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Joven queda preso por grave ataque a expareja

Nueva embestida contra la mujer se produjo al interior de un domicilio del sector alto de la capital isleña.
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Pedro Bárcena González

Al verse involucrado en una nueva arremetida delictual contra su expareja, un joven fue detenido y dejado en prisión preventiva en Castro. Un caso que tuvo como epicentro el sector alto de la ciudad y que fue activado por la desesperada denuncia de la víctima.

Efectivos de la Segunda Comisaría de Carabineros local abordaron el procedimiento pasadas las 4 de la madrugada de ayer, en un domicilio de calle Salvador Calixto. Pese al rechazo inicial al ingreso, los funcionarios actuaron ante la solicitud expresa de la afectada de 38 años, quien clamaba por auxilio.

Según el jefe de la unidad base, mayor Miguel Aguilar, los hechos se desencadenan "en medio de una ingesta de alcohol, en la cual se produce una discusión entre los intervinientes que deriva en una agresión. La mujer llama por ayuda y se produce la detención del imputado".

Asimismo, el oficial recalcó que en el mismo dispositivo "también se procede a la aprehensión de la joven, puesto que el hombre resultó con lesiones, relativas a cortes en una oreja. No obstante, ella luego fue dejada en libertad, mientras que el hombre fue puesto a disposición del Juzgado de Garantía".

El encartado de iniciales P. J. R. O. (34) fue formalizado por el fiscal jefe de Castro, Enrique Canales, por los delitos de lesiones graves y desacato en contexto de violencia intrafamiliar (VIF).

"La víctima resultó con contusiones y traumatismos múltiples", apuntó el persecutor para justificar la figura legal encausada, sumando que el detenido tenía una prohibición judicial de acercarse a la madre de su hijo.

Precautoria

A su vez, el abogado invocó la prisión preventiva, exponiendo que el capitalino constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, al encontrarse cumpliendo condenas previas. Un factor de reincidencia que igual incide en un eventual riesgo de fuga, ya que cualquier otra sentencia podría ser de cumplimiento efectivo.

"También su libertad constituye un peligro para la víctima. Incluso, el tribunal desestima que haya existido una exposición al riesgo de parte de la mujer -al acudir a la casa de su expareja-, ya que la obligación de no acercarse y quien debe tomar todas las medidas para ello es el imputado", aclaró el jurista.

El defensor Juan Manuel Castro se opuso a la precautoria más gravosa al estimar que no se constituye el desacato.

"Fue la propia afectada al domicilio de mi representado, donde se produjo la detención, la cual también incidentamos al estimar que Carabineros ingresó a la casa sin autorización de su dueño, sino que por medio de lo dicho por la mujer, quien tiene otra residencia. Tampoco hubo una orden del fiscal o del tribunal", sostuvo el profesional.

Pese a estos argumentos, la magistrada Alejandra Varas decretó la legalidad de la aprehensión y la prisión preventiva. Bajo este contexto, Castro no dudó en señalar que apelará este dictamen.

Junto a los anteriores descargos, el defensor también discutió la existencia del delito de lesiones graves. "Esto se produjo, según la versión de mi representado, cuando la mujer concurrió en estado de ebriedad a su domicilio y tomó un cuchillo con el que le provocó cortes, ante lo cual él reacciona", detalló, recalcando que se decretaron 90 días para indagar el caso.

Fallo azota indagatoria por narcotráfico en Ancud a través de redes sociales

Corte de Apelaciones confirmó ilegalidad de las técnicas empleadas para detener a tres jóvenes implicados en la venta de droga por una aplicación de citas.
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Pedro Bárcena González

Un fuerte golpe sufrió la investigación que se realiza por un caso de drogas en Ancud, luego que la segunda sala de la Corte de Apelaciones de Puerto Montt confirmara en las últimas horas la ilegalidad de la detención de los tres jóvenes formalizados por microtráfico tras un operativo realizado por la policía civil.

Los imputados habían sido aprehendidos el 29 de febrero pasado, junto a otros cuatro sujetos, después de un amplio dispositivo realizado por la unidad Microtráfico Cero (MT-0) de la comuna del Pudeto. Un despliegue que incluyó la incautación de 7 gramos de cocaína, 16 de marihuana y 18 comprimidos de éxtasis.

Tal como indicó en su momento el comisario Luis Flores, los detectives tomaron conocimiento que "por la red social Grindr se estaba comercializando droga en el centro de la ciudad", solicitando las instrucciones al Ministerio Público, que autorizó dichas técnicas indagatorias. Justamente, en estas diligencias se concentraron los vicios detectados.

Los cuestionamientos se enfocaron en la utilización de un agente revelador, que según la Ley 20.000, es el funcionario policial que simula ser comprador o adquirente, para sí o para terceros, de sustancias estupefacientes o sicotrópicas, con el propósito de lograr la manifestación o incautación de la droga.

El magistrado Patricio Carrasco, subrogante del Juzgado de Garantía de Ancud, decretó la ilegalidad en primera instancia, la cual fue ratificada de manera unánime por los ministros de alzada.

Como explicó el defensor penal público, Filippo Corvalán, este fallo determinó que "el vicio se produjo debido a que la Fiscalía autorizó a la policía a hacer uso de esta técnica, pero sin que existiese realmente una denuncia, tampoco una investigación previa y sin individualizar a quiénes se iban a indagar, infringiendo la Ley de Drogas".

Asimismo, el jurista explicó que debido a esta instrucción "la policía eligió a su arbitrio a quien contactar, sin que existiese un control por parte del Ministerio Público, sino hasta el momento en que fueron detenidos".

Desacuerdo

Por su parte, el fiscal jefe de Ancud, Javier Calisto, reconoció no estar de acuerdo con el dictamen, "ya que estas técnicas no tienen que ver con el derecho de los imputados, sino que se utilizan para evitar cierta responsabilidad penal del agente policial que realiza una actuación de simular compras de droga. Además, no es requisito tener conocimiento previo del nombre de quien se realizaría la técnica investigativa".

Vigente

El fiscal Javier Calisto recalcó que el plazo indagatorio se encuentra vigente -restan 46 días-, enfatizando que pese a declararse ilegal la aprehensión en base a la técnica investigativa "no todos los antecedentes de la causa dicen relación puntual con la detención. Hay datos anteriores que dan cuenta de acciones ilícitas por parte de los imputados".