de los miembros del colectivo también sufrió lesiones durante la emergencia.

Según lo explicado por Eduardo Díaz, segundo comandante del Cuerpo de Bomberos de Ancud, la emergencia se registró en el sector de la caleta en Puñihuil en un galpón de un sindicato que ofrece servicios turísticos y que también cuenta con área de manejo.

"Afortunadamente, no hubo bomberos lesionados, pero sí uno de los afectados, uno de los miembros del sindicato tuvo unas quemaduras, desconozco cuáles fueron los grados de quemaduras porque fue trasladado al hospital", afirmó el oficial.

Pese al despliegue de tres unidades del cuerpo bomberil, el galpón sufrió daños en un 100% y también afectó a una parte de una estructura aledaña, también de propiedad del sindicato.

"Lamentablemente del recinto que se vio afectado era una bodega donde ellos además tenían sus herramientas para hacer monitoreo de sus áreas de manejo y eso se vio afectado en su totalidad y afectado en un 5% otro salón que tienen continuo a esta dependencia", relató Díaz.

Dos carros bomba y un camión aljibe se desplazaron al lugar, con los que los voluntarios realizaron las labores para controlar el incendio que cuando llegaron al sector se encontraba en fase de decaimiento.

"Más que nada fue remover escombros y buscar algún tipo de fuente o conocimiento en cuanto a lo que fueron las causas", relató el comandante, sumando que personal del Departamento de Estudios Técnicos quedó a cargo de la investigación del siniestro.

Al cierre se evaluaba el avalúo de las pérdidas materiales.

25 voluntarios del Cuerpo de Bomberos de Ancud trabajaron por una hora y media.

Suprema confirma fallo contra empresa lechera

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La Cuarta Sala de la Corte Suprema desestimó el recurso de unificación de jurisprudencia en contra de la sentencia que acogió la denuncia por prácticas antisindicales y que condenó a la Sociedad Agrolácteos de Chiloé S. A. (Chilolac), al considerar que la resolución dictada por la Corte de Apelaciones de Puerto Montt se ajustó a derecho.

"Que la sentencia impugnada rechazó el recurso de nulidad en relación con la materia de derecho, teniendo en consideración, en cuanto a la causal de infracción de ley vinculada al artículo 243 del Estatuto Laboral que, habiéndose acreditado que el trabajador, a la fecha del cambio de funciones impuesta por la empresa denunciada, se desempeñaba como dirigente sindical, provocando dicho cambio una merma en sus remuneraciones, el empleador no podía ejercer la facultad establecida en el artículo 12 del Código del Trabajo, a menos de que exista caso fortuito o fuerza mayor, la que no fue alegada".

Se concluye que "el accionar antisindical no se limita a aquellas conductas que expresamente contempla el artículo 289 del referido cuerpo normativo, sino que también a aquellas que considere la judicatura y siempre que, luego del análisis, se advierta una vulneración a la libertad sindical en los términos previstos en la normal, lo que resultó acreditado en autos".

Por tanto, se resuelve que "se rechaza el recurso de unificación de jurisprudencia interpuesto por la parte demandada respecto de la sentencia".

Suprema confirma fallo contra empresa lechera

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La Cuarta Sala de la Corte Suprema desestimó el recurso de unificación de jurisprudencia en contra de la sentencia que acogió la denuncia por prácticas antisindicales y que condenó a la Sociedad Agrolácteos de Chiloé S. A. (Chilolac), al considerar que la resolución dictada por la Corte de Apelaciones de Puerto Montt se ajustó a derecho.

"Que la sentencia impugnada rechazó el recurso de nulidad en relación con la materia de derecho, teniendo en consideración, en cuanto a la causal de infracción de ley vinculada al artículo 243 del Estatuto Laboral que, habiéndose acreditado que el trabajador, a la fecha del cambio de funciones impuesta por la empresa denunciada, se desempeñaba como dirigente sindical, provocando dicho cambio una merma en sus remuneraciones, el empleador no podía ejercer la facultad establecida en el artículo 12 del Código del Trabajo, a menos de que exista caso fortuito o fuerza mayor, la que no fue alegada".

Se concluye que "el accionar antisindical no se limita a aquellas conductas que expresamente contempla el artículo 289 del referido cuerpo normativo, sino que también a aquellas que considere la judicatura y siempre que, luego del análisis, se advierta una vulneración a la libertad sindical en los términos previstos en la normal, lo que resultó acreditado en autos".

Por tanto, se resuelve que "se rechaza el recurso de unificación de jurisprudencia interpuesto por la parte demandada respecto de la sentencia".

Tribunal Ambiental conoce alegatos por proyecto de transmisión eléctrica

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Los alegatos de las partes escuchó el Tercer Tribunal Ambiental por reclamación en contra de la resolución dictada por el director regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Los Lagos, que rechazó la solicitud de invalidación interpuesta por un grupo de personas en contra del "Informe consolidado de aclaraciones, rectificaciones o ampliaciones" (Icsara) y todos los actos posteriores en el procedimiento de evaluación del estudio de impacto ambiental del "Sistema de Transmisión S/E Tineo-S/E Nueva Ancud", de la empresa Transmisora del Pacífico S. A.".

El proyecto consiste en la construcción y operación de una línea de transmisión eléctrica que contempla pasar por las comunas de Puerto Varas, Puerto Montt, Maullín, Calbuco y Ancud.

Según da cuenta el sitio web, el reclamante solicitó al tribunal dejar sin efecto la resolución que rechazó la invalidación y, como consecuencia, el Icsara y los actos posteriores, especialmente "el Icsara Complementario y el Icsara Excepcional, invalidando toda la evaluación ambiental, ya que existiría falta de información esencial para la evaluación del proyecto"

También el juzgado con asiento en Valdivia y con jurisdicción desde la Región de Ñuble hasta Magallanes se refirió a la necesidad de que la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC) se hubiera pronunciado, señalando que sin su participación no se podrían descartar los efectos de un proyecto de transmisión eléctrica.

Agregó que la resolución de calificación ambiental (RCA) en gran medida depende de lo que digan los organismos sectoriales.

Además, se reseñó al desconocimiento sobre si se está cumpliendo con el proceso de consulta indígena. A su juicio, no habrían actuaciones por parte de la administración vinculadas a dicho proceso.

Tribunal Ambiental conoce alegatos por proyecto de transmisión eléctrica

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Los alegatos de las partes escuchó el Tercer Tribunal Ambiental por reclamación en contra de la resolución dictada por el director regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Los Lagos, que rechazó la solicitud de invalidación interpuesta por un grupo de personas en contra del "Informe consolidado de aclaraciones, rectificaciones o ampliaciones" (Icsara) y todos los actos posteriores en el procedimiento de evaluación del estudio de impacto ambiental del "Sistema de Transmisión S/E Tineo-S/E Nueva Ancud", de la empresa Transmisora del Pacífico S. A.".

El proyecto consiste en la construcción y operación de una línea de transmisión eléctrica que contempla pasar por las comunas de Puerto Varas, Puerto Montt, Maullín, Calbuco y Ancud.

Según da cuenta el sitio web, el reclamante solicitó al tribunal dejar sin efecto la resolución que rechazó la invalidación y, como consecuencia, el Icsara y los actos posteriores, especialmente "el Icsara Complementario y el Icsara Excepcional, invalidando toda la evaluación ambiental, ya que existiría falta de información esencial para la evaluación del proyecto"

También el juzgado con asiento en Valdivia y con jurisdicción desde la Región de Ñuble hasta Magallanes se refirió a la necesidad de que la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC) se hubiera pronunciado, señalando que sin su participación no se podrían descartar los efectos de un proyecto de transmisión eléctrica.

Agregó que la resolución de calificación ambiental (RCA) en gran medida depende de lo que digan los organismos sectoriales.

Además, se reseñó al desconocimiento sobre si se está cumpliendo con el proceso de consulta indígena. A su juicio, no habrían actuaciones por parte de la administración vinculadas a dicho proceso.