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Declaran culpables a exdirectivos de corporación de Ancud por malversación

Par de enjuiciados recibirán el sábado la sentencia por caso que data de 2016.
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César Cárdenas Ruiz

Tras cuatro jornadas, el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Castro dictó veredicto condenatorio en el marco de la investigación en contra de dos exdirectivos de la Corporación Municipal de Educación, Salud y Atención de Menores de Ancud: el otrora secretario general de la entidad de iniciales L. A. A. C. (64) y quien se desempañaba como director de finanzas del organismo, A. R. B. B. (55).

En resolución unánime, la sala integrada por los magistrados Angélica Monsalve Vásquez (presidenta), Loreto Yáñez (redactora) y Leandro Bahamonde Hernández (integrante), tras la deliberación de rigor, dio por acreditado tanto la ocurrencia del delito de malversación por distracción de caudales públicos como la participación culpable de los acusados en los hechos, en 2016.

Ambos individuos ocuparon cargos durante la administración de la exalcaldesa Soledad Moreno (2012-2016). Precisamente fue al término del período consistorial de la esposa del también exalcalde Pablo Ossio (DC), cuando las docentes Cecilia Subiabre y Ramona Aravena, más la educadora de párvulos Aurelia del Carmen Guineo, se acogieron a retiro, pero recibieron cheques sin fondos para cobrar sus jubilaciones por parte del ente sostenedor.

Precisamente ambos individuos, según se mencionó, emitieron cheques de la cuenta de "Educación" de la Corporación Municipal de Ancud a sus nombres, los que luego cobraron por las sumas de $28.632.062 y $15.662.050, respectivamente, actuación que atribuyeron en documentos generados y suscritos por ellos mismos al pago de sus propias indemnizaciones que estaban no cubiertas contablemente. Los dineros habían sido transferidos desde el Servicio de Salud de Chiloé a la cuenta corriente "Educación".

Al respecto, el fiscal adjunto de Castro, Fernando Metzner, explicó que "estos hechos fueron acreditados en juicio con la prueba incorporada de la Fiscalía, fundamentalmente documental y testimonial. Relevante resultaron las declaraciones de los funcionarios fiscalizadores de Contraloría General de la República, quienes detectan inicialmente estas irregularidades".

Sumó el persecutor que de igual modo fue relevante "la declaración de los directivos de la administración municipal entrante a esa época y, por cierto, el testimonio de los profesores cuyos bonos de pago de incentivo al retiro no pudieron ser cancelados oportunamente, toda vez que dichos recursos, pese a ser transferidos por el Ministerio de Educación, los acusados los habían destinado a fines distintos".

En tal sentido, el representante del Ministerio Público remarcó que, "en definitiva, el tribunal estimó que la conducta de los acusados, de haber cancelado sus indemnizaciones por término de su relación laboral con la corporación, con dineros provenientes desde el Servicio de Salud Chiloé, lo que estaba destinado a cubrir programas de salud y también estaba constituido por un remanente del per cápita, dineros igualmente utilizados para cancelar dos bonos de incentivo al retiro a los docentes".

El jurista reiteró que "dichos recursos públicos habían sido utilizados en fines distintos, y son constitutivos del delito de desfalco o malversación por distracción de caudales públicos. La Fiscalía reiteró su solicitud de pena efectiva para ambos acusados, esbozados en la acusación".

Respecto a las penas, se enfatizó en los 10 años y un día de presidio contra el educador, y 5 años y un día de reclusión contra el otro enjuiciado.

El otro ente acusador es el Consejo de Defensa del Estado (CDE). En este contexto el abogado Rodrigo Tejos pide las sanciones más severas: una de 13 años.

"En atención al fallo condenatorio nosotros vamos a reiterar la solicitud de pena expuesta en nuestra acusación particular; contra L. A. A. C. de 10 años y un día de presidio mayor en su grado medio, una multa de 15 UTM e inhabilitación absoluta y perpetua para cargos, empleos u oficios públicos en su grado máximo y la inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos establecida por al artículo 28 del Código Penal, además de las costas de la causa".

En alusión al otro acusado, el legista exigió "pena de 13 años de presidio mayor en su grado medio, una multa de 15 UTM, inhabilitación absoluta y perpetua para cargos, empleos u oficios públicos en su grado máximo y la inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos", junto a las costas.

DEFENSAS

La defensora particular Vanessa Pérez, representante de quien fue dirigente del magisterio, mencionó que "si el responsable se presentara y fuese habido antes de completar el tiempo de la prescripción penal, pero habiendo transcurrido más de lo que se exige en los respectivos casos para tales prescripciones, deberá considerar el tribunal como dos o más atenuantes muy calificadas y de ninguna agravante, sea para disminuir la ya expuesta".

Adicionó que "esta defensa va a solicitar la rebaja en la pena de dos grados, y va a solicitar la pena de 541 días de presidio menor en su grado medio y una multa de 2 UTM y la inhabilitación mínima tomando en consideración el artículo 103".

Sobre la base de las pruebas rendidas, el tribunal arribó a la convicción, más allá de toda duda razonable, que "los días 15 de marzo y 11 de abril de 2016, se recibió en la cuenta corriente N°83100037672 del Banco Estado, cuyo titular es la Corporación Municipal de Educación, Salud y Atención al Menor de Ancud -denominada internamente por la corporación como 'Educación'-, desde el Ministerio de Educación, recursos en el marco de la Ley N° 20.822 para el pago del beneficio de incentivo al retiro del personal docente, por las sumas de $267.297.296 para ser pagada a 13 profesores y $390.168.534 para ser pagada a 19 profesores, respectivamente. Entre abril y noviembre de 2016 se efectuó el pago del bono de incentivo al retiro a 25 profesores, quedando pendiente el pago a 7 de ellos".

Alcalde Gómez

El alcalde Carlos Gómez (indep.), quien asumió su primer período cuando estos acontecimientos se desarrollaron de forma reciente, también se refirió al juicio. "Esta es una querella que hemos presentado como corporación al momento de asumir nuestra administración. Es importante que la comunidad sepa y que recuerde que esta querella fue presentada no solamente a quienes hoy día son los imputados, sino que también en su entonces a la exalcaldesa Soledad Moreno. Esto viene a ratificar lo que siempre nosotros hemos sostenido", recalcó el exconcejal de la DC.

Adjuntó el presidente de la corporación que "el problema que estos días tiene la educación municipalizada en Ancud, con respecto a la imposibilidad de cancelar las remuneraciones brutas y en el último tiempo hasta la incapacidad de cancelar liquidaciones líquidas al personal, obedece principalmente a que nosotros como administración entrante el año 2016 prácticamente nos encontramos con deudas previsionales, de proveedores, corte de muchos servicios para el normal funcionamiento de nuestros recintos educacionales y principalmente deudas previsionales que se venían arrastrando del 2014".

La sentencia será leída el sábado 2 de septiembre.

"Es importante que la comunidad sepa y que recuerde que esta querella fue presentada no solo a quienes hoy día son los imputados".

Carlos Gómez,, alcalde de Ancud.