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Una realidad que no podemos ignorar

El 18 de mayo se conmemoró el Día contra la Explotación Sexual Comercial de Niños, Niñas y Adolescentes (Escnna, por sus siglas). La Escnna es una de las peores violaciones a los derechos humanos y se define como un acto sexual que realiza un adulto en contra de niños, niñas y adolescentes (NNA), a cambio de protección, dinero, drogas o regalos y que afecta gravemente su integridad física y emocional.

Se estima en Chile que al menos 3.719 niños, niñas y adolescentes son víctimas de explotación sexual y comercial, según un estudio realizado por Sename (Servicio Nacional de Menores), OIT (Organización Internacional del Trabajo) y Universidad Arcis, en 2004.

A nivel nacional existen 17 programas de este tipo, de los cuales tres son ejecutados por Fundación Ciudad del Niño: PEE (Programa Especializado en Explotación Sexual Comercial) La Serena en la Región de Coquimbo; PEE Concepción en la Región del Biobío, y PEE Pudahuel en la Región Metropolitana. El 73,6% de los usuarios ingresados a nuestros programas en el 2022 correspondió a víctimas de actividades sexuales remuneradas, mientras que el 26,4% fue víctima de pornografía infantil.

NNA "objetos"

Lo que define a este fenómeno es la utilización del cuerpo de NNA como un "objeto"; la comercialización de la sexualidad transgrede el derecho fundamental de todo niño, niña o adolescente a recibir un trato digno, respetar su indemnidad y libertad sexual, alterando gravemente la noción de ser sujeto de desarrollo.

Asimismo, lo que caracteriza a la explotación sexual comercial es el "intercambio", ya sea material, a través de dinero, regalos, droga, y no material, como protección, alojamiento o traslado, entre otros. Lamentablemente, muchos NNA se ven seducidos, engañados y/u obligados a entrar en dinámicas que afectan gravemente la concepción de su propio cuerpo y de su sexualidad.

La Escnna no solo sucede en situación de calle o en lugares destinados al comercio sexual adulto. Con las nuevas tecnologías han aparecido nuevas formas de abuso sexual contra NNA en el entorno digital, como el grooming (acoso sexual vía internet), sexting (intercambio de materiales con contenidos sexuales) y sextortion (extorción con y a cambio de materiales con contenidos sexuales).

En diciembre del año pasado se promulgó la Ley 21.522 que tipifica el delito de explotación sexual comercial de niñas, niñas y adolescentes (Escnna), dejando atrás el erróneo concepto de "prostitución infantil" que estigmatizaba a las víctimas como un simple prestador de servicios.

La nueva normativa resulta ser un gran avance, pues además de reconocer la existencia de esta forma única de violencia sexual, también busca garantizar una protección integral a favor de ellos.

Sin embargo, las implicancias de este fenómeno no son solo jurídicas. Como sociedad tenemos la obligación de visibilizar este fenómeno y las manifestaciones menos conocidas, como la trata de personas, el turismo sexual y la explotación sexual que se presenta en las diversas plataformas virtuales.

Esta fecha es un día para reflexionar sobre cómo podemos impulsar un cambio cultural que contribuya a disminuir la tolerancia hacia este tipo de delito y a promover su detección, persecución y sanción.

"En diciembre del año pasado se promulgó la Ley 21.522 que tipifica el delito de explotación sexual comercial de niñas, niñas y adolescentes (Escnna), dejando atrás el erróneo concepto de "prostitución infantil" que estigmatizaba a las víctimas como un simple prestador de servicios. La nueva normativa resulta ser un gran avance: también busca garantizar una protección integral a favor de ellos".

Roberto Rocha Muñoz, psicólogo y coordinador técnico de Fundación Ciudad del Niño

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Una realidad que no podemos ignorar

El 18 de mayo se conmemoró el Día contra la Explotación Sexual Comercial de Niños, Niñas y Adolescentes (Escnna, por sus siglas). La Escnna es una de las peores violaciones a los derechos humanos y se define como un acto sexual que realiza un adulto en contra de niños, niñas y adolescentes (NNA), a cambio de protección, dinero, drogas o regalos y que afecta gravemente su integridad física y emocional.

Se estima en Chile que al menos 3.719 niños, niñas y adolescentes son víctimas de explotación sexual y comercial, según un estudio realizado por Sename (Servicio Nacional de Menores), OIT (Organización Internacional del Trabajo) y Universidad Arcis, en 2004.

A nivel nacional existen 17 programas de este tipo, de los cuales tres son ejecutados por Fundación Ciudad del Niño: PEE (Programa Especializado en Explotación Sexual Comercial) La Serena en la Región de Coquimbo; PEE Concepción en la Región del Biobío, y PEE Pudahuel en la Región Metropolitana. El 73,6% de los usuarios ingresados a nuestros programas en el 2022 correspondió a víctimas de actividades sexuales remuneradas, mientras que el 26,4% fue víctima de pornografía infantil.

NNA "objetos"

Lo que define a este fenómeno es la utilización del cuerpo de NNA como un "objeto"; la comercialización de la sexualidad transgrede el derecho fundamental de todo niño, niña o adolescente a recibir un trato digno, respetar su indemnidad y libertad sexual, alterando gravemente la noción de ser sujeto de desarrollo.

Asimismo, lo que caracteriza a la explotación sexual comercial es el "intercambio", ya sea material, a través de dinero, regalos, droga, y no material, como protección, alojamiento o traslado, entre otros. Lamentablemente, muchos NNA se ven seducidos, engañados y/u obligados a entrar en dinámicas que afectan gravemente la concepción de su propio cuerpo y de su sexualidad.

La Escnna no solo sucede en situación de calle o en lugares destinados al comercio sexual adulto. Con las nuevas tecnologías han aparecido nuevas formas de abuso sexual contra NNA en el entorno digital, como el grooming (acoso sexual vía internet), sexting (intercambio de materiales con contenidos sexuales) y sextortion (extorción con y a cambio de materiales con contenidos sexuales).

En diciembre del año pasado se promulgó la Ley 21.522 que tipifica el delito de explotación sexual comercial de niñas, niñas y adolescentes (Escnna), dejando atrás el erróneo concepto de "prostitución infantil" que estigmatizaba a las víctimas como un simple prestador de servicios.

La nueva normativa resulta ser un gran avance, pues además de reconocer la existencia de esta forma única de violencia sexual, también busca garantizar una protección integral a favor de ellos.

Sin embargo, las implicancias de este fenómeno no son solo jurídicas. Como sociedad tenemos la obligación de visibilizar este fenómeno y las manifestaciones menos conocidas, como la trata de personas, el turismo sexual y la explotación sexual que se presenta en las diversas plataformas virtuales.

Esta fecha es un día para reflexionar sobre cómo podemos impulsar un cambio cultural que contribuya a disminuir la tolerancia hacia este tipo de delito y a promover su detección, persecución y sanción.

"En diciembre del año pasado se promulgó la Ley 21.522 que tipifica el delito de explotación sexual comercial de niñas, niñas y adolescentes (Escnna), dejando atrás el erróneo concepto de "prostitución infantil" que estigmatizaba a las víctimas como un simple prestador de servicios. La nueva normativa resulta ser un gran avance: también busca garantizar una protección integral a favor de ellos".

Roberto Rocha Muñoz, psicólogo y coordinador técnico de Fundación Ciudad del Niño