Justicia acredita que joven violó a su hija de apenas 11 años en Castro
La información proporcionada tanto por la víctima como los informes periciales y policiales realizados en este caso, permitieron acreditar la responsabilidad de un obrero en la violación de su propia hija, al interior de la casa que compartían en Castro.
En audiencia realizada ayer en el Tribunal Oral en lo Penal de la capital chilota, la sala presidida por la magistrada Loreto Yáñez condenó al sujeto de 31 años por este delito. Eso sí, especificó que se trató de un solo episodio de ultraje, registrado el 28 de noviembre del 2018, desestimando que estas agresiones se repetían de hace dos años.
Justamente, el fiscal Enrique Canales recalcó que su solicitud de reiteración fue desechada, pero valoró que la calificación jurídica que invocó fuese confirmada.
Pese a que la declaración de la menor, que tenía apenas 11 años al momento de este ataque sexual, no fue fluida, el persecutor igual destacó la información que proporcionó, puesto que se pudo complementar con el resto de la evidencia presentada en el juicio.
"Igual entregó antecedentes de la dinámica en que se produjo este hecho y nos apoyamos en el resto de la prueba, como el aporte del doctor Rodrigo Caro, quien pese a ser despedido del Servicio Médico Legal (SML) ha comparecido a entregar detalles de los informes que realizó y expuso un contundente peritaje sexológico realizado a la víctima", acotó el abogado.
Debido a esta resolución, el fiscal redujo su pretensión punitiva de 12 a 7 años de presidio, mientras que el defensor Rodrigo Caro invocó 2 años de reclusión, argumentando el concurso de la inimputabilidad disminuida de su representado.
"Presentamos informes propios y con los del SML que dan cuenta que este joven padece de una incapacidad mental y personalidad limítrofe", explicó.
Eso sí, el fiscal Canales se opuso a esta eximente incompleta. "Presentamos el peritaje de un equipo forense multidisciplinario del Instituto Psiquiátrico Dr. José Horwitz de Santiago, donde se estableció que todos los cuadros que esta persona presentaba del punto de vista mental, primero, no constituían enajenación y, segundo, no afectaban su capacidad de entender lo que ocurría en el medio", explicó.
Ilegalidad
Por otra parte, el defensor Zamorano resaltó que los jueces "acogieron una ilegalidad en el procedimiento, relativa a la declaración de mi cliente en el cuartel de la PDI sin contar con un defensor". Un punto que puede ser utilizado para un eventual recurso de nulidad en el tribunal de alzada.
El fallo por esta causa será entregado este miércoles en la misma sala.