Falencias policiales fundan absolución de joven que se exponía a cárcel por tráfico
En juicio oral se acreditó que el imputado, que arriesgaba más de 3 años de presidio, fue sometido a un control de identidad ilegal en la Plaza de Armas de Quellón.
Tras acreditarse las falencias en el procedimiento policial que gatillaron su aprehensión, un joven que arriesgaba más de 3 años de cárcel fue absuelto de los cargos de microtráfico, presuntamente cometido en la Plaza de Armas de Quellón. Una nueva infracción de garantías detectada en un caso de drogas, en el que incluso se incautaron más de 72 gramos de marihuana al imputado.
La decisión judicial fue tomada de manera unánime por la sala presidida por el magistrado Rodrigo Alarcón del Tribunal Oral en lo Penal de Castro, luego del juicio que tuvo en las últimas horas su lectura de sentencia. El fallo ratificó la vulneración de derechos contra el originario de Haití
Durante la audiencia la fiscal Karyn Alegría expuso los antecedentes del caso que se remonta al 1 de septiembre del 2020, cuando el encartado de iniciales J. S. (32) fue sorprendido en el centro cívico porteño por parte de Carabineros de la Sexta Comisaría local.
En su acusación, la persecutora detalló que el obrero tenía en su poder "al interior de un banano 28 envoltorios de Cannabis sativa, con un peso bruto de 31 gramos 500 milígramos, y dentro de su casaca mantenía una bolsa de nailon transparente contenedora de 41 gramos 300 milígramos de la droga que no estaba destinada a su consumo personal, exclusivo y próximo en el tiempo, sino a la venta".
Más de una decena de medios probatorios tenía a su disposición la representante del Ministerio Público, que invocó una pena de 3 años y un día de presidio para el foráneo, como también una multa de más de 2 millones y medio de pesos.
Sin embargo, los sentenciadores determinaron que el control de identidad al que fue sometido el imputado fue ilegal, por lo cual valoró negativamente todas las pruebas derivadas de dicha diligencia. De esta forma, la escasa evidencia restante no logró desvirtuar su presunción de inocencia.
Fundamentos
Esta resolución fue valorada por el defensor Daniel Fuenzalida, quien explicó las falencias en las actuaciones policiales. "El parte de Carabineros da cuenta que los funcionarios vieron al joven sentado en la plaza realizando un intercambio de mano reiterativo, lo cual para ellos constituía una sospecha de tráfico de drogas", indicó como preludio.
Sumó el abogado que ante dicha escena, el sujeto fue fiscalizado. "En el registro se encontró marihuana dosificada, la cual reconoció como suya mi representado en el juicio, pero descartó que la estaba comercializando", apuntó.
Ya en el plano normativo, el profesional sostuvo que frente al "intercambio de mano, ya en reiteradas ocasiones la Corte Suprema como el Tribunal Oral de Castro han dicho que es una conducta neutra, no indiciaria de la comisión de un ilícito, puesto que no sabe lo que se está intercambiando. Por ello, esto no sustenta un control de identidad y un registro de vestimentas".
Igualmente, el jurista consignó que en la audiencia "desvirtuamos la eventual existencia de una orden de investigación verbal, puesto que no había registro de ella, como tampoco de las supuestas denuncias de la comunidad".
De esta forma, con el dictamen absolutorio los jueces dejaron sin efecto las cautelares de arraigo nacional y arresto domiciliario nocturno que pesaban sobre el imputado, quien recuperó su total libertad.