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Testigo clave delata a pareja armada y evita atraco en Chonchi

En poder de una mujer fue hallada una pistola de aire comprimido, siendo formalizada por portar elemento conocidamente destinado para cometer robos.
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Pedro Bárcena González

Con la acción penal formalizada y suspendida solo por la mujer con respecto a una pareja detenida por Carabineros de Chonchi, quedó en las últimas horas una causa vinculada al porte de elementos conocidamente destinados para cometer robos. En su poder se incautó un armamento, el cual fue divisado por un testigo que no solo activó el procedimiento policial, sino que evitó un eventual atraco.

En un patrullaje realizado por personal de la tenencia local, tras el oportuno denuncio de un vecino, fueron sorprendidos dos sujetos que habían estado en actitudes sospechosas en las inmediaciones de un centro comercial, el cual se encuentra emplazado en calle Centenario.

Así lo reportó el jefe (s) de la unidad policial, el suboficial Pedro Tapia, añadiendo que "mediante un llamado anónimo señalaron que dos personas se encontraban en los estacionamientos del supermercado Belén, en un automóvil color rojo, portando uno de ellos un arma de fuego".

Con esta información, los funcionarios se trasladaron al lugar, sin hallar a los individuos.

"Al ampliar el patrullaje interceptaron el auto en la población Serviteca Bórquez en donde se percataron que la mujer mantenía en el piso del vehículo, entre sus piernas, un armamento tipo pistola, corroborando luego que se trataba de una de aire comprimido", acotó el jefe policial.

Debido al peso de la evidencia, los sujetos fueron detenidos. El joven de iniciales L. H. A. (36) y la imputada identificada como V. G. A. (42) fueron puestos a disposición del Juzgado de Garantía de Castro, donde la magistrada Alejandra Varas acreditó la legalidad del procedimiento de Carabineros.

Además, considerando las pruebas recabadas en el caso, el fiscal Javier Calisto decidió no perseverar en la persecución penal contra el oriundo de Puerto Montt, por lo cual se archivaron sus antecedentes.

Por la mujer sel abogado encausó la indagatoria por el tipo penal por el cual fue aprehendida, pero se llegó a una salida alternativa.

Condiciones

Como informó el defensor Arturo Figueroa, la encartada "quedó con suspensión condicional del procedimiento, debiendo fijar domicilio e informar el cambio del mismo por el plazo de un año. Además, se decretó el comiso y destrucción del arma de fantasía y la prohibición de acercarse al supermercado también por un año".

Denuncia

Como un impulso fundamental en los servicios policiales ha sido calificada la denuncia. Así lo ha reiterado el mayor Gustavo Guajardo, jefe de la Segunda Comisaría de Carabineros de Castro, con jurisdicción en Chonchi, señalando que "estos antecedentes nos permiten activar los operativos y focalizar nuestra labor, obteniendo mejores respuestas".

Testigo clave delata a pareja armada y evita atraco en Chonchi

En poder de una mujer fue hallada una pistola de aire comprimido, siendo formalizada por portar elemento conocidamente destinado para cometer robos.
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Pedro Bárcena González

Con la acción penal formalizada y suspendida solo por la mujer con respecto a una pareja detenida por Carabineros de Chonchi, quedó en las últimas horas una causa vinculada al porte de elementos conocidamente destinados para cometer robos. En su poder se incautó un armamento, el cual fue divisado por un testigo que no solo activó el procedimiento policial, sino que evitó un eventual atraco.

En un patrullaje realizado por personal de la tenencia local, tras el oportuno denuncio de un vecino, fueron sorprendidos dos sujetos que habían estado en actitudes sospechosas en las inmediaciones de un centro comercial, el cual se encuentra emplazado en calle Centenario.

Así lo reportó el jefe (s) de la unidad policial, el suboficial Pedro Tapia, añadiendo que "mediante un llamado anónimo señalaron que dos personas se encontraban en los estacionamientos del supermercado Belén, en un automóvil color rojo, portando uno de ellos un arma de fuego".

Con esta información, los funcionarios se trasladaron al lugar, sin hallar a los individuos.

"Al ampliar el patrullaje interceptaron el auto en la población Serviteca Bórquez en donde se percataron que la mujer mantenía en el piso del vehículo, entre sus piernas, un armamento tipo pistola, corroborando luego que se trataba de una de aire comprimido", acotó el jefe policial.

Debido al peso de la evidencia, los sujetos fueron detenidos. El joven de iniciales L. H. A. (36) y la imputada identificada como V. G. A. (42) fueron puestos a disposición del Juzgado de Garantía de Castro, donde la magistrada Alejandra Varas acreditó la legalidad del procedimiento de Carabineros.

Además, considerando las pruebas recabadas en el caso, el fiscal Javier Calisto decidió no perseverar en la persecución penal contra el oriundo de Puerto Montt, por lo cual se archivaron sus antecedentes.

Por la mujer sel abogado encausó la indagatoria por el tipo penal por el cual fue aprehendida, pero se llegó a una salida alternativa.

Condiciones

Como informó el defensor Arturo Figueroa, la encartada "quedó con suspensión condicional del procedimiento, debiendo fijar domicilio e informar el cambio del mismo por el plazo de un año. Además, se decretó el comiso y destrucción del arma de fantasía y la prohibición de acercarse al supermercado también por un año".

Denuncia

Como un impulso fundamental en los servicios policiales ha sido calificada la denuncia. Así lo ha reiterado el mayor Gustavo Guajardo, jefe de la Segunda Comisaría de Carabineros de Castro, con jurisdicción en Chonchi, señalando que "estos antecedentes nos permiten activar los operativos y focalizar nuestra labor, obteniendo mejores respuestas".

Suprema rechaza recurso de salmonera y confirma millonaria multa

Sernapesca denunció mal manejo de mortalidad de peces en centro de cultivo de Queilen.
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Pedro Bárcena González

La Cuarta Sala de la Corte Suprema confirmó en los últimos días una cuantiosa multa contra la salmonera Granja Marina Tornagaleones S. A. por el mal manejo de mortalidad de especímenes, en un centro de cultivo emplazado en la comuna de Queilen.

En fallo unánime, los ministros rechazaron los recursos de casación en la forma y en el fondo interpuestos por la firma acuícola, en contra de la sentencia que los obliga a cancelar una multa de 100 UTM (unidades tributarias mensuales: unos 6 millones 238 mil 800 pesos), luego de la rebaja realizada por la Corte de Apelaciones de Puerto Montt, ya que en primera instancia fue condenada a pagar 200 UTM.

Los sentenciadores descartaron errores en el dictamen cuestionado por la empresa denunciada, con lo cual queda acreditada la contingencia detectada por funcionarios del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura (Sernapesca), el 8 de junio del 2018, tras la inspección realizada al centro de cultivo ubicado en la ensenada Leutepu, en isla Tranqui.

Como remarca el dictamen, los fiscalizadores verificaron "que la molienda de mortalidad, a través del proceso de ensilaje, superaba el rango de determinación de pH reglamentario. Asimismo, constataron que el sistema de ensilaje carecía de ácido fórmico, compuesto necesario utilizado para disminuir los niveles de pH de la mezcla".

De esta forma, la denunciada infringió el programa sanitario general de manejo de mortalidades, "infracción consistente en no manejar correctamente la mortalidad en el referido centro de cultivo", se expuso.

Para el máximo tribunal, en base a las disposiciones legales, "no es posible concluir la existencia de las infracciones denunciadas (por la empresa), desde que la multa impuesta a la demandada se encuentra dentro del margen contemplado en el artículo 118 de la Ley General de Pesca y Acuicultura para la infracción que se tuvo por acreditada", reza la resolución.

Valoración

Esta decisión que deja ejecutoriada la sanción fue valorada por Branny Montecinos, director regional (s) de Sernapesca, quien sostuvo que como institución "nos parece importante este fallo, pero nos parece aún más importante que las empresas cumplan con la normativa vigente y sobre todo con el reglamento ambiental para que la actividad sea sustentable".

El profesional sumó que cuando existe algún evento, "nosotros fiscalizamos que las empresas cumplan con los planes de contingencia, y, en este caso en particular, la empresa hizo un mal manejo de la mortalidad, por lo que pusimos todos los antecedentes ante el Juzgado de Letras de Castro".

997 mil 728 unidades de salmón del Atlántico (Salmo salar) mantenia el centro de cultivo.

6.1 arrojó el nivel de pH, en una segunda medición, superando el límite de 4.0.

Suprema rechaza recurso de salmonera y confirma millonaria multa

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Pedro Bárcena González

La Cuarta Sala de la Corte Suprema confirmó en los últimos días una cuantiosa multa contra la salmonera Granja Marina Tornagaleones S. A. por el mal manejo de mortalidad de especímenes, en un centro de cultivo emplazado en la comuna de Queilen.

En fallo unánime, los ministros rechazaron los recursos de casación en la forma y en el fondo interpuestos por la firma acuícola, en contra de la sentencia que los obliga a cancelar una multa de 100 UTM (unidades tributarias mensuales: unos 6 millones 238 mil 800 pesos), luego de la rebaja realizada por la Corte de Apelaciones de Puerto Montt, ya que en primera instancia fue condenada a pagar 200 UTM.

Los sentenciadores descartaron errores en el dictamen cuestionado por la empresa denunciada, con lo cual queda acreditada la contingencia detectada por funcionarios del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura (Sernapesca), el 8 de junio del 2018, tras la inspección realizada al centro de cultivo ubicado en la ensenada Leutepu, en isla Tranqui.

Como remarca el dictamen, los fiscalizadores verificaron "que la molienda de mortalidad, a través del proceso de ensilaje, superaba el rango de determinación de pH reglamentario. Asimismo, constataron que el sistema de ensilaje carecía de ácido fórmico, compuesto necesario utilizado para disminuir los niveles de pH de la mezcla".

De esta forma, la denunciada infringió el programa sanitario general de manejo de mortalidades, "infracción consistente en no manejar correctamente la mortalidad en el referido centro de cultivo", se expuso.

Para el máximo tribunal, en base a las disposiciones legales, "no es posible concluir la existencia de las infracciones denunciadas (por la empresa), desde que la multa impuesta a la demandada se encuentra dentro del margen contemplado en el artículo 118 de la Ley General de Pesca y Acuicultura para la infracción que se tuvo por acreditada", reza la resolución.

Valoración

Esta decisión que deja ejecutoriada la sanción fue valorada por Branny Montecinos, director regional (s) de Sernapesca, quien sostuvo que como institución "nos parece importante este fallo, pero nos parece aún más importante que las empresas cumplan con la normativa vigente y sobre todo con el reglamento ambiental para que la actividad sea sustentable".

El profesional sumó que cuando existe algún evento, "nosotros fiscalizamos que las empresas cumplan con los planes de contingencia, y, en este caso en particular, la empresa hizo un mal manejo de la mortalidad, por lo que pusimos todos los antecedentes ante el Juzgado de Letras de Castro".

997 mil 728 unidades de salmón del Atlántico (Salmo salar) mantenia el centro de cultivo.

6.1 arrojó el nivel de pH, en una segunda medición, superando el límite de 4.0.